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Ley de Aduanas de la República Popular China

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Esta ley se formula con el fin de salvaguardar la soberanía y los intereses nacionales, fortalecer la supervisión y gestión aduanera, promover los intercambios económicos y comerciales exteriores y los intercambios culturales científicos y tecnológicos, y asegurar la modernización socialista. Artículo 2 La República Popular China y la Aduana de la República Popular China son los organismos estatales de supervisión y administración de las aduanas de entrada y salida. De conformidad con lo dispuesto en esta Ley y otras leyes y reglamentos pertinentes, la aduana supervisa los medios de transporte de entrada y salida, mercancías, equipajes, envíos postales y otros envíos (en adelante, los medios de transporte de entrada y salida, mercancías y artículos), recauda derechos y otros impuestos, investiga y maneja el contrabando, recopila datos aduaneros y maneja otros asuntos aduaneros. Artículo 3 El Consejo de Estado establece la Administración General de Aduanas para gestionar uniformemente las aduanas.

El Estado establecerá oficinas aduaneras en los puertos abiertos al exterior y en los lugares donde se concentren los servicios de supervisión aduanera. La afiliación de las aduanas no está restringida por divisiones administrativas.

La Aduana ejerce sus competencias de forma independiente de conformidad con la ley y es responsable ante la Administración General de Aduanas. Artículo 4 La Aduana podrá ejercer las siguientes facultades:

(1) Inspeccionar los medios de transporte entrantes y salientes e inspeccionar las mercancías y artículos entrantes y salientes; quienes violen esta Ley u otras leyes y reglamentos pertinentes podrán ser detenidos.

(2) Verificar los documentos del personal de entrada y salida; interrogar a los sospechosos que hayan violado esta Ley u otras leyes y reglamentos pertinentes, e investigar sus actos ilegales.

(3) Revisar y copiar contratos, facturas, libros de cuentas, documentos, registros, documentos, correspondencia comercial, productos de audio y video y otros materiales relacionados con medios de transporte, mercancías y artículos de entrada y salida; y los vehículos de transporte de salida, mercancías y artículos sujetos a otras leyes y reglamentos pertinentes podrán ser detenidos.

(4) Inspeccionar los vehículos de transporte sospechosos de contrabando y los lugares sospechosos de esconder bienes y artículos de contrabando en las áreas de supervisión aduanera y las zonas costeras cercanas a la aduana, e inspeccionar los cuerpos de los sospechosos de contrabando con la aprobación del director de la aduana; aduanas, realizar delitos de contrabando. El período de detención y traslado de los sospechosos a las autoridades judiciales no excederá de 24 horas, pudiendo ampliarse a 48 horas en circunstancias especiales.

El alcance de las áreas costeras cercanas a la aduana será determinado por la Administración General de Aduanas y el departamento de seguridad pública del Consejo de Estado en conjunto con los gobiernos populares provinciales pertinentes.

(5) Si los vehículos de transporte entrantes y salientes o las personas escapan en violación de la supervisión aduanera, la aduana puede perseguirlos continuamente fuera del área de supervisión aduanera y en las áreas costeras y fronterizas cercanas a la aduana, y traerlos de regreso para Procesando.

(6) Las Aduanas podrán estar equipadas con armas para realizar sus funciones. Las normas para el porte y uso de armas por parte del personal de aduanas serán formuladas por la Administración General de Aduanas en colaboración con el departamento de seguridad pública del Consejo de Estado y presentadas al Consejo de Estado para su aprobación. Artículo 5 Los medios de transporte de entrada y salida de mercancías y objetos deberán pasar por el lugar donde esté establecida la aduana. En circunstancias especiales, la entrada y salida temporal por lugares sin aduana deberá ser aprobada por la autoridad autorizada por el Consejo de Estado o el Consejo de Estado, y los trámites aduaneros deberán realizarse de conformidad con las disposiciones de esta ley. Artículo 6 Salvo disposición en contrario, las empresas de declaración en aduana aprobadas por la aduana o las empresas con derecho a realizar negocios de importación y exportación serán responsables de la declaración en aduana y del pago de impuestos. Los declarantes aduaneros de las empresas antes mencionadas serán examinados y aprobados por la aduana.

Los propietarios de mercancías de entrada y salida podrán gestionar por sí mismos los trámites de declaración aduanera y tributación o encomendándolos a otros.

El agente a quien se le encomiende los trámites de declaración aduanera deberá observar las disposiciones de esta Ley respecto de su cliente. Artículo 7 El personal de aduanas debe respetar las leyes y reglamentos, hacer cumplir la ley de manera imparcial, ser leal a sus deberes y servir de manera civilizada.

Ninguna unidad o individuo podrá obstaculizar a la Aduana en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley.

Cuando la Aduana encuentre resistencia en el desempeño de sus funciones, deberán prestarle auxilio los órganos de seguridad pública y la Policía Armada Popular que realicen las tareas correspondientes. Capítulo 2 Vehículos de transporte de entrada y salida Artículo 8 Cuando un vehículo de transporte de entrada y salida llegue o salga del lugar donde está establecida la aduana, el responsable del vehículo de transporte deberá declarar verazmente ante la aduana, presentar los documentos para su inspección y aceptar la aduana. supervisión e inspección.

Los vehículos de transporte de entrada y salida que permanezcan en el lugar donde está establecida la aduana no podrán salir sin el consentimiento de la aduana.

El transporte de entrada y salida desde el lugar donde está establecida la aduana hasta el lugar donde está establecida la aduana debe cumplir con los requisitos de supervisión aduanera y pasar por procedimientos aduaneros, si los procedimientos aduaneros no se completan, la ruta de salida; no se puede cambiar. Artículo 9 Antes de que el medio de transporte entrante sea declarado en la aduana después de ingresar al país, el medio de transporte saliente deberá pasar por los trámites aduaneros de acuerdo con la ruta especificada por el departamento de transporte, si no hay disposición por parte del departamento de transporte; ser designado por la aduana. Artículo 10 El responsable del medio de transporte o el departamento de transporte correspondiente deberá notificar a la aduana con antelación los horarios de llegada y salida, los lugares de escala, los lugares de cambio durante la estancia y los tiempos de carga y descarga de mercancías y artículos de entrada y salida. barcos, trenes y aviones. Artículo 11 Los vehículos de transporte que carguen y descarguen mercancías y objetos entrantes y salientes o pasajeros entrantes y salientes estarán sujetos a vigilancia aduanera.

Una vez finalizada la carga y descarga de mercancías y artículos, el responsable del medio de transporte deberá presentar a la aduana los documentos y registros de entrega que reflejen las condiciones reales de carga y descarga.

Las personas que transporten mercancías dentro y fuera de los vehículos de transporte de entrada y salida deberán declarar verazmente ante la aduana y aceptar la inspección aduanera. Artículo 12 Cuando la aduana inspeccione los medios de transporte de entrada y salida, el responsable del medio de transporte deberá estar presente y abrir las cabinas, habitaciones y puertas de acuerdo con los requisitos de la aduana si existe sospecha de contrabando; El encargado del medio de transporte abrirá los lugares donde puedan estar ocultas las mercancías y objetos de contrabando, y trasladará las mercancías y la cosa.

En función de las necesidades del trabajo, la aduana podrá enviar personal para acompañar el medio de transporte para realizar funciones oficiales, debiendo el responsable del medio de transporte brindar comodidad.