Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Cuáles son las consecuencias legales de la mala conducta de XX? Las consecuencias jurídicas de negarse a devolver ganancias injustas: La negativa a devolver ganancias injustas puede constituir el delito de malversación de fondos. El delito de apropiación indebida se refiere a los bienes entregados a uno mismo por otros con fines de posesión ilícita. Los objetos olvidados o enterrados se toman ilegalmente como propios y se niega la devolución de una cantidad mayor. Responsabilidad legal por el delito de malversación: El que posea ilegalmente bienes ajenos para su custodia y se niegue a devolverlos, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años. Detención penal o multa, si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de dos años pero no más de cinco años y también se le impondrá una multa. El artículo 986 del Código Civil establece que si el beneficiario no sabe ni debe saber que los beneficios obtenidos no tienen fundamento jurídico y los beneficios obtenidos ya no existen, no estará obligado a devolverlos.

¿Cuáles son las consecuencias legales de la mala conducta de XX? Las consecuencias jurídicas de negarse a devolver ganancias injustas: La negativa a devolver ganancias injustas puede constituir el delito de malversación de fondos. El delito de apropiación indebida se refiere a los bienes entregados a uno mismo por otros con fines de posesión ilícita. Los objetos olvidados o enterrados se toman ilegalmente como propios y se niega la devolución de una cantidad mayor. Responsabilidad legal por el delito de malversación: El que posea ilegalmente bienes ajenos para su custodia y se niegue a devolverlos, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años. Detención penal o multa, si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de dos años pero no más de cinco años y también se le impondrá una multa. El artículo 986 del Código Civil establece que si el beneficiario no sabe ni debe saber que los beneficios obtenidos no tienen fundamento jurídico y los beneficios obtenidos ya no existen, no estará obligado a devolverlos.