Los significados específicos de prueba, contrainterrogatorio y debate, así como el orden y conexión entre ellos.
Contenidos
Primero, reglas procesales de la prueba
Segundo, métodos y reglas de la prueba
En tercer lugar, el plazo para la prueba
Primero, las reglas procesales de la prueba
(1) Concepto y características de la prueba
Existen muchas teorías sobre el testimonio . Una visión es que la producción de prueba en un proceso penal se refiere a las actividades en las que el demandante (fiscalía) y el defensor aportan pruebas al tribunal para probar los hechos del caso que alegan. [1] El segundo punto de vista es que la presentación de prueba en el tribunal se refiere a las actuaciones y actividades en las que el fiscal presenta pruebas para probar la culpabilidad del imputado y la gravedad o gravedad del delito durante el proceso de investigación del ministerio público. [2] El tercer punto de vista es que testificar ante el tribunal se refiere al trabajo del fiscal de presentar, leer y reproducir materiales de apoyo relevantes ante el tribunal para probar los hechos criminales imputados en la acusación. Es la premisa y. base para considerar penalmente responsable al acusado. [3] El cuarto punto de vista es que testificar ante el tribunal significa que el fiscal presenta y muestra pruebas ante el tribunal sobre las circunstancias del delito del que se acusa al acusado. [4] También existe la opinión de que testificar en los procedimientos judiciales incluye interrogar al acusado, interrogar a la víctima, a los testigos y a los tasadores, leer los testimonios de los testigos que no están presentes en el tribunal, las declaraciones de la víctima y las conclusiones de la tasación de los tasadores. , presentando evidencia física relevante y reproduciendo materiales audiovisuales. También existe la opinión de que testificar ante el tribunal no incluye el interrogatorio judicial. [5] La razón por la que estas opiniones no han llegado a un consenso es que en realidad existen diferencias en el tema de la prueba, el objeto de la prueba, la relación entre la prueba y la carga de la prueba, la diferencia entre la prueba y el contrainterrogatorio, y la relación entre la prueba y las afirmaciones fácticas. Primero explicamos estas cuestiones y luego damos el concepto de prueba.
(1) Prueba y afirmación fáctica. Existe una estrecha relación entre las pruebas y las proposiciones fácticas. Por un lado, según el principio de "quien afirma, quien prueba", la afirmación fáctica es la premisa y base de la prueba. Sin afirmaciones fácticas, no hay pruebas. La afirmación fáctica inicia el proceso de certificación. Por otro lado, el propósito de proporcionar pruebas es respaldar las afirmaciones fácticas de uno. Si no se pueden proporcionar pruebas o éstas son insuficientes, el tribunal no reconocerá ni respaldará las afirmaciones fácticas de una persona. Se puede ver que sin el derecho a reclamar hechos, no hay pruebas. Sin pruebas, el derecho a reclamar hechos es como agua sin fuente y no es válido. Por supuesto, las afirmaciones fácticas no necesariamente inician el proceso de certificación, es decir, la prueba no es un resultado inevitable de las afirmaciones fácticas y puede haber situaciones en las que las afirmaciones fácticas se realicen sin pruebas.
(2) Prueba y carga de la prueba. La prueba no es lo mismo que la carga de la prueba. La carga de la prueba en los procesos penales es la carga que recae tanto sobre la acusación como sobre la defensa de proporcionar pruebas al tribunal durante el juicio para probar los hechos del caso que alegan. El concepto de carga de la prueba incluye tres significados: primero, la carga de proporcionar evidencia de los hechos, también conocida como carga de la prueba conductual; segundo, la carga de probar afirmaciones fácticas con evidencia suficiente, también conocida como la carga de la prueba persuasiva; en tercer lugar, cuando no se pueden aportar pruebas suficientes y no es posible determinar los hechos del caso, la responsabilidad por las consecuencias adversas también se denomina responsabilidad de prueba de los resultados. [6] Se puede observar que la prueba es sólo el contenido de la carga de la prueba para acreditar la responsabilidad por la conducta. La carga de la prueba generalmente conduce al acto de la prueba, pero la existencia de la carga de la prueba no es necesariamente un requisito previo para la prueba. Por ejemplo, el acusado no soporta la carga de la prueba, pero tiene derecho a hacerlo en el juicio. Aquí la prueba no es una responsabilidad, sino un derecho. Este derecho de prueba se fundamenta en el derecho de defensa y es el contenido natural del derecho de defensa.
