¿Cómo se determina el delito de licitación colusoria? ¡Tiene estas características!
El delito de licitación colusoria tiene las siguientes características
Primero, el objeto vulnerado por este delito es un objeto complejo, que no sólo viola el orden normal del mercado de licitaciones, sino que también viola el país, colectivos y ciudadanos derechos e intereses legítimos. La licitación y la licitación son un método de transacción de mercado altamente competitivo. Su ventaja radica en la supervivencia del más fuerte, de modo que los recursos humanos, materiales y financieros de toda la sociedad pueden asignarse mejor. Debe seguir los principios de apertura, equidad y justicia. e integridad. Si las partes excluyen la competencia leal de otras mediante medios desleales, como la colusión en las licitaciones, las actividades de licitación perderán sus funciones originales, perjudicando así los intereses nacionales, los intereses públicos sociales y los derechos e intereses legítimos de otras partes licitadoras.
En segundo lugar, este delito se manifiesta objetivamente en los dos aspectos siguientes:
1. Los licitadores se confabulan entre sí en las cotizaciones de las ofertas, perjudicando los intereses del licitador o de otros licitadores. Esto generalmente se manifiesta cuando los postores se comunican entre sí, forman acuerdos escritos u orales y acuerdos sobre cotizaciones de licitación, o se informan entre sí sobre la información de las cotizaciones para evitar competir entre sí y buscar beneficios indebidos. Existen principalmente las siguientes manifestaciones:
(1) Los postores acuerdan mutuamente aumentar el precio de la oferta.
(2) Los postores acuerdan mutuamente reducir el precio de la oferta.
(3) Los postores acuerdan entre ellos que en proyectos similares, ganarán las ofertas secuencialmente con precios altos o bajos.
(4) Los postores se confabularon entre sí y acordaron dar una "compensación por abandono" a otros postores que no ganaron la oferta o la abandonaron. Aquí deben distinguirse los siguientes conceptos: cotización de oferta, base de oferta y base de oferta. La denominada oferta pública de adquisición se refiere al precio que los postores están dispuestos a pagar por los bienes comercializados o la obra realizada.
Elementos del objeto
La licitación es un método de transacciones de mercado, generalmente utilizado en la compra y venta de productos a granel o en la construcción de proyectos de construcción a gran escala. Se trata de una actividad en la que el licitador propone su propio precio y las condiciones correspondientes de acuerdo con las condiciones del licitador, prepara una lista y envía una carta al licitador. Dentro de un cierto período de tiempo, el propietario llamará a todos los postores para abrir ofertas en el sitio, seleccionará el que tenga la mejor calidad y el precio más rentable como el postor ganador, y luego el postor firmará un contrato con ellos para realizar transacciones. . Una oferta tiene la naturaleza de una oferta. Sus elementos incluyen principalmente: (1) Debe estar dirigido al licitador (2) Debe realizarse de acuerdo con los requisitos del licitador (3) Debe incluir las condiciones básicas para celebrar el contrato para poder licitar; El compromiso humano es el propósito.
Por lo general, existen tres formas de licitación: una es la licitación competitiva general. Siempre que se cumplan determinadas condiciones, se puede participar en la licitación; el segundo tipo se llama licitación. Es decir, designar a dos o más personas para que participen en la licitación y luego seleccionar al postor ganador; la tercera es una licitación específica; Es decir, designar un objeto (un objeto con gran reputación, credibilidad y alta tecnología) para ofertar. Además de una licitación específica, generalmente es un proceso de licitación. Es decir, una forma jurídica en la que los licitadores presentan condiciones individualmente mediante licitación, y el licitador selecciona las mejores entre ellas y concluye un contrato con ellas. Dado que la licitación es un medio de competencia en el mercado, la competencia debe ser feroz. Esto da como resultado una competencia desleal en las licitaciones, lo que está expresamente prohibido por la ley china. El artículo 15 de la "Ley contra la competencia desleal" estipula: "Los licitadores no podrán coludirse en la licitación, aumentar o reducir las ofertas. Los licitadores y los licitadores no deberán coludirse entre sí para excluir la competencia leal de los competidores".
