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Interpretación de la Ley de Aduanas de la República Popular China: Artículo 86

Artículo 86 Podrá ser multado con multa y confiscación de ganancias ilícitas quien viole las disposiciones de esta Ley y cometa cualquiera de los siguientes actos:

(1) Los vehículos de transporte que entren y salgan del país sin pasar por un lugar de establecimiento de la aduana

(2) No notificar a la aduana la hora de llegada, lugar de parada o cambio de ubicación del medio de transporte de entrada y salida

(3) Importación; y exportación de mercancías, artículos o tránsito o transbordo, declaración falsa de carga ante la aduana;

(4) No aceptar la inspección aduanera de los medios de transporte, mercancías y artículos de entrada y salida, de conformidad con la reglamentación;

(5) Entrada y salida El medio de transporte, sin el consentimiento de la aduana, carga y descarga mercancías y artículos de entrada y salida, o recoge y desembarca pasajeros;

(6 ) El medio de transporte de entrada y salida que permanece en el lugar donde está establecida la aduana sale sin el consentimiento de la aduana;

(7) El vehículo de transporte de entrada y salida viaja desde un lugar donde está establecida la aduana a otro lugar donde esté establecida la aduana, sin pasar por trámites aduaneros ni obtener aprobación, y luego se desvíe a un lugar en el extranjero o dentro del país donde no esté establecida la aduana;

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(8) Entrante y medios de transporte de salida, sin el consentimiento de la aduana, sean simultáneamente operados o convertidos en transporte interno, estacionar, desembarcar o arrojar o descargar mercancías o artículos en un lugar aduanero, y no presentarse a la aduana cercana sin motivos justificables; (10) Desempacar, recoger, entregar, enviar, intercambiar, modificar, hipotecar, pignorar, retener, transferir, cambiar etiquetas, utilizar para otros fines o disponer de cualquier otro modo de mercancías bajo supervisión aduanera;

(11) Abrir o destruir sellos aduaneros sin autorización;

(12) Participar en el transporte, almacenamiento y procesamiento de mercancías bajo supervisión aduanera, las mercancías relevantes se pierden o los registros relevantes son falsos, y no hay razones legítimas que puedan ser proporcionado;

(13) Otras violaciones de las normas de supervisión aduanera.

La interpretación de este artículo es una disposición sancionadora por eludir la vigilancia aduanera distinta del contrabando.

Los medios de transporte, mercancías y artículos de entrada y salida están sujetos a supervisión aduanera. Esta ley establece una serie de reglas básicas para la supervisión aduanera de vehículos, mercancías y artículos de transporte de entrada y salida. La violación de estas reglas básicas es una violación de las obligaciones legales, constituye un acto de evasión de la supervisión aduanera y debe conllevar responsabilidad legal. Este artículo prevé sanciones para trece actos ilegales que violan las reglas básicas de supervisión aduanera. Este artículo estipula lo que constituye una violación de las reglas básicas de supervisión aduanera y cómo los infractores deben rendir cuentas. Según este artículo, las conductas punibles incluyen las siguientes trece conductas:

(1) El medio de transporte entra y sale sin pasar por el lugar donde está establecida la aduana. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de esta Ley. El transporte de entrada y salida deberá ingresar o salir del país por el lugar donde esté establecida la aduana, si existen circunstancias especiales, deberá ser aprobada conforme a la ley. Constituye este acto ilícito la violación de lo dispuesto en el artículo 8 de esta Ley.

(2) No notificar a la aduana la hora de llegada, lugar de escala o cambio de lugar del medio de transporte de entrada y salida. Se trata de una disposición de responsabilidad legal que corresponde a lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de esta Ley. Si el responsable del medio de transporte de entrada y salida no informa a la aduana la hora de llegada, lugar de escala o cambio de lugar, afectará directamente la supervisión aduanera y será sancionado.

