Ley de inspección de productos básicos de importación y exportación de la República Popular China (revisión de 2021)
Las mercancías importadas especificadas en el párrafo anterior no se venderán ni utilizarán sin inspección; los productos de exportación especificados en el párrafo anterior no se exportarán a menos que pasen la inspección.
Si los productos de importación y exportación especificados en el primer párrafo de este artículo cumplen las condiciones para la exención de la inspección prescritas por el Estado, podrán ser exentos de la inspección previa solicitud del consignatario y del expedidor y aprobación del Departamento Nacional de Inspección de Productos Básicos. Artículo 6 La inspección obligatoria de productos importados y exportados se refiere a actividades de evaluación de la conformidad para determinar si los productos importados y exportados enumerados en el Catálogo cumplen con los requisitos obligatorios de las especificaciones técnicas nacionales.
Los procedimientos de evaluación de la conformidad incluyen: muestreo, inspección e inspección; evaluación, verificación y aseguramiento de la conformidad, registro, acreditación y aprobación, y combinaciones de los anteriores;
Para la inspección de los productos de importación y exportación especificados en el primer párrafo de este artículo, la agencia de inspección de productos podrá aceptar los resultados de la inspección de la agencia de inspección que implemente la gestión del catálogo de los mismos; -mencionadas agencias de inspección. Artículo 7 Los productos de importación y exportación enumerados en el Catálogo se inspeccionarán de acuerdo con los requisitos obligatorios de las especificaciones técnicas nacionales, si los requisitos obligatorios de las especificaciones técnicas nacionales aún no se han formulado, se formularán de manera oportuna de acuerdo con el ley. Antes de la formulación, la inspección se puede realizar con referencia a las normas extranjeras pertinentes designadas por la Administración Estatal de Inspección de Productos Básicos. Artículo 8 Otros organismos de inspección podrán aceptar el encargo de partes de comercio exterior o de organismos de inspección extranjeros para encargarse de la inspección y evaluación de los productos de importación y exportación. Artículo 9 Los productos de importación y exportación o los artículos de inspección que estén estipulados por leyes y reglamentos administrativos para ser inspeccionados por otros organismos de inspección se manejarán de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes. Artículo 10 El departamento nacional de inspección de productos básicos y las agencias de inspección de productos básicos recopilarán y proporcionarán información sobre la inspección de productos básicos de importación y exportación de manera oportuna.
El personal del departamento nacional de inspección de productos básicos y las agencias de inspección de productos básicos tienen la obligación de mantener confidenciales los secretos comerciales que conocen al realizar sus tareas de inspección de productos básicos de importación y exportación. Capítulo 2 Inspección de mercancías importadas Artículo 11 El consignatario o su agente de mercancías importadas que deban ser inspeccionadas por la agencia de inspección de mercancías según lo estipulado en esta Ley deberá solicitar la inspección a la agencia de inspección de mercancías en el lugar de la declaración en aduana. Artículo 12 El consignatario o su agente de mercancías importadas que deban ser inspeccionadas por la agencia de inspección de productos según lo estipulado en esta Ley deberá aceptar la inspección de las mercancías importadas por parte de la agencia de inspección de productos en el lugar y dentro del plazo especificado por la inspección de productos. agencia. La agencia de inspección de productos básicos completará la inspección dentro del plazo uniformemente prescrito por el departamento nacional de inspección de productos básicos y emitirá un certificado de inspección. Artículo 13 Si el destinatario de mercancías importadas distintas de las mercancías importadas que deben ser inspeccionadas por la agencia de inspección de productos básicos según lo estipulado en esta Ley determina que la calidad de las mercancías importadas es deficiente o está dañada y requiere un certificado de la agencia de inspección de productos básicos para obtener una compensación, deberá solicitar a la agencia de inspección de productos básicos la inspección y certificación. Artículo 14 Para mercancías importadas importantes y grandes conjuntos completos de equipos, el consignatario realizará inspecciones previas al envío, supervisión de la fabricación o instalación en el país exportador de acuerdo con el contrato de comercio exterior, y las autoridades competentes reforzarán la supervisión cuando sea necesario; La agencia de inspección de productos básicos puede enviar personal para participar. Capítulo 3 Inspección de productos de exportación Artículo 15 El consignador o su agente de los productos de exportación que deben ser inspeccionados por la agencia de inspección de productos según lo estipulado en esta Ley solicitará a la agencia de inspección de productos la inspección en el lugar y dentro del plazo especificado por la agencia de inspección de productos básicos. La agencia de inspección de productos básicos completará la inspección dentro del plazo uniformemente prescrito por el departamento nacional de inspección de productos básicos y emitirá un certificado de inspección. Artículo 16 Los productos de exportación que hayan pasado la inspección por parte de la agencia de inspección de productos y hayan recibido un certificado de inspección se declararán para exportación dentro del plazo especificado por la agencia de inspección de productos; si se excede el plazo, se presentará una nueva solicitud de inspección; hacerse. Artículo 17 Las empresas que producen contenedores para mercancías peligrosas para exportación deben solicitar a la agencia de inspección de productos básicos una evaluación del rendimiento de los contenedores. Las empresas que producen mercancías peligrosas para la exportación deben solicitar a la agencia de inspección de productos básicos la identificación de los contenedores de embalaje. No se permite la exportación de mercancías peligrosas que utilicen contenedores de embalaje no calificados. Artículo 18 Para las cabinas y contenedores que transporten alimentos perecederos para exportación, el transportista o unidad de embalaje deberá solicitar inspección antes de la carga. No se realizará ningún envío sin inspección. Capítulo 4 Supervisión y Gestión Artículo 19 Las agencias de inspección de productos básicos realizarán inspecciones aleatorias de los productos de importación y exportación distintos de aquellos que deben ser inspeccionados por las agencias de inspección de productos básicos según lo estipulado por el Estado.
La Administración Estatal de Inspección de Productos Básicos puede anunciar los resultados de las inspecciones aleatorias o notificar a los departamentos pertinentes sobre las inspecciones aleatorias. Artículo 20 Con el fin de promover el comercio exterior, las agencias de inspección de productos básicos podrán realizar supervisión de calidad, gestión e inspección de los productos de exportación enumerados en el catálogo antes de salir de la fábrica de acuerdo con las regulaciones nacionales.