(3) Sujeto de la prueba. El llamado sujeto de prueba se refiere a quién entre los participantes en el litigio tiene derecho a declarar en el juicio. En el concepto de prueba anterior, existe desacuerdo sobre el tema de la prueba. Algunas personas dicen que es sólo el fiscal, mientras que otras piensan que incluye tanto a la acusación como a la defensa. Creemos que los principales cuerpos de prueba incluyen: Primero, el ministerio público. Sobre este punto no hay discusión, porque el fiscal soporta la carga de la prueba y, por supuesto, es el sujeto de la prueba. El segundo es el imputado, su defensor y representante legal. La opinión de que el sujeto de la prueba es únicamente el fiscal confunde la carga de la prueba y la carga de la prueba. Este punto de vista sostiene que sólo la acusación soporta la carga de la prueba y, naturalmente, sólo la acusación es el sujeto de la prueba. Como se mencionó anteriormente, la carga de la prueba no es un requisito previo necesario para la prueba. Usted tiene derecho a probar sin la carga de la prueba. Además, el demandado no está completamente libre de la carga de la prueba. Los círculos académicos generalmente creen que cuando la carga de la prueba se transfiere o se invierte, el acusado también soporta la carga de la prueba. En este caso, la defensa es, por supuesto, objeto de prueba. De hecho, la defensa es el principal cuerpo de prueba, que no sólo tiene fundamento teórico, sino también fundamento jurídico. El artículo 157 de la Ley de Procedimiento Penal de mi país estipula: “Los fiscales y defensores presentarán al tribunal pruebas físicas para su identificación por las partes, las transcripciones testimoniales de los testigos que no estén presentes en el tribunal, las conclusiones de la tasación de los tasadores, las transcripciones de las inspecciones y otros documentos. servirán como prueba y serán leídos en el tribunal.” El artículo 159 establece: “Durante la audiencia judicial, las partes, los defensores y los agentes ad litem tienen derecho a solicitar la notificación de nuevos testigos para que comparezcan ante el tribunal, obtener nuevas pruebas físicas, y solicitar reidentificación o inspección." El tercero son los fiscales privados criminales y sus agentes. En los procesos penales privados, el fiscal particular afirma que el acusado cometió un delito contra él y debe soportar la carga de la prueba. Por supuesto, el fiscal privado también es objeto de prueba. El cuarto es la víctima y su agente. La víctima pertenece a la acusación y la Ley de Procedimiento Penal revisada la ha elevado a la categoría de parte. Como parte, la Ley de Procedimiento Penal de mi país estipula que durante la audiencia judicial, la parte tiene derecho a solicitar la notificación de nuevos testigos para comparecer ante el tribunal y obtener nuevas pruebas físicas. Además, la víctima es una persona que ha sido perjudicada directamente por un acto delictivo y tiene sus propios argumentos fácticos. Naturalmente, tiene derecho a presentar pruebas que respalden sus argumentos.
Por supuesto, esto no significa que la carga de la prueba recaiga en la víctima. Sin embargo, otorgar a las víctimas el derecho a declarar ante los tribunales también causará algunos problemas. Porque esto convierte las pruebas de la acusación y la defensa en pruebas tripartitas y múltiples pruebas, lo que provocará confusión en el tribunal, especialmente cuando la víctima y el fiscal no estén de acuerdo. Creemos que, en circunstancias normales, las pruebas en poder de la víctima deben ser entregadas al fiscal, quien debe aportarlas de manera unificada. Sólo si la víctima cree que se deben presentar pruebas ante el tribunal pero el fiscal no lo hace, la víctima podrá comparecer ante el tribunal para declarar en persona. De esta manera, se protegen los derechos e intereses legítimos de la víctima y se garantiza el desarrollo ordenado del proceso de producción de pruebas.
Además, ¿tiene el juez derecho a declarar? Antes de la revisión de la Ley de Procedimiento Penal, los juicios en los tribunales penales de mi país adoptaban el sistema de autoridad, y los jueces también eran responsables de combatir y castigar los delitos y responsabilizar a los delincuentes por sus delitos. En el tribunal, las pruebas las presenta el juez sin importar quién las recopile, incluido el propio juez. El juez es el único sujeto de prueba. Tras la revisión de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los juicios penales en nuestro país adoptan básicamente un estilo contradictorio. Las pruebas deben ser presentadas ante el tribunal tanto por la parte fiscal como por la defensa, siendo el juez el protagonista. Aunque el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Penal de mi país estipula: "Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública tienen derecho a recopilar y obtener pruebas de las unidades y personas pertinentes. Las unidades y personas pertinentes deberán presentar pruebas veraces". "Los jueces, fiscales e investigadores deben seguir los procedimientos legales para recopilar diversas pruebas que puedan probar la culpabilidad o inocencia de los sospechosos y acusados, así como la gravedad del delito. Sin embargo, el Tribunal Popular recopila y recopila pruebas principalmente para verificar la verdad". acusación y defensa. Las pruebas aportadas por ambas partes garantizan la corrección de la sentencia, no para su presentación ante el tribunal [7]. Por tanto, en un juicio de acusación-defensa, el juez no es objeto de prueba.
