Detalles de la Ley Antidrogas de China
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Capítulo 2 Publicidad y Educación Antidrogas
Capítulo 3 Antidrogas
Capítulo 4 Medidas de Desintoxicación
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Capítulo 5 Cooperación Internacional Antidrogas
Capítulo 6 Responsabilidades Legales
Capítulo 7 Disposiciones Complementarias
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Artículo 1 Esta ley se promulga con el fin de prevenir y sancionar los delitos relacionados con las drogas, proteger la salud física y mental de los ciudadanos y mantener el orden social.
Artículo 2 El término “drogas” tal como se utiliza en esta ley se refiere al opio, la heroína, la metanfetamina (metanfetamina), la morfina, la marihuana, la cocaína y otros estupefacientes y psicotrópicos adictivos especificados por el Estado.
De acuerdo con las necesidades de tratamiento médico, enseñanza e investigación científica, los estupefacientes y psicotrópicos podrán ser producidos, operados, utilizados, almacenados y transportados de conformidad con la ley.
Artículo 3: El control de las drogas es responsabilidad común de toda la sociedad. Los organismos estatales, grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos desempeñarán deberes u obligaciones antidrogas de conformidad con las disposiciones de esta Ley y las leyes pertinentes.
Artículo 4: El trabajo antidrogas sigue los principios de centrarse en la prevención, el manejo integral y la prohibición de especies, tráfico e inhalación simultáneamente.
El trabajo antidrogas está bajo el liderazgo unificado del gobierno, con los departamentos pertinentes asumiendo sus respectivas responsabilidades y una amplia participación pública.
Artículo 5 El Consejo de Estado establecerá la Comisión Nacional de Control de Estupefacientes, que será responsable de organizar, coordinar y orientar el trabajo nacional antidrogas.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior pueden, basándose en las necesidades del trabajo antidrogas, establecer comités antidrogas que sean responsables de organizar, coordinar y guiar el trabajo antidrogas dentro de sus respectivas administraciones. regiones.
Artículo 6 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior incorporarán el trabajo antidrogas en los planes nacionales de desarrollo económico y social e incluirán fondos antidrogas en el presupuesto fiscal al mismo nivel.
Artículo 7 El Estado alienta a la sociedad a realizar donaciones para la lucha contra las drogas y proporciona incentivos fiscales de conformidad con la ley.
Artículo 8 El Estado fomenta la investigación científica y tecnológica sobre el control de drogas y promueve tecnología, equipos y métodos de tratamiento antidrogas avanzados.
Artículo 9 El Estado alienta a los ciudadanos a denunciar los delitos relacionados con las drogas. Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes deben proteger a los denunciantes y elogiar y recompensar a aquellos que han realizado informes meritorios y a las unidades e individuos que han realizado contribuciones sobresalientes al trabajo antidrogas.
Artículo 10: El Estado alienta a los voluntarios a participar en la publicidad antidrogas y en los servicios sociales de educación y rehabilitación de drogas. Los gobiernos populares locales en todos los niveles deben brindar orientación y capacitación a los voluntarios y brindar las condiciones de trabajo necesarias.
Capítulo 2 Publicidad y educación antidrogas
Artículo 11 El Estado adopta diversas formas para llevar a cabo publicidad y educación antidrogas a nivel nacional, popularizar los conocimientos sobre prevención de drogas y mejorar la capacidad antidrogas de los ciudadanos. conciencia sobre las drogas y mejorar la conciencia antidrogas de los ciudadanos. La capacidad de resistir conscientemente a las drogas.
El Estado alienta a los ciudadanos y organizaciones a realizar actividades de publicidad antidrogas de bienestar público.
Artículo 12 Los gobiernos populares de todos los niveles organizarán y llevarán a cabo periódicamente diversas formas de publicidad y educación antidrogas.
Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista y las federaciones de mujeres deben organizar y llevar a cabo publicidad y educación antidrogas en función de las características de sus respectivos objetivos laborales.
Artículo 13: Los departamentos administrativos educativos y las escuelas deben incorporar conocimientos antidrogas en la educación y el contenido de la enseñanza, y realizar publicidad y educación antidrogas entre los estudiantes. Prestarán asistencia los órganos de seguridad pública, los departamentos administrativos judiciales y los departamentos administrativos de salud.
