"Ley de Cooperativas Profesionales de Agricultores de la República Popular China"
Las cooperativas profesionales de agricultores sirven principalmente a sus miembros, brindándoles servicios tales como la compra de materiales de producción agrícola, ventas, procesamiento, transporte, almacenamiento de productos agrícolas, así como tecnología e información relacionada con la producción y las operaciones agrícolas. . Artículo 3 Las cooperativas profesionales de agricultores respetarán los siguientes principios:
Los miembros son principalmente agricultores;
(2) Servir a los miembros con el propósito de buscar los intereses comunes de todos los miembros. ;
(3) Libertad para unirse y retirarse voluntariamente;
(4) Los miembros tienen el mismo estatus e implementan una gestión democrática;
(5) Los excedentes son principalmente basado en la relación entre los miembros y las cooperativas profesionales de agricultores. Se reembolsará la proporción del monto de la transacción (monto). Artículo 4 Las cooperativas profesionales de agricultores se registrarán de conformidad con la presente Ley y obtendrán la condición de persona jurídica.
Las cooperativas profesionales de agricultores tienen derecho a poseer, utilizar y disponer de los aportes de capital de sus miembros, fondos de previsión, subsidios financieros estatales directos, donaciones de terceros y otras propiedades adquiridas de conformidad con la ley, y asumen responsabilidad. para deudas con las propiedades anteriores. Artículo 5 Los miembros de las cooperativas profesionales de agricultores asumirán responsabilidades ante las cooperativas profesionales de agricultores en función de la aportación de capital y la participación en el fondo de previsión registrados en sus cuentas. Artículo 6 El Estado protege los derechos e intereses legítimos de las cooperativas profesionales de agricultores y sus miembros, y ninguna unidad o individuo podrá infringirlos. Artículo 7 Las cooperativas profesionales de agricultores que se dediquen a actividades productivas y comerciales deberán respetar las leyes y los reglamentos administrativos, respetar la ética social y la ética empresarial y ser honestas y dignas de confianza. Artículo 8 El Estado promueve el desarrollo de las cooperativas profesionales de agricultores mediante apoyo financiero, incentivos fiscales, financiación, apoyo científico y tecnológico y orientación en política industrial.
El Estado alienta y apoya a las fuerzas sociales para que proporcionen servicios a las cooperativas profesionales de agricultores. Artículo 9 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior organizarán los departamentos administrativos agrícolas y otros departamentos y organizaciones relevantes para brindar orientación, apoyo y servicios para la construcción y desarrollo de cooperativas profesionales de agricultores de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y sus responsabilidades respectivas. Capítulo 2 Constitución y Registro Artículo 10 Para constituir una cooperativa profesional de agricultores deberán cumplirse las siguientes condiciones:
(1) Tener cinco o más socios que cumplan con lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de esta Ley;
(2) Tener un estatuto que cumpla con las disposiciones de esta Ley;
(3) Tener una estructura organizacional que cumpla con las disposiciones de esta Ley;
(4) Tener una constitución que cumpla con la ley, La residencia especificada por las normas administrativas y determinada por los estatutos de la empresa;
(5) Hay miembros que cumplen con los requisitos de los estatutos asociación. Artículo 11 Para constituir una cooperativa profesional de agricultores se celebrará una reunión fundacional a la que asistirán todos los patrocinadores. Un fundador es una persona que voluntariamente se convierte en miembro de una sociedad cuando ésta se forma.
Establecer una asamblea general de socios para ejercer las siguientes facultades:
(1) Adoptar los estatutos de la cooperativa, aprobados por unanimidad de todos los fundadores;
>(2) Elegir al presidente, directores, supervisores ejecutivos o miembros de la junta de supervisores;
(3) Revisar otros asuntos importantes. Artículo 12 Los estatutos de las cooperativas profesionales de agricultores especificarán las siguientes materias:
(1) Nombre y dirección;
(2) Ámbito de actividad;
(3) ) Adhesión y afiliación, retiro y expulsión;
(4) Derechos y obligaciones de los socios;
(5) Estructura organizativa y su forma de creación, facultades, términos de oficina y reglamento interno;
(6) Métodos y montos de contribución de capital de los miembros;
(7) Gestión financiera, distribución de excedentes y manejo de pérdidas;
(8) Procedimientos de modificación de los estatutos;
(9) Razones de la disolución y método de liquidación;
(10) Asuntos de anuncio y métodos de liberación; (11) Otras materias que es necesario estipular. Artículo 13 Para establecer una cooperativa profesional de agricultores, se deben presentar los siguientes documentos al departamento de administración industrial y comercial para solicitar el registro:
(1) Solicitud de registro;
(2 ) Firmas de todos los patrocinadores Acta sellada de la reunión fundacional;
(3) Estatutos firmados y sellados por todos los patrocinadores;
(4) Certificados y certificados de identidad del representante legal y director de la oficina;
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(5) Lista de inversiones firmada y sellada por el inversionista;
(6) Certificado de uso de residencia;
(7) Otros documentos previstos por las leyes y reglamentos administrativos.
La autoridad de registro deberá completar los trámites y emitir una licencia comercial a los solicitantes que cumplan con las condiciones de registro dentro de los 20 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud de registro.
Si los elementos de registro legal de las cooperativas profesionales de agricultores cambian, deben solicitar el cambio de registro.
Los métodos de registro de las cooperativas profesionales de agricultores serán formulados por el Consejo de Estado. No hay tarifa para registrarse. Capítulo 3 Requisitos para ser miembro Artículo 14 Los ciudadanos con capacidad de conducta civil, así como las empresas, instituciones u organizaciones sociales que se dediquen a actividades productivas y comerciales directamente relacionadas con las actividades de las cooperativas profesionales de agricultores, utilizarán los servicios prestados por las cooperativas profesionales de agricultores para reconocer y cumplir con las cooperativas profesionales de agricultores Puede convertirse en miembro de una cooperativa de agricultores profesionales siguiendo los estatutos de una cooperativa profesional y cumpliendo los procedimientos estipulados en los estatutos. Sin embargo, las unidades con la función de gestionar los asuntos públicos no pueden afiliarse a cooperativas profesionales de agricultores.
Las cooperativas profesionales de agricultores deberán preparar una lista de socios y presentarla a la autoridad de registro para su archivo.