(4) El objeto de la prueba. El objeto de la prueba es el objeto señalado por el sujeto de la prueba. En términos generales, cualquier prueba reunida tanto por la acusación como por la defensa puede presentarse ante el tribunal. Sin embargo, el propósito tanto de la acusación como de la defensa es respaldar sus afirmaciones fácticas, es decir, que el tribunal acepte sus afirmaciones fácticas, por lo que las pruebas que presenten ante el tribunal deben ser limitadas. Primero debe haber pruebas legales. La Ley de Procedimiento Penal de nuestro país tiene normas estrictas sobre la forma de la prueba, a saber, prueba física, prueba documental, testimonio de testigos, declaración de la víctima, declaración y defensa del sospechoso y acusado, conclusión de la tasación, transcripciones de inspección y inspección, y materiales audiovisuales. Si las pruebas presentadas no entran en estas siete categorías, el tribunal no las admitirá. En segundo lugar, debe ser objetivo y pertinente. Si no existe objetivamente o no está relacionado con los hechos del caso penal, no tendrá sentido presentarlo ante el tribunal. Además, para el defensor, la prueba presentada ante el tribunal debe ser favorable al demandado. El defensor es un defensor especial de los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados de delitos, y desempeña una función de defensa, no de acusación. Por lo tanto, las pruebas que presenten ante el tribunal deben ser diversas pruebas de que el acusado es inocente, el delito es menor o el acusado debe ser indulgente, mitigado o exento de castigo, de lo contrario frustrará el propósito de su defensa. Además, para el fiscal, lo mejor es que las pruebas presentadas ante el tribunal estén dentro del alcance de la lista de pruebas transferidas al Tribunal Popular antes del juicio. Durante el juicio, si el fiscal presenta pruebas que no están en la lista de pruebas, la defensa puede plantear una objeción, y el tribunal decidirá si puede ser presentada y aplazará la audiencia, lo que provocará una pasividad innecesaria al fiscal y afectará la eficiencia del procedimiento. Nuestro país no implementa un sistema de exhibición de pruebas previas al juicio. En general, existen pocas restricciones para testificar ante los tribunales. Si se implementa el sistema de presentación de pruebas, las pruebas presentadas por la acusación y la defensa durante el juicio deben ser las pruebas que se han presentado a la otra parte antes del juicio.
(5)Exhibición de pruebas y evidencias. La exhibición de pruebas, también conocida como descubrimiento de pruebas, se refiere al sistema en el que tanto la fiscalía como la defensa revelan sus pruebas a la otra parte a través de los medios adecuados antes del juicio en un proceso penal. Desde un punto de vista formal, la prueba es también la presentación de pruebas, y también se realiza entre la acusación y la defensa, pero hay una gran diferencia entre ambas. Primero, el tiempo de visualización es diferente. Las pruebas sólo pueden exhibirse antes del juicio y deben presentarse ante el tribunal; en segundo lugar, los lugares de exhibición son diferentes. Las pruebas pueden presentarse en la fiscalía, el tribunal o en un lugar acordado por ambas partes. Sólo pueden presentarse en el tribunal donde se celebra el juicio. En tercer lugar, los objetos mostrados son diferentes. La presentación de prueba se refiere a que la defensa y las partes de la defensa se muestren entre sí, mientras que la prueba se refiere a mostrarla al tribunal, es decir, a la otra parte, observadores y jueces. Por supuesto, esto corresponde principalmente al juez verlo. Cuarto, el propósito de la exposición es diferente. El propósito de presentar pruebas es hacerle saber a la otra parte las pruebas que tiene, y el propósito de presentar pruebas es convencer al juez y a la otra parte de que sus afirmaciones son correctas y verdaderas. Quinto, los valores son diferentes. La producción de evidencia se basa principalmente en la eficiencia, mientras que la prueba se basa en la equidad. Sexto, el contenido mostrado es diferente. En términos generales, las pruebas que se muestran en las pruebas son las que se presentarán en el juicio. Algunos países exigen que la otra parte conozca las pruebas que no se presentan en el juicio. Sin embargo, en un juicio, las pruebas que no pueden presentarse a la otra parte antes del juicio deben presentarse ante el tribunal. En séptimo lugar, los requisitos previos y las obligaciones son diferentes. La presentación de pruebas se basa en la obligación de presentar pruebas, que recae tanto en la acusación como en la defensa; la carga de la prueba generalmente se basa en la obligación de probar, pero esta obligación no es mutua. La defensa generalmente no tiene la carga de la prueba, pero también tiene derecho a hacerlo. En términos generales, las pruebas no pueden presentarse ante el tribunal a menos que se muestren a la otra parte antes del juicio. Por supuesto, la excepción es la exención probatoria.
(6) Prueba y contrainterrogatorio. La prueba y el contrainterrogatorio son contenidos importantes en el sistema de pruebas y son el núcleo de los juicios judiciales.
