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Fuentes de la obligación de no actuar

La obligación de actuar prevista en la ley es una de las principales fuentes de la obligación de actuar en el delito de omisión, y se refiere a las obligaciones estipuladas por otras leyes y reconocidas por la ley penal. La ley aquí incluye leyes, reglamentos y normas y reglamentos. Las obligaciones de conducta exigidas por la profesión o el negocio se refieren a ciertas obligaciones de conducta que un sujeto está obligado a realizar de conformidad con la ley porque ocupa un determinado cargo o se dedica a un determinado negocio;

1. países A los ojos de los estudiosos del derecho penal, hay tres puntos de vista principales sobre el delito de omisión impura:

(1) El delito de omisión impura es un delito cometido por el autor en forma de omisión, generalmente en forma de acción. Esta opinión es común en China.

(2) Se cree que un delito que utiliza la omisión como forma de realizar los elementos de un delito previsto en la ley se denomina delito impuro de omisión. Esta opinión es común en Japón.

(3) Un delito que produce un determinado resultado al no realizar un determinado acto esperado por la ley se denomina delito impuro de omisión. Esta opinión es común en Alemania.

Dos. Características

(1) Teniendo obligaciones legales. Se refiere a la conducta en la que el actor tiene la obligación de actuar pero no actúa conforme a la ley.

(2) El acto de negarse a realizar. Se refiere a una conducta que se puede realizar de forma condicional pero que se niega a realizar.

Tres. Fuentes de deuda

1. Obligaciones de acción positiva expresamente previstas en la ley

2. Obligaciones de acción requeridas por la profesión o negocio.

3. Obligaciones positivas derivadas de actos jurídicos

Base jurídica:

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 261< /p >

Quien se niegue a apoyar a personas mayores, jóvenes, enfermos o incapaces de vivir independientemente, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no superior a cinco años, detención penal o vigilancia pública.

Artículo 313

Quien se niegue a ejecutar la sentencia u orden del tribunal popular, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años. detención penal o multa si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a una pena no inferior a tres años de prisión y a una pena de prisión no superior a siete años y una multa; Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.