Artículo 14 La prensa, las publicaciones, la cultura, la radio, el cine, la televisión y otras unidades relevantes deben llevar a cabo publicidad y educación antidrogas específicas para la sociedad.
Artículo 15 Los operadores y administradores de lugares públicos como aeropuertos, estaciones de ferrocarril, estaciones de autobuses de larga distancia, muelles, hoteles, lugares de entretenimiento, etc. serán responsables de la publicidad y educación antidrogas en sus lugares, implementar medidas de prevención antidrogas y prevenir la ocurrencia de delitos relacionados con drogas en los lugares.
Artículo 16: Los organismos estatales, grupos sociales, empresas, instituciones y otras organizaciones fortalecerán la publicidad y educación antidrogas de su propio personal.
Artículo 17 Los comités de residentes y los comités de aldeanos ayudarán al gobierno popular, a las agencias de seguridad pública y a otros departamentos a fortalecer la publicidad y la educación antidrogas e implementar medidas de prevención antidrogas.
Artículo 18 Los padres u otros tutores de menores deberán educar a los menores sobre los peligros de las drogas para evitar que consuman o se inyecten drogas o participen en otras actividades ilegales y delictivas.
Artículo 19 El Estado gestionará el cultivo de materias primas para estupefacientes. Está prohibido el cultivo ilícito de adormidera, plantas de coca, plantas de cannabis y otras plantas crudas que puedan utilizarse para la extracción y procesamiento de drogas controladas por el Estado. Está prohibido contrabandear o comercializar, transportar, transportar o poseer ilegalmente semillas o plántulas de plantas medicinales originales no inactivadas.
Los gobiernos populares locales en todos los niveles deben tomar medidas inmediatas para detener y erradicar el cultivo ilegal de materiales técnicos. Los comités de aldeanos y de residentes deben detener y erradicar rápidamente el cultivo ilegal de plantas medicinales originales e informar a los órganos locales de seguridad pública.
Artículo 20: Las empresas designadas por el Estado para plantar plantas originales de estupefacientes deberán plantar plantas originales de estupefacientes de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes.
Los sitios de extracción y procesamiento de estupefacientes determinados por el Estado, las empresas de cultivo de plantas medicinales crudas y los almacenes de almacenamiento de estupefacientes establecidos por el Estado figurarán como objetivos nacionales clave de alerta temprana.
Cualquier persona que ingrese, sin permiso, a los sitios de extracción y procesamiento de las empresas de cultivo de plantas originales para estupefacientes designados por el estado o a los almacenes de almacenamiento de estupefacientes establecidos por el estado y otras áreas de seguridad deberá retirarse inmediatamente. por personal de seguridad; quienes se negaron a irse fue retirado por la fuerza del lugar.
Artículo 21 El Estado implementa la gestión de estupefacientes y psicotrópicos, e implementa sistemas de licencias e inspección para la investigación experimental, producción, operación, uso, almacenamiento y transporte de estupefacientes y psicotrópicos.
El estado implementa un sistema de licencias para la producción, operación, compra y transporte de precursores químicos.
Se prohíbe la producción, venta, transporte, almacenamiento, suministro, tenencia y uso ilegal de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y precursores químicos.
Artículo 22 El Estado implementa un sistema de licencias para la importación y exportación de estupefacientes, psicotrópicos y precursores químicos. Los departamentos pertinentes dependientes del Consejo de Estado, de conformidad con sus responsabilidades prescritas, gestionarán la importación y exportación de estupefacientes, psicotrópicos y precursores químicos de conformidad con la ley. Está prohibido el contrabando de estupefacientes, psicotrópicos y precursores químicos.
Artículo 23 Cuando los estupefacientes, psicofármacos y precursores químicos sean robados, robados, perdidos o de otra manera fluyedos hacia canales ilegales, la unidad criminal tomará inmediatamente las medidas de control necesarias e informará inmediatamente a los órganos de seguridad pública e informará. a las autoridades competentes pertinentes de conformidad con la normativa.
Después de recibir un informe, o si hay evidencia de que estupefacientes, psicotrópicos y precursores químicos pueden fluir hacia canales ilegales, los órganos de seguridad pública llevarán a cabo una investigación oportuna y tomarán las medidas de control necesarias contra las unidades pertinentes. El departamento de supervisión y administración de medicamentos, el departamento de administración de salud y otros departamentos pertinentes cooperarán con el trabajo de los órganos de seguridad pública.