El contrainterrogatorio penal significa que los litigantes permitidos por la ley examinan la autenticidad, relevancia y legalidad de las pruebas mediante interrogatorio, refutación, confrontación, identificación, exhibición, lectura, explicación, debate, etc., con el fin de establecer o excluir la capacidad probatoria de las pruebas. Actividades de litigio que tienen un fuerte impacto en las decisiones de los jueces. [8] La prueba es el requisito previo para el contrainterrogatorio. Sin pruebas primero, el contrainterrogatorio se convertirá en agua sin fuente y en un árbol sin raíces. El contrainterrogatorio se inicia con la prueba, pero no es particularmente importante. Sólo después de que se hayan aportado las pruebas y si existen dudas sobre las mismas, se inicia el contrainterrogatorio. Por supuesto, el contrainterrogatorio también tiene pruebas, es decir, algunas pruebas se desencadenan mediante el contrainterrogatorio. Según esto, algunas personas creen que "la prueba es un complemento al contrainterrogatorio. Cuando la acusación y la defensa debaten una determinada prueba, tanto lo correcto como lo incorrecto están justificados si la parte que debate o refuta puede presentar más pruebas para fortalecerla". él, se mantendrá derecho. "De hecho, esto muestra que, en circunstancias especiales, la presentación de pruebas es causada por el contrainterrogatorio. Por supuesto, este tipo de contrainterrogatorio también es causado por la presentación de pruebas primero. Además, la forma de prueba es presentar, leer y exhibir, y el método del contrainterrogatorio es cuestionar, refutar y confrontar, identificación y debate. Aunque el método del contrainterrogatorio también existe en declaraciones y lecturas, "en realidad es la intersección de la defensa. y pruebas." "[9] Esa es la prueba en el contrainterrogatorio. El interrogatorio de testigos y tasadores en el juicio pertenece a la categoría de contrainterrogatorio y no pertenece a la prueba.
Con base en lo anterior, Creemos que la prueba penal se refiere al propósito de los participantes en el caso penal de apoyar las actividades de litigio que están legalmente autorizadas a presentar pruebas ante el tribunal y tienen sus propias afirmaciones fácticas. Tiene las siguientes características: (1) Prueba bidireccional. es decir, la presentación de pruebas no es sólo un asunto de la acusación, sino también de la defensa (2) El plazo para presentar pruebas, es decir, las pruebas sólo pueden presentarse en el tribunal, generalmente durante la investigación. y etapas de debate del tribunal. (3) Publicidad de la prueba significa que la prueba sólo puede ser mostrada al tribunal durante el juicio.
(2) Procedimiento de prueba. El orden de las pruebas es la disposición de las pruebas entre el acusado y el acusado que presenta las pruebas primero, incluidas qué pruebas se presentan primero y cuáles se presentan después, incluidas qué pruebas se presentan primero por la acusación y la defensa, y qué pruebas se presentan por separado. por la acusación y la defensa, las pruebas deben presentarse primero y cuáles deben presentarse después si existe la opinión de que "el orden de presentación de las pruebas significa que el fiscal debe prestar atención a la combinación lógica y la disposición general de las pruebas". todo el caso, es decir, diseñar y disponer la presentación de los distintos tipos de prueba. La secuencia da una impresión clara y natural al juez y al público, de manera de lograr el propósito fundamental de explicar al máximo el caso y facilitarlo. el panel colegiado para recolectar pruebas. "[10] Así es como se ve el orden de la prueba desde la perspectiva de la acusación.
Las leyes de nuestro país no estipulan claramente el orden de la prueba en la Ley de Procedimiento Penal. En la práctica, las investigaciones judiciales Generalmente se comienza interrogando al acusado, y el juez o los fiscales suelen pedir al acusado que primero haga una declaración exhaustiva de los hechos del presunto caso. La racionalidad y legalidad de este enfoque son cuestionables si algunos abogados piensan que "algunos simplemente preguntan". acusado describir los hechos del delito o el proceso del delito." , este enfoque en sí mismo no es científico ni está basado en fundamentos, y equivale a permitirle acusarse a sí mismo de haber cometido un delito. "[11] Algunos fiscales no estuvieron de acuerdo con esto: "A menudo interrogamos primero al acusado y, por supuesto, este es el primer paso. Algunos acusados se declaran culpables y es más fácil tratar con ellos. Él puede explicar el proceso a todos. Algunos lo niegan, haciendo que el público presente no entienda, porque dijo que no lo hizo, o se defendió plausiblemente, por lo que el público de abajo se confunde... ¿Puede la investigación comenzar interrogando al acusado, y puede el fiscal primero? ¿Sacar la evidencia? ¿La evidencia relevante es que usted primero mató a alguien en un mes determinado, y luego presentó esta evidencia, y luego el testigo lo acusó de ser el acusado que lo hizo? "[12] Por supuesto, también hay opiniones que lo apoyan. Por ejemplo, "La investigación del juicio no comienza necesariamente con el interrogatorio del acusado, pero el objetivo principal del interrogatorio en este momento debe ser verificar la identidad, edad y edad del