(3) Es falso declarar ante la aduana la importación y exportación de mercancías, artículos o mercancías en tránsito, transbordo o flete. La ley estipula que los bienes y artículos importados, los bienes y artículos exportados y las mercancías en tránsito, transbordo y transporte estarán sujetos a supervisión aduanera. Una de las obligaciones legales es la de declarar verazmente a la aduana. Si la declaración es falsa o falsa, constituye una violación de las normas de supervisión aduanera y usted debe asumir la responsabilidad legal y ser sancionado. También cabe señalar aquí que si el comportamiento del autor excede el límite de declaración falsa exigido por la supervisión aduanera y se producen otros actos ilegales, será responsable de conformidad con otras sanciones pertinentes. Por ejemplo, si se trata de un delito de contrabando, no puede utilizar una declaración falsa ante la aduana como excusa para evadir su responsabilidad.

(4) No aceptar la inspección aduanera de los medios de transporte, mercancías y artículos de entrada y salida, de conformidad con la reglamentación. La inspección y la inspección de vehículos, mercancías y artículos de transporte entrantes y salientes es una medida necesaria para que las aduanas implementen la supervisión y gestión de entrada y salida basada en las necesidades de salvaguardar la soberanía nacional y los intereses nacionales. Todos los medios de transporte, mercancías y artículos de entrada y salida, están sujetos a inspección e inspección de conformidad con la ley y no deben ser violados. Se sancionará a quienes no acepten las inspecciones y controles de conformidad con las normas de supervisión aduanera.

(5) Los vehículos de transporte entrantes y salientes cargan y descargan mercancías y artículos entrantes y salientes o transportan pasajeros entrantes y salientes sin el consentimiento de la aduana. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de esta Ley, los vehículos de transporte que carguen y descarguen mercancías y artículos entrantes y salientes o pasajeros entrantes y salientes, estarán sujetos a supervisión aduanera. La carga y descarga no autorizada de mercancías o la carga y descarga de pasajeros entrará en conflicto con los requisitos de la supervisión aduanera, lo que provocará las consecuencias adversas de evadir la supervisión aduanera, y no estará permitida. Por lo tanto, imponer sanciones a la carga y descarga no autorizada de mercancías y al embarque y desembarque de pasajeros no sólo es factible, sino también una necesidad razonable para mantener el orden de supervisión aduanera.

(6) Los vehículos de transporte de entrada y salida que permanezcan en el lugar donde está establecida la aduana salen sin el permiso de la aduana. Esto cumple con el artículo 14 de la ley. La aduana tiene una serie de regulaciones sobre medios de transporte de entrada y salida, que estipulan que los medios de transporte de entrada y salida que permanecen en el lugar donde está establecida la aduana no pueden salir sin el consentimiento de la aduana. Las medidas reglamentarias vigentes serán sancionadas.

(7) El vehículo de transporte de entrada y salida viaja desde un lugar donde está establecida la aduana a otro lugar donde está establecida la aduana, y se desvía al extranjero o a un lugar donde no está establecida la aduana dentro del país sin aduana. procedimientos y aprobación. Se trata de una disposición que corresponde al artículo 14 de la Ley. La implementación de la supervisión aduanera de los vehículos de transporte entrantes y salientes es especial y debe cumplir con los requisitos de la supervisión aduanera. Las violaciones de requisitos específicos, es decir, las violaciones de las normas aduaneras, deben ser sancionadas. De manera similar, esta disposición sólo se aplica a las violaciones del sistema general de supervisión aduanera. Si las mercancías se utilizan para otros fines ilegales y delictivos sin autorización, se impondrán sanciones separadas.

(8) Los medios de transporte de entrada y salida se operan simultáneamente o se cambian a transporte nacional sin el consentimiento de la aduana. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de esta Ley, no está prohibido que los vehículos de transporte de entrada y de salida funcionen simultáneamente o se conviertan en transporte nacional, pero sí se permite. Sin embargo, los procedimientos aduaneros deben ser aprobados por la aduana y deben cumplir con los requisitos de supervisión aduanera. Si opera simultáneamente o cambia al transporte nacional sin el consentimiento de la aduana, es un acto que interfiere con el orden de supervisión aduanera y debe ser sancionado.