Elementos objetivos
Este delito se manifiesta objetivamente como puja colusoria. Existen dos formas principales de expresión:
1. Colusión entre postores
Los operadores que participan en la licitación se comunican entre sí sobre las cotizaciones de licitación a través de acuerdos orales o escritos para evitar competir entre sí. otros, o aceptar ganar licitaciones en proyectos similares uno tras otro, perjudicando los intereses del licitador o de otros licitadores. Los postores se confabulan entre sí en las ofertas principalmente de las siguientes formas:
(1) Los postores acuerdan mutuamente aumentar el precio de la oferta;
(2) Los postores acuerdan entre sí reducir por unanimidad Cotización de ofertas;
(3) Los postores acuerdan entre ellos que en proyectos similares, las ofertas se ganarán secuencialmente con precios altos o bajos, la llamada cotización de ofertas se refiere al precio que el postor está dispuesto; pagar al licitador. En términos generales, la cotización de la oferta debe calcularse sobre la base de la tabla de cuantificación del proyecto propuesta por el postor, combinada con factores como la tasa de adjudicación de la oferta, el futuro de la empresa licitadora, el número de competidores y las condiciones de licitación de los competidores. Esto debe tenerse en cuenta y añadirse una proporción adecuada de beneficios al presupuesto total de la oferta.
2. Postores y postores se confabulan en la licitación.
La colusión entre postores y postores se refiere a transacciones privadas entre postores y postores específicos que utilizan medios desleales durante las actividades de licitación, haciendo de la licitación pública una mera formalidad y perjudicando los intereses del país, los colectivos y los ciudadanos (incluidos otros postores). Las principales manifestaciones de colusión entre postores y postores son:
(1) El licitador filtra deliberadamente la oferta mínima. Es decir, el licitador tiene la intención de revelar su precio mínimo de oferta a postores específicos;
(2) Apertura secreta de la oferta, es decir, antes de la apertura pública de la oferta, el licitador abre en privado las ofertas de los postores y notifica al licitadores que no han presentado las ofertas;
(3) El licitador guía e insta deliberadamente a otros a ganar la oferta.
Es decir, cuando el licitador le pide al postor que aclare los hechos sobre su oferta, deliberadamente plantea preguntas importantes para ayudar al postor a ganar la oferta;
(4) Tratar las ofertas de manera diferente, es decir, al revisar y seleccionar ofertas, lo mismo Los documentos de licitación tratan a diferentes postores de manera diferente;
(5) El licitador permite deliberadamente que postores no calificados ganen la oferta. Es decir, el licitador permite que los postores que no están calificados para ofertar participen en la licitación y les permite ganar la oferta;
(6) Sobornar al postor para obtener secretos, es decir, el postor obtiene secretos de el licitador mediante soborno antes de la apertura pública de la licitación la cotización del postor u otras condiciones de la licitación;
(7) El postor le dará al postor una compensación adicional, es decir, el postor tiene la intención de negociar con el postor para reducir. el precio de la oferta durante la licitación pública, y dará al postor una compensación adicional después de ganar la oferta;
(8) El licitador deberá pagar una compensación adicional al postor. Es decir, el licitador y cierto postor acuerdan aumentar deliberadamente el precio de la oferta durante la licitación pública, haciendo que el precio de la oferta sea más alto que el precio habitual, y otros postores son engañados. Una vez determinada la oferta de alto precio, el licitador pagará una determinada cantidad de compensación al postor que deliberadamente aumentó el precio de la oferta según lo acordado.
Elementos temáticos
Para el licitador, el tema de este delito es un tema especial, y para el licitador, es un tema general. Puede cometer este delito cualquier persona natural que haya cumplido la mayoría de edad penal y tenga capacidad de responsabilidad penal. Según lo dispuesto en el artículo 231 de la Ley Penal, las unidades también pueden ser objeto de este delito. Si una unidad comete este delito, se implementará un sistema de doble castigo, es decir, la unidad será multada y el responsable directo a cargo y demás personal directamente responsable serán responsables de la responsabilidad penal correspondiente. Este delito es cómplice, y el postor o licitador que constituye este delito es cómplice del delito. Los perpetradores pueden dividirse en principales y cómplices, pero no hay cómplices ni cómplices coaccionados.