acusado. actitud hacia el delito que se le imputa, en lugar de probar sustancialmente los hechos del caso. Por supuesto, si, basándose en las circunstancias específicas del caso, las pruebas de la fiscalía son realmente adecuadas para comenzar con la confesión del acusado, eso también es aceptable. Sin embargo, no deberíamos exigir de manera uniforme que todas las pruebas en un caso penal comiencen con el interrogatorio del acusado. "[13] Creemos que en la práctica judicial la investigación procesal comienza con el interrogatorio del imputado, porque el juzgamiento de las causas penales en nuestro país todavía se basa en la "investigación procesal" de la autoridad, es decir, el juez es el centro. de examinar las pruebas, para que el juez comparezca ante el tribunal. El orden de las pruebas no se ordena desde la perspectiva de las partes, sino que se diseña desde la perspectiva del juez que revisa activamente las pruebas. Esta situación no cambió inmediatamente con la profundización de la reforma. de los métodos de juicio, trate de mantener un papel neutral, tome la iniciativa de escuchar en lugar de tomar la iniciativa de recopilar pruebas y deje que las partes presenten sus propias pruebas. En el modelo de juicio acusatorio, creemos que si el acusado se declara culpable, el acusado. La prueba puede comenzar con el interrogatorio del acusado, pero si el acusado no se declara culpable, no es apropiado comenzar con el interrogatorio. Esto se debe a que la confesión o defensa del acusado es una de las siete pruebas legales. o las pruebas de la defensa se presentan primero al tribunal para respaldar sus propios hechos. Como acusación, el propósito del fiscal es demostrar que el acusado es culpable, pero si el acusado se declara inocente, la investigación del juicio comienza con el interrogatorio. acusado, y las pruebas presentadas por el fiscal son pruebas contrarias a sus propios hechos. El fiscal presenta pruebas contra sí mismo, lo que obviamente viola las reglas del juicio. Sin embargo, si el acusado se declara culpable y el juicio comienza con el fiscal interrogando al acusado. , entonces la confesión del acusado puede ser un buen apoyo para la afirmación del fiscal.
Por lo tanto, a juzgar por las reglas generales de aplicación de pruebas, la confesión del acusado es prueba de la acusación y debe ser presentada por la fiscalía, mientras que la defensa del acusado es prueba de defensa y debe ser presentada por el defensor.
(3) Principios básicos para la determinación del orden de la prueba.
(1) El principio de que la acusación presenta las pruebas primero. El principio de que la fiscalía presente pruebas primero es que la parte acusadora presente pruebas primero y luego la defensa presente pruebas después de la primera ronda de presentación de pruebas. Si ambas partes aún tienen pruebas de refutación, pueden pasar a la segunda y tercera rondas de presentación de pruebas; presentando prueba en el orden de acusación primero y luego de defensa. El hecho de que la fiscalía presente pruebas primero no significa que tenga prioridad o privilegios, sino que se basa en las responsabilidades de la fiscalía y la relación entre la fiscalía y la defensa. Los órganos de la fiscalía desempeñan la función de denuncia y están en una posición de procesamiento proactivo. Su comportamiento provocará la pérdida de intereses del sospechoso y acusado de un delito, incluida la propiedad, la libertad, la dignidad personal e incluso la vida. La fiscalía planteó el hecho de que el acusado había cometido un acto delictivo, lo que lo situaba directamente en desventaja jurídica. Por lo tanto, el fiscal debe presentar pruebas al tribunal con antelación para probar sus afirmaciones fácticas. Si el fiscal no puede presentar pruebas, la defensa no tendrá necesidad de presentarlas y el tribunal no respaldará las alegaciones fácticas de la fiscalía. En realidad, la defensa se encuentra en una posición pasiva. Sin acusación no hay defensa. Sin embargo, la prueba de la defensa se basa en el ejercicio del derecho de defensa. Si el fiscal no procesa ni aporta pruebas, no habrá requisitos ni condiciones para que la defensa aporte pruebas. Por lo tanto, la fiscalía presenta primero pruebas, esencialmente para proteger al acusado, por no decir que la fiscalía tiene prioridad. En segundo lugar, la primera presentación de prueba por parte del fiscal también cumple con el principio de “quien la alega deberá declarar”. La fiscalía presenta primero sus afirmaciones fácticas al tribunal y, naturalmente, primero debe soportar la carga de la prueba para probar sus afirmaciones fácticas. Quien haga el reclamo primero, dará evidencia primero. Además, es beneficioso para la defensa presentar pruebas primero para la acusación. Las pruebas de la defensa dependen de la acusación. Dado que la defensa no intenta probar nada por sí sola, sino refutar la acusación, los argumentos de la defensa deben dirigirse a las afirmaciones fácticas de la fiscalía y no pueden desviarse de ellas. En este caso, el atajo para refutar las afirmaciones fácticas de la fiscalía es refutar las pruebas de la fiscalía. Por lo tanto, la primera presentación de pruebas por parte de la fiscalía hace que las pruebas de la defensa sean más específicas y hace que los contrainterrogatorios posteriores sean verdaderamente confrontativos.