(9) Por causas de fuerza mayor, los barcos y aeronaves de entrada y salida se ven obligados a estacionar, aterrizar o arrojar o descargar carga o artículos en lugares sin aduana dentro del territorio, y no presentarse ante aduanas cercanas. sin razones justificables. Se trata de una disposición que corresponde al artículo 22 de la Ley. Si se produce fuerza mayor y se toman medidas especiales, serán reconocidas. Sin embargo, una vez que ocurre la situación, la persona a cargo del transporte de entrada y salida está obligada a presentarse inmediatamente en la aduana cercana y aceptar la supervisión aduanera. Quienes no tengan motivos justificables serán sancionados.

(10) Sin permiso aduanero, abrir, recoger, entregar, enviar, intercambiar, modificar, hipotecar, pignorar, retener, transferir, cambiar etiquetas, utilizar para otros fines o disponer de otro modo de mercancías bajo supervisión aduanera. bienes. Se trata de una disposición correspondiente al primer párrafo del artículo 37 de esta Ley. El artículo 100 de esta Ley define las mercancías bajo vigilancia aduanera mencionadas en el artículo 37 de esta Ley, es decir, las mercancías enumeradas en el artículo 23 de esta Ley de Exportación. mercancías, tránsito, transbordo, mercancías exprés, mercancías especiales libres de impuestos, mercancías de importación y exportación temporal, mercancías aduaneras y otras mercancías entrantes y salientes que aún no hayan pasado por procedimientos aduaneros. Todas las mercancías bajo supervisión aduanera están en proceso de supervisión aduanera y tienen ciertas obligaciones aduaneras de acuerdo con la ley. Por lo tanto, no podrán enajenarse las mercancías bajo control aduanero que afecten el control aduanero y sancionen a los infractores.

(11) Abrir o dañar precintos aduaneros sin autorización. Se trata de una disposición correspondiente al apartado 2 del artículo 37 de esta Ley. El precinto aduanero es una medida aplicada por la aduana con fines de supervisión. Cualquiera que abra o destruya este sello sin autorización constituye un acto de interferencia y socavamiento de la supervisión aduanera. Se opone directamente a las medidas de supervisión adoptadas por las aduanas y debe ser sancionado.

(12) Dedicados al transporte, almacenamiento, procesamiento y otros negocios de mercancías bajo supervisión aduanera, las mercancías relevantes se pierden o los registros relevantes son falsos y no se pueden proporcionar razones legítimas. Lo anterior se relaciona con el artículo 38 de esta Ley y otras disposiciones pertinentes, que obligan a los operadores que se dedican al transporte, almacenamiento y procesamiento de mercancías bajo vigilancia aduanera a registrar verazmente las pérdidas o situaciones conexas de dichas mercancías, porque es necesario que la aduana implementar supervisión si los registros son falsos, dañará o dificultará la normal supervisión de la aduana, por lo que se incluye en la lista de sanciones.

(13) Otras infracciones a las normas aduaneras. Se trata de una cláusula complementaria porque, aunque los doce actos ilegales enumerados anteriormente corresponden a determinadas normas de supervisión aduanera, no cubren todas las violaciones de las normas de supervisión aduanera, por lo que esta disposición es necesaria para compensar las omisiones causadas por la lista incompleta. entonces puede haber una base legal para castigar aquellas conductas que no están incluidas en las responsabilidades legales pero que deberían ser castigadas.

De acuerdo con lo dispuesto en este artículo, si se comete uno de los trece actos ilícitos enumerados en este artículo, existen dos formas para que el infractor asuma la responsabilidad: una es multar y la otra es confiscar las ganancias ilegales. La ley no estipula que deban imponerse multas por las infracciones antes mencionadas. La imposición de una multa y su cuantía específica podrán estipularse mediante reglamentos administrativos.