Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Artículo 26, párrafo 3 de la Ley de Patentes

Artículo 26, párrafo 3 de la Ley de Patentes

Subjetividad jurídica:

El sistema jurídico de patentes proporciona protección jurídica a los inventores y protege los derechos exclusivos de sus invenciones y creaciones, permitiéndoles recuperar el coste de la invención y obtener un exceso de valor mediante su propio uso o permitiendo otros a utilizarlo pagando una tarifa. Se trata de un mecanismo eficaz para estimular la innovación, que estimula y moviliza enormemente el entusiasmo del personal científico y tecnológico por la invención y la creación. Es una condición básica indispensable y una fuerza positiva para el desarrollo de la economía nacional y el progreso científico y tecnológico.

1. Disposiciones del artículo 23 de la Ley de Patentes

El artículo 23 de la Ley de Patentes estipula que el diseño sobre el cual se concede el derecho de patente no pertenece al diseño existente; la fecha de solicitud. En el pasado, ninguna unidad o individuo ha solicitado el mismo diseño al Departamento de Administración de Patentes del Consejo de Estado, y se ha registrado en documentos de patente publicados después de la fecha de solicitud.

En comparación con diseños existentes o combinaciones de características de diseño existentes, el diseño patentado debería ser significativamente diferente.

El diseño para el cual se concede un derecho de patente no entrará en conflicto con los derechos legales obtenidos por otros antes de la fecha de presentación.

El término "diseños existentes" tal como se utiliza en esta Ley se refiere a los diseños que son conocidos por el público en el país y en el extranjero antes de la fecha de solicitud.

2. Interpretación del artículo 23 de la Ley de Patentes

Este artículo trata sobre los requisitos para la concesión de derechos de patente de diseño.

(1) El diseño al que se le otorgará un derecho de patente debe ser novedoso, es decir, no pertenece a un diseño existente antes de la fecha de presentación, ninguna unidad o individuo ha presentado una solicitud de patente ante el mismo; Consejo de Estado para el mismo diseño. El departamento administrativo ha presentado una solicitud y está registrada en los documentos de patente publicados después de la fecha de presentación. Por tanto, en términos de novedad, los estándares son los mismos que para las invenciones y los modelos de utilidad.

1. La novedad o no se valorará en función de si el diseño solicitado pertenece a un diseño existente. El llamado diseño existente se refiere al diseño conocido por el público en el país y en el extranjero antes de la fecha de presentación. Huelga decir que antes de la fecha de presentación, el diseño no debe ser conocido por el público nacional o extranjero de ninguna de las siguientes maneras: (1) Publicación pública, es decir, antes de la fecha de presentación, el mismo diseño ha sido registrado en publicaciones oficiales. (2) Uso público, es decir, la aplicación del diseño se hace conocida por el público, como el diseño del producto en sí o el diseño de su embalaje. (3) Dar a conocer al público de otras formas; como promoción oral, permitiendo que el público comprenda el contenido del diseño a través de informes, seminarios, transmisiones de radio o televisión, etc.

2. El plazo para juzgar si existe novedad se basará en la fecha de presentación de la solicitud de patente. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de esta Ley, la fecha en que el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado reciba los documentos de solicitud de patente será la fecha de presentación. Si los documentos de la solicitud se envían por correo, la fecha del matasellos será la fecha de la solicitud. Si goza de prioridad, se refiere a la fecha de prioridad. Siempre que el diseño solicitado para una patente no se encuentre entre los diseños existentes antes de la fecha de presentación, es novedoso.

3. Si el mismo diseño ha sido solicitado por alguna unidad o individuo y registrado en el documento de patente, es decir, si existe una "solicitud contradictoria". Para evitar autorizaciones repetidas de la misma solicitud de patente de diseño, el diseño solicitado primero debe considerarse como un diseño existente del diseño solicitado posteriormente y, por lo tanto, la solicitud posterior no posee novedad.

(2) El diseño debe ser creativo, es decir, el diseño para el cual se concede el derecho de patente debe ser obviamente diferente del diseño existente o de la combinación de características de diseño existentes.

1. Si el diseño es creativo incluye: (1) Que exista un diseño. En otras palabras, el diseño patentado en su conjunto debería ser significativamente diferente de los diseños existentes. (2) Combinación de características de diseño existentes. Según las disposiciones de los ADPIC, los estados miembros pueden evaluar la creatividad del diseño mediante la prueba del rompecabezas, es decir, dividiendo el diseño general del producto en varias características de diseño y comparándolas con las características de diseño existentes, debería haber diferencias obvias. Se destaca que el diseño patentado debe distinguirse claramente de la combinación de características de diseño existentes, principalmente para resolver el problema de los diseños de mosaico en la práctica. Hay dos formas principales de patentes de mosaico: una es un diseño que combina un diseño común con las características de diseño de un producto conocido. Por ejemplo, un fabricante nacional solicitó una patente de forma de automóvil, y la parte delantera del automóvil imitaba un modelo de Mercedes-Benz, la otra era una combinación simple de diseños existentes, como agregar un enchufe de carga basado en la forma de un Philips; plancha eléctrica y solicitó una patente de diseño.

2. Los criterios para juzgar si el diseño es creativo son obviamente diferentes del diseño existente o de la combinación de características de diseño existentes. La llamada "diferencia obvia" significa que los dos no son iguales ni similares y no causarán malentendidos entre el público. Si cumple una de las siguientes condiciones, obviamente es diferente: (1) El propósito y la función del producto son diferentes o no similares al diseño existente. Cuando se utilice un mismo diseño en diferentes productos, no se considerará el mismo diseño. (2) En comparación con el diseño existente, la forma, el patrón o su combinación y el color no son iguales o similares a la combinación de forma y patrón.

(3) El diseño al que se le conceda un derecho de patente no entrará en conflicto con los derechos legales obtenidos por otros antes de la fecha de presentación. Los derechos legales adquiridos por otros antes de la fecha de presentación incluyen principalmente: derechos de marca, derechos de autor (principalmente obras artísticas), derechos de retrato, etc. Debido a que el diseño de apariencia se refiere a un nuevo diseño que es estéticamente agradable y adecuado para aplicaciones industriales en función de la forma, patrón o combinación de un producto, así como la combinación de color, forma y patrón, el diseño de apariencia puede entrar fácilmente en conflicto con la marca registrada. derechos de autor, derechos de autor y otros derechos. Por consiguiente, las disposiciones legales no deben entrar en conflicto con estos derechos.

Es decir, si otros han obtenido los derechos legales antes mencionados de antemano, el solicitante de la patente de diseño no obtendrá los derechos de patente de diseño para los productos que lleven estas marcas comerciales y obras artísticas.