(2) Principio de eficiencia. El principio de eficiencia requiere que tanto la acusación como la defensa adopten métodos adecuados al determinar el orden de las pruebas para lograr el mejor efecto de prueba en el menor tiempo. Prestar atención a la eficiencia no significa que cuanto menos tiempo se tarde en producir evidencia, mejor, sino que el propósito de producir evidencia debe lograrse en poco tiempo. Los métodos de prueba apropiados no solo pueden lograr el propósito de la prueba, sino también implementar bien el principio de eficiencia. De esta manera, la fiscalía debe prestar atención a la estrategia de producción de pruebas, qué pruebas deben presentarse primero, cuáles deben presentarse después y en qué forma debe presentarse cada tipo de prueba. Para la defensa, es necesario disponer el orden y método de presentación de las pruebas de cargo.
(3)Principio de equidad. El principio de equidad es que tanto la acusación como la defensa deben presentar pruebas por igual. Lo principal es que al presentar pruebas, el juez debe tratar por igual tanto a la acusación como a la defensa. El juez no puede privar a la defensa de su derecho a presentar pruebas, ni puede detener o interrumpir arbitrariamente la presentación de pruebas por parte de la defensa. En cuanto al método y objeto de la prueba, si no existe una conducta ilícita o inadecuada, el juez no puede interferir demasiado. El estatus de la acusación y la defensa en el tribunal es igual y no hay duda de quién es superior o mayor que el otro. Como fiscal de la acusación, él, como supervisor legal, no puede acusar ni impedir que la defensa presente pruebas. Si cree que la evidencia de la defensa es ilegal o irrazonable, solo puede presentarla ante el tribunal. La implementación del principio de equidad tiene una gran importancia práctica en China.
(4) Varias órdenes de prueba comunes
Porque la fiscalía soporta la carga de la prueba y tiene que presentar una gran cantidad de pruebas ante el tribunal, y la prueba de la defensa es refutar la acusación, por lo que las pruebas de la defensa se basarán en las pruebas de la acusación y se organizarán de acuerdo con las pruebas de la acusación. De esta manera, el orden de las pruebas presentadas por la defensa es aleatorio y la fiscalía debe organizar y determinar cuidadosamente el orden de las pruebas presentadas antes del juicio. Por lo tanto, el siguiente orden común de prueba es principalmente para la acusación.
(1) Proporcionar pruebas en el orden de los acontecimientos. La ejecución de un hecho delictivo generalmente requiere de un proceso en el que se realizan varios actos y acciones uno tras otro, de manera que las pruebas puedan presentarse en orden cronológico, es decir, en el orden en que ocurrieron los hechos. Este orden de evidencia es aplicable principalmente a dos tipos de casos: primero, la conducta criminal consiste en una serie de actividades específicas con una secuencia temporal relativamente independiente, que generalmente incluye la conducta preparatoria, la conducta de implementación y el hecho de que ocurrió el resultado, etc. , como comprar explosivos, fabricar artefactos explosivos, instalar explosivos y realizar explosiones. La ocurrencia de explosiones da lugar a casos de explosión. El fiscal puede presentar pruebas en el orden de estas actividades o hechos. El segundo es un caso similar donde se castigan varios delitos simultáneamente. El acusado está acusado de muchos delitos similares, como hurto y robo, y el fiscal puede presentar pruebas basándose en el orden de los delitos. Para varios tipos diferentes de delitos, las pruebas también se pueden presentar en orden cronológico si no hay una necesidad especial. Si al imputado se le imputan varios delitos del mismo tipo, pero con varios delitos diferentes a intervalos, como por ejemplo el delito de hurto primero, el delito de hurto con medio mes de diferencia, y el delito de hurto con medio mes de diferencia, en este En el caso, el fiscal puede primero Para el mismo tipo de delito, las pruebas deben presentarse en orden cronológico, y para diferentes tipos de delitos, las pruebas deben presentarse en orden cronológico. La ventaja de este orden de prueba es que puede mostrar claramente al tribunal el contexto de ocurrencia y desarrollo del delito, lo que está en línea con las reglas cognitivas de las personas. La desventaja es que este orden de prueba no es adecuado para algunos casos repentinos y casos en los que el proceso penal es extremadamente corto y la secuencia temporal entre los actos no es obvia. Además, este orden de prueba dificulta resaltar los puntos clave. En la práctica, también existen disposiciones secuenciales de pruebas en tiempo inverso y pruebas cruzadas. Producir pruebas en orden inverso significa presentar pruebas de atrás hacia adelante en el orden cronológico de los acontecimientos, es decir, presentar pruebas del resultado del delito primero y luego presentar pruebas de la conducta delictiva.
Dado que la evidencia posterior es relativamente cercana a nosotros, ayuda a resaltar puntos clave y comprender la psicología de las personas. Su desventaja es que si no está bien organizado, fácilmente puede generar confusión. Las pruebas cruzadas se refieren al orden general y al orden cronológico. Específicamente, cada conjunto de pruebas se puede proporcionar en orden inverso según las circunstancias del caso. La ventaja de este método es que es flexible, pero la prueba cruzada solo se puede aplicar cuando sea necesario; de lo contrario, afectará fácilmente el efecto de prueba general.