El artículo 24 prohíbe la enseñanza ilegal de métodos de fabricación de estupefacientes, psicotrópicos y precursores químicos. Si los órganos de seguridad pública reciben denuncias o descubren que se enseñan ilegalmente métodos de fabricación de estupefacientes, psicotrópicos y precursores, deberán investigarlos prontamente y tratarlos conforme a la ley.
Artículo 25 Las medidas específicas de gestión de estupefacientes, psicotrópicos y precursores serán formuladas por el Consejo de Estado.
Artículo 26: Los órganos de seguridad pública podrán, con base en las necesidades de la investigación de drogas, investigar a personas, objetos, mercancías, vehículos en zonas fronterizas, arterias de tránsito, puertos, aeropuertos, estaciones, terminales de autobuses de larga distancia. , muelles y otros lugares al realizar inspecciones, los departamentos de aviación civil, ferrocarriles y transporte cooperarán.
Las Aduanas deben fortalecer las inspecciones de personal, artículos, bienes y medios de transporte en los puertos de importación y exportación de acuerdo con la ley para prevenir el contrabando de drogas y precursores químicos.
Las empresas postales deben fortalecer las inspecciones de correos de acuerdo con la ley para prevenir el envío de drogas y el envío ilegal de precursores químicos.
Artículo 27 Los lugares de entretenimiento deben establecer un sistema de inspección Si se descubre alguna actividad ilegal y criminal relacionada con las drogas en el lugar de entretenimiento, se debe informar inmediatamente a los órganos de seguridad pública.
Artículo 28. Las drogas incautadas de conformidad con la ley, las herramientas para fumar o inyectar drogas, las ganancias ilegales derivadas de delitos relacionados con drogas y sus ganancias, así como las herramientas, equipos y fondos propiedad de la persona utilizados directamente para delitos relacionados con drogas serán confiscados y eliminados de conformidad con la ley. regulaciones.
Artículo 29: El departamento administrativo contra el lavado de dinero fortalecerá el control de los fondos sospechosos de delitos de drogas de conformidad con la ley. Cuando los departamentos administrativos contra el lavado de dinero y otros departamentos e instituciones que tienen responsabilidades de supervisión y gestión contra el lavado de dinero de acuerdo con la ley descubran el flujo de fondos sospechosos de delitos relacionados con drogas, deberán informar de inmediato a las autoridades investigadoras y cooperar con la investigación. e investigación de las autoridades investigadoras.
Artículo 30: El Estado establecerá y mejorará un sistema de seguimiento e información antidrogas y llevará a cabo la recopilación, análisis, uso e intercambio de información sobre seguimiento e información antidrogas.
Capítulo 4 Medidas de Rehabilitación de Drogas
Artículo 31: El Estado toma diversas medidas para ayudar a los drogadictos a deshacerse de su adicción a las drogas y educar y salvar a los drogadictos.
Los drogadictos deben recibir tratamiento antidrogas.
Las medidas para identificar la adicción a las drogas son formuladas por el Departamento de Administración de Salud, el Departamento de Administración y Supervisión de Medicamentos y el Departamento de Seguridad Pública del Consejo de Estado.
Artículo 32: Los órganos de seguridad pública podrán realizar las pruebas necesarias a los sospechosos de abuso de drogas, y las personas examinadas cooperarán si se niegan a aceptar las pruebas, los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel o superior; A nivel del condado o la persona a cargo de sus agencias enviadas Con aprobación, las pruebas pueden ser obligatorias.
Los órganos de seguridad pública deberían registrar a los drogadictos.
Artículo 33: Para los drogadictos, los órganos de seguridad pública pueden ordenar que se sometan a un tratamiento comunitario contra las drogas, y al mismo tiempo notificar a la oficina del subdistrito de la ciudad y al gobierno popular del municipio el lugar de residencia del drogadicto. o residencia actual. La duración de la desintoxicación comunitaria es de tres años.
Los drogodependientes deberán recibir tratamiento comunitario contra las drogas en su lugar de residencia; aquellos que tengan una residencia fija en su lugar de residencia actual distinta de su residencia registrada pueden recibir tratamiento comunitario contra las drogas en su lugar de residencia actual.
