Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Se pueden pignorar bienes inmuebles? ¿Es la situación la misma dentro y fuera del país?

¿Se pueden pignorar bienes inmuebles? ¿Es la situación la misma dentro y fuera del país?

La propiedad no se puede pignorar.

Debido a que la ley estipula que solo se pueden pignorar derechos de propiedad distintos de los muebles y los derechos de usufructo, los bienes inmuebles no están incluidos. El valor de los bienes inmuebles es tan grande que pignorar significa entregar las cosas al acreedor para su custodia. , lo que no es propicio para el sector inmobiliario. El uso es un desperdicio de recursos.

En cuanto a si la situación en casa y en el extranjero es la misma, no he investigado nada, pero personalmente creo que es la misma y la razón es la misma.

Datos ampliados:

Clasificación de la prenda:

El bien pignorado se llama prenda, la persona que proporciona el bien se llama pignorante, y la persona que disfruta el prendario se llama pueblo pignorante. Se debe firmar un contrato escrito para la garantía de prenda, y el contrato de prenda entrará en vigor de inmediato (a diferencia de la opinión anterior de que el contrato de prenda es un contrato práctico, la nueva opinión es que el contrato de prenda también debe ser un contrato de promesa). El contenido del contrato de prenda es básicamente el mismo que el del contrato de hipoteca.

La prenda se puede dividir en prenda de bienes muebles y prenda de derechos. La prenda de bienes muebles se refiere a la prenda de objetos muebles que no menoscaban su eficacia; la prenda de derechos se refiere a la prenda de derechos transferibles como materia;

Si el acreedor prendario de una prenda mueble causa la pérdida o daño del bien pignorado por mala custodia, incurrirá en responsabilidad civil. Si los bienes pignorados pueden perderse o dañarse, el pignorante puede exigir al acreedor pignorante que deposite los bienes pignorados o que pague la deuda por adelantado para devolver los bienes pignorados, y el acreedor pignoraticio puede exigir que el pignorante proporcione la garantía correspondiente. Si el pignorante no puede proporcionarlo, el acreedor prendario podrá subastar o vender el bien pignorado y recibir primero el pago, o depositarlo en poder de un tercero acordado con el pignorante.

Si la fecha de rescate o de entrega indicada en diversas letras es anterior al plazo de ejecución de la deuda, el acreedor prendario podrá rescatar o entregar la cosa antes del vencimiento del plazo de ejecución de la deuda y acordar con el pignorante el precio cobrado. o los bienes retirados se utilizan para saldar la deuda por adelantado o para depositarlos en un tercero convenido con el deudor pignorante.

Enciclopedia Baidu-Juramento