(2) Proporcionar prueba basada en la importancia de los elementos fácticos del caso. Cada caso se compone de una serie de elementos fácticos, cada uno de los cuales tiene una importancia diferente en el caso. Algunos son hechos constitutivos, otros son hechos no constitutivos, algunos elementos fácticos indican quién es el autor, algunos elementos fácticos indican qué delito ha cometido el acusado y algunos elementos fácticos indican la actitud del acusado después de cometer el delito. El fiscal puede ordenar el orden de las pruebas según la naturaleza y el estado de cada elemento de hecho del caso. Generalmente hay dos situaciones en este orden de prueba: la primera es el orden de prueba de adentro hacia afuera, es decir, los hechos centrales del caso se dan primero y luego los hechos periféricos del caso; El orden de la prueba es "de afuera hacia adentro", es decir, primero los hechos externos del caso y luego los hechos centrales del caso. [14] En la práctica, el primer orden de prueba es común. Este orden de evidencia contribuye a resaltar puntos clave y distinguir contradicciones primarias y secundarias, y es adecuado para casos con circunstancias y pruebas complejas.
(3) Dar prueba basada en la relación causal entre elementos fácticos. En algunos casos, existe una relación causal clara entre los hechos del caso, como los hechos conductuales y los hechos resultantes, o los hechos conductuales y los hechos conductuales. Esto permite que la prueba se base en relaciones causales entre elementos fácticos. Se puede dividir en dos situaciones: una es el orden de prueba de las consecuencias, es decir, las razones del caso se dan primero y luego los resultados del caso, la segunda es el orden de prueba después de las razones; es decir, primero se dan los resultados del caso y luego se dan los resultados del caso. Por ejemplo, en casos de implicación causal, este orden de prueba puede utilizarse para probar acciones y resultados. Este orden de prueba es útil para captar la relación entre los hechos del caso.
(4) Evidencia que demuestre el estatus primario y secundario de * * * y del demandado en este caso. * * *En una misma causa penal existen generalmente delincuentes principales y cómplices, así como autores, cómplices, encubridores y delincuentes organizados. A este respecto, generalmente existen dos órdenes de prueba: uno es el orden de prueba posterior al infractor principal. Dado que el delincuente principal desempeña un papel importante en un delito conjunto, generalmente es el planificador, organizador y autor poderoso del delito. Proporcionar pruebas del delito que cometió primero ayudará a comprender completamente el caso. El segundo es el orden de prueba de que primero se cometió el delito y luego no se cometió. El autor es el autor del delito y su comportamiento refleja la naturaleza de todo el delito. Dar pruebas primero al no culpable ayudará a comprender la naturaleza de todo el caso. Además, si el autor principal no se reconoce culpable, la prueba también puede partir del cómplice. Este método también se llama prueba de transposición. De esta forma, primero es fácil y luego difícil, que es adoptar la estrategia de flanquear y aprovechar el peligro ajeno. En primer lugar, se interrogó a los cómplices, se recogieron pruebas y se despejaron las zonas circundantes. Una vez que los hechos delictivos son confirmados por el tribunal colegiado, se concentra al principal culpable, lo que favorece el buen desarrollo de las pruebas.
(5) Determinar el orden de la prueba según el orden de condena y sentencia. Es decir, las pruebas de culpabilidad y delitos relativamente graves se presentan primero para exponer el daño social del delito y el peligro personal del acusado, a fin de facilitar la condena del panel colegiado, y luego se presentan las pruebas de sentencia y delitos relativamente menores. presentado para facilitar la sentencia del panel colegiado. Este orden de prueba no conduce a la determinación de los hechos, pero sí al debate judicial.
(6) Determinar el orden de acuerdo con los cargos que figuran en el auto de procesamiento. En términos generales, las pruebas deben presentarse en el orden en que se exponen los hechos delictivos en la acusación. Si los dos son inconsistentes y entrelazados, las pruebas pueden estar dispersas, mezcladas o incluso confusas, lo que resulta en la imposibilidad de determinar los hechos debido a pruebas insuficientes y debilitando la fuerza de la acusación. Este orden de prueba sólo se aplica a los casos en que se sancionan varios delitos al mismo tiempo. Además, este orden de prueba también requiere que los cargos enumerados en la acusación estén en un orden razonable.
(7) Determinar el orden de la prueba con base en la potencia probatoria de la prueba. Primero se deben presentar las pruebas más objetivas, probatorias y no controvertidas. Si las pruebas documentales y las pruebas físicas pueden servir como pruebas directas, deben presentarse primero. Debido a que las pruebas documentales y las pruebas físicas son muy objetivas y auténticas entre los tipos de pruebas, es difícil para el acusado y el defensor tener un fuerte impacto en ellas. y son fácilmente aceptados por el tribunal, allanando el camino para el siguiente paso de presentar pruebas.