Factores subjetivos
Subjetivamente hablando, el delito debe ser intencionado, es decir, saber que coludir con las ofertas perjudicará los intereses del licitador o de otros licitadores, pero aun así estar decidido a hacerlo. , esperando o dejando hacer que se produzcan consecuencias tan perjudiciales. La negligencia no puede constituir este delito y sus motivos pueden ser diversos: algunos son para obtener beneficios ilegales por ganar la licitación; otros para excluir e incriminar a otros postores; otros por lealtad; otros por enamoramiento de las mujeres; ; etc., pero independientemente del motivo, no afecta la condena por este delito.
Disposiciones de Derecho Penal
Artículo 223: Los oferentes que se confabulen en las cotizaciones de las ofertas y perjudiquen los intereses del licitador o de otros oferentes, si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena de prisión. Prisión de duración determinada no mayor a tres años o Prisión penal, y concurrente o únicamente con multa.
Si un licitador se confabula con el licitador para licitar y lesiona los intereses legítimos del Estado, de los colectivos y de los ciudadanos, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Considere
El límite entre este delito y el no delito
El límite entre el delito de licitación colusoria y el acto ilegal de colusión en licitación depende de si las circunstancias del acto son graves. Si las circunstancias son graves constituye delito, en caso contrario no se considera delito, y el Tribunal Supremo tiene que hacer una interpretación judicial de lo que es gravedad. Al determinar si las circunstancias son graves, se deben considerar exhaustivamente factores como si los medios delictivos son abominables, no corregir a pesar de repetidas advertencias, las consecuencias conductuales y el impacto social, y se debe emitir un juicio integral.
Identificación de conductas implicadas en el delito de cohecho
Cuando los autores cometen el delito de colusión con ofertas, a menudo pueden estar involucrados en delitos como cohecho y violación de secretos comerciales. Por ejemplo, si un postor presenta El licitador paga sobornos para permitir que intereses económicos específicos lo induzcan a revelar la oferta más baja, o el licitador acepta sobornos y filtra secretos comerciales como la oferta más baja. Se puede observar que, según las características de este delito, muchas veces es posible involucrar delitos. Dado que no existen disposiciones especiales en la ley para estos delincuentes implicados, deben ser tratados de conformidad con la ley y es apropiado sentenciarlos a un delito grave.
Sanción
1. La persona natural que cometa este delito será sancionada con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa.
2. Si una unidad comete este delito, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán penalmente responsables de conformidad con las disposiciones anteriores.
Leyes y reglamentos pertinentes
Artículo 223 de la "Ley Penal": Licitadores que se confabulan entre sí en las cotizaciones de licitación y dañan los intereses del licitador o de otros licitadores, y las circunstancias sean graves, serán reprimidos con tres penas de prisión determinada no mayor de diez años o prisión preventiva, y también o únicamente multa.
Si un licitador se confabula con el licitador para licitar y lesiona los intereses legítimos del Estado, de los colectivos y de los ciudadanos, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Artículo 231 Si una unidad comete los delitos previstos en los artículos 221 a 230 de esta sección, la unidad será multada y el responsable directo será multado y los demás responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto. lo dispuesto en este apartado.
Artículo 27 de la "Ley contra la competencia desleal" Si los postores se confabulan para ofertar para aumentar o reducir el precio de la oferta, si los postores se confabulan entre sí para excluir la competencia leal de los competidores, la oferta ganadora no será válida; . El departamento de supervisión e inspección puede imponer una multa de no menos de 10.000 yuanes pero no más de 200.000 yuanes, según las circunstancias.
Explicaciones relevantes
En primer lugar, el sujeto de este delito es un sujeto especial, que solo puede ser el postor y el postor, incluidos los individuos y las unidades.
En segundo lugar, el aspecto subjetivo de este delito sólo puede ser intencional.
Este delito es un delito circunstancial. Este delito sólo puede constituirse por colusión en ofertas y cotizaciones, si las circunstancias son graves y lesionan los intereses del licitador o de otros postores. Si las circunstancias no son graves, incluso si la colusión en la licitación se lleva a cabo para perjudicar los intereses del licitador o de otros licitadores, este delito no puede ser castigado.
Las llamadas circunstancias graves se refieren principalmente a ofertas en colusión por medios despreciables; ofertas en colusión múltiples veces; causando graves pérdidas económicas al licitador u otros postores, causando un impacto adverso o incluso un impacto internacional;
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