¿Existe algún requisito legal para los honorarios de agencia?
1. ¿Es legal cobrar honorarios según el contrato de agencia del Código Civil?
1. Los honorarios del contrato de intermediación son legales.
El artículo 961 del Código Civil define un contrato de intermediación como un contrato en el que el intermediario comunica al cliente la posibilidad de celebrar un contrato o presta servicios de intermediación para la celebración del contrato, y el cliente paga una remuneración. .
2. Además del Código Civil, otras leyes y reglamentos estipulan los honorarios de agencia.
Medidas para la Administración de las Ventas de Vivienda Comercial
Artículo 25: Si una empresa de desarrollo inmobiliario encomienda a una agencia de servicios intermediarios la venta de viviendas comerciales, la agencia encomendada será una inmobiliaria agencia establecida de conformidad con la ley y obtuvo un mecanismo de licencia de actividad industrial y comercial. Una empresa de desarrollo inmobiliario celebrará un contrato de encomienda por escrito con la agencia de servicios de intermediario inmobiliario encomendada. El contrato de encomienda especificará el período de encomienda, la autoridad de encomienda y los derechos y obligaciones del principal y del principal.
Artículo 28 Cuando una agencia de servicios de intermediación inmobiliaria encomendada venda viviendas comerciales en calidad de agente, no cobrará honorarios distintos de comisiones.
2. Las obligaciones y derechos del intermediario en el contrato de intermediación
Derecho Civil
Artículo 962 El intermediario informará y celebrará verazmente el contrato al cliente. Asuntos relacionados con el contrato.
Si un intermediario oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con la celebración de un contrato o proporciona información falsa, perjudicando así los intereses del cliente, no exigirá el pago de la remuneración y será responsable de la indemnización.
Capítulo 963
Si un intermediario facilita el establecimiento de un contrato, el cliente deberá pagar una remuneración de conformidad con el acuerdo. Si no hay acuerdo sobre la remuneración del intermediario o el acuerdo no es claro y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, se determinará razonablemente con base en los servicios del intermediario. Si un intermediario presta servicios de comunicación para la celebración de un contrato, la remuneración del intermediario correrá a cargo de ambas partes del contrato por igual.
Si un intermediario facilita el establecimiento de un contrato, los costos de las actividades del intermediario correrán a cargo del intermediario.
Artículo 964 Si el intermediario no facilita el establecimiento del contrato, no exigirá el pago de la remuneración; sin embargo, podrá exigirse al cliente el pago de los honorarios necesarios para realizar las actividades de intermediación según lo acordado;
El intermediario está obligado a brindar la oportunidad de celebrar un contrato, o a prestar servicios de medios para la celebración de un contrato, y la obligación principal del mandante es pagar la remuneración correspondiente. El intermediario cumple con sus obligaciones. el intermediario pero la otra parte no paga. En el caso de una remuneración, usted tiene derecho a reclamar una remuneración.