(8) El orden de presentación de la prueba se determina en función de si el acusado se declara culpable. Si se declara culpable de un delito con buena actitud, deberá presentar pruebas; si se declara culpable de un delito con mala actitud, deberá presentar pruebas. Esto puede evitar que los reveses en el juicio afecten la prueba de otros delitos, o hagan que el panel colegiado ponga en duda las pruebas, aplace la audiencia, investigue y verifique las pruebas y afecte la conclusión oportuna del caso.
Además, quién decide el orden de la prueba también es un tema controvertido en los círculos teóricos. Algunas personas creen que el orden de las pruebas en los procesos penales debe ser determinado por el juez; otros creen que el orden de las pruebas en los procesos penales debe ser determinado por el fiscal. [15] También existe la opinión de que es responsabilidad de las partes presentar pruebas, y el orden en que se presentan las pruebas debe pertenecer a los derechos de las partes. Si el orden de la prueba es inadecuado y el efecto de la prueba no es bueno, las partes interesadas soportarán las consecuencias adversas del proceso. En los procesos penales, la carga de la prueba recae sobre la fiscalía, por lo que el orden de las pruebas debe ser decidido por el fiscal. Sin embargo, para garantizar la presentación fluida y fluida de las pruebas durante el juicio, el fiscal debe escuchar las opiniones del juez sobre el orden de presentación de las pruebas antes del juicio. Dado que el juez es el juez que preside la investigación del juicio y tiene la responsabilidad de garantizar la imparcialidad y eficiencia del proceso de prueba, el juez puede presentar requisitos de prueba a un nivel macro basado en las circunstancias específicas de cada caso, incluido el orden básico. de evidencia.
Si el juez descubre durante el juicio que el orden de presentación de pruebas de la fiscalía es inadecuado, también puede pedirle que haga los ajustes correspondientes, pero como principio básico, el juez no debe interferir demasiado con las actividades de producción de pruebas de las partes. [16] Creemos que bajo el modelo de juicio acusatorio, el juez es sólo el árbitro intermedio, y la idoneidad del orden de las pruebas está directamente relacionada con el efecto de las pruebas. Esto, naturalmente, es una cuestión tanto para la acusación como para la defensa. y deben ser decididos por ellos. Si el juez decide el orden de presentación de las pruebas, en realidad es el juez quien hace el trabajo tanto de la acusación como de la defensa, lo que no favorece la presentación de pruebas por parte de la acusación y la defensa, y tampoco favorece el juicio del juez. en el centro. Por supuesto, si el orden de las pruebas afecta el juicio normal, como retrasar el tiempo o causar problemas irrazonables, el juez debe detenerlo.
(5) Contenido de la prueba
Existen diferentes puntos de vista sobre el contenido de la prueba en la teoría o en la práctica, pero todos se elaboran en torno al procesamiento. Algunas personas piensan que el alcance de la prueba debería ser la concreción del objeto de la prueba. En términos generales, incluye los siguientes aspectos: En primer lugar, los hechos constitutivos del delito, es decir, los "siete elementos" que se resumen en la práctica judicial: quién (el sujeto del delito), qué motivo y finalidad (el aspecto subjetivo del delito). ), cuándo, dónde, qué medios se utilizaron, qué actos delictivos se cometieron y qué consecuencias perjudiciales se produjeron. En segundo lugar, las razones y hechos que sirven para agravar, agravar o atenuar la pena, atenuarla o eximirla. El tercero es excluir el hecho de que la conducta sea ilegal y punible y la responsabilidad penal del autor. [17] También hay opiniones de que esto se divide en delitos separados y * * * mismo delito. Se cree que "el alcance y contenido de la prueba de un delito separado son generalmente: pruebas para probar la identidad del acusado; pruebas para probar la ocurrencia del acto criminal; pruebas para probar que el acusado cometió el acto criminal; prueba de la tiempo, lugar, trama, proceso, medios y consecuencias de la ejecución del acusado. Pruebas que prueben la motivación y el propósito del acusado; pruebas de que la conducta criminal del acusado ha alcanzado las circunstancias penales legales; otras pruebas que prueben los hechos relacionados con la condena y sentencia del acusado; * * * * La prueba del mismo delito es adicional al alcance y contenido anterior, además deberá incluir: prueba que acredite la colusión entre los imputados; prueba que acredite la división del trabajo y las responsabilidades específicas de cada imputado; el paradero y distribución de los bienes robados.
"[18] También existe la opinión de que el fiscal debe testificar ante el tribunal centrándose en los presuntos hechos y circunstancias delictivos, entre ellos: la identidad del acusado; si los presuntos hechos delictivos existen y si fueron cometidos por el acusado; la tiempo, lugar, método y medios, resultados y actuación del imputado después de cometer el delito, el estatus y responsabilidades respectivos del grupo criminal u otras personas involucradas en el mismo caso penal, si el imputado tiene capacidad para asumir responsabilidades; es intencional o negligente, la motivación y finalidad de su conducta, si no debe ser castigado conforme a la ley al perseguir la responsabilidad penal, si existen circunstancias agravantes o indulgentes, atenuantes o eximentes de pena, etc., que no pueden determinarse; herramientas para cometer delitos,