Artículo 34: Las oficinas de subdistrito de la ciudad y los gobiernos populares de los municipios son responsables del trabajo comunitario de tratamiento de drogas. Las oficinas de los subdistritos de las ciudades y los gobiernos populares de los municipios pueden designar organizaciones de base relevantes para firmar acuerdos comunitarios de tratamiento de drogas con los drogadictos en función de sus circunstancias personales y familiares, e implementar medidas comunitarias específicas de tratamiento de drogas. Los órganos de seguridad pública, la administración judicial, la administración de salud, los asuntos civiles y otros departamentos deben proporcionar orientación y asistencia para el trabajo comunitario de tratamiento de drogas.
Las oficinas de subdistrito de la ciudad, los gobiernos populares de los municipios y los departamentos administrativos laborales de los gobiernos populares a nivel de condado deberían proporcionar la capacitación vocacional necesaria, orientación laboral y asistencia laboral a los drogadictos que están desempleados y carecen de la capacidad de emplear .
Artículo 35: Los drogadictos sometidos a tratamiento comunitario contra drogas deberán cumplir las leyes y reglamentos, cumplir conscientemente los acuerdos comunitarios de tratamiento contra drogas y someterse a pruebas periódicas de acuerdo con los requisitos de los órganos de seguridad pública.
Para el personal de tratamiento de drogas que viola el acuerdo de tratamiento de drogas de la comunidad, el personal que participa en el tratamiento de drogas de la comunidad debe criticarlos y educarlos sobre aquellos que violan gravemente el acuerdo de tratamiento de drogas de la comunidad o toman o se inyectan drogas durante el tratamiento de drogas de la comunidad; , deben informar de inmediato al informe de la Agencia de Seguridad Pública.
Artículo 36 El personal de desintoxicación de drogas podrá recibir tratamiento de desintoxicación de drogas en instituciones médicas con calificaciones para el tratamiento de desintoxicación de drogas.
El establecimiento de una institución médica de tratamiento de drogas o una institución médica dedicada al negocio de tratamiento de drogas deberá cumplir con las condiciones especificadas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado e informar al departamento administrativo de salud del gobierno popular. de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para su aprobación, y reportar al órgano de seguridad pública del mismo nivel para su registro. El tratamiento de desintoxicación de drogas deberá cumplir con las normas de tratamiento de desintoxicación de drogas formuladas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado y estará sujeto a supervisión e inspección por parte del departamento administrativo de salud.
La rehabilitación de drogas no debe tener fines lucrativos. No se permite la publicidad de medicamentos, productos sanitarios y tratamientos. Los precios del tratamiento de drogas se aplican de conformidad con las normas de cobro formuladas por el departamento de precios del gobierno popular de la provincia, región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central en colaboración con el departamento administrativo de salud.
Artículo 37 Las instituciones médicas podrán, en función de las necesidades del tratamiento de drogas, realizar exámenes físicos a los drogadictos que reciben tratamiento y los artículos que transportan, si existe peligro personal durante el tratamiento, se podrán tomar las medidas necesarias; Restricción protectora temporal.
Si una institución médica descubre que un drogadicto que recibe tratamiento por drogas está consumiendo o inyectándose drogas durante el tratamiento, debe informarlo oportunamente a la agencia de seguridad pública.
Artículo 38: Si los drogadictos se encuentran en cualquiera de las siguientes circunstancias, los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel distrital o superior tomarán una decisión sobre el tratamiento obligatorio aislado de drogas:
(1) Aquellos que se niegan a aceptar el tratamiento de drogas de la comunidad;
(2) Tomar o inyectarse drogas durante el tratamiento de drogas de la comunidad;
(3) Violar gravemente el acuerdo de tratamiento de drogas de la comunidad ;
(4) Después del tratamiento de drogas comunitario, aquellos que toman o se inyectan drogas nuevamente después de la desintoxicación o el aislamiento y desintoxicación forzados.
Para aquellos que son gravemente adictos a las drogas y son difíciles de desintoxicar mediante la desintoxicación comunitaria, los órganos de seguridad pública pueden tomar directamente una decisión sobre el aislamiento obligatorio y la desintoxicación.
El personal de desintoxicación de drogas que se someta voluntariamente a aislamiento y desintoxicación obligatorios podrá ingresar en instalaciones de aislamiento y desintoxicación obligatorias con el consentimiento de los órganos de seguridad pública.
Artículo 39 Si la mujer que está embarazada o amamanta a un bebé menor de un año es adicta a las drogas, no le corresponde el aislamiento obligatorio ni la desintoxicación de drogas. Los menores de 16 años que sean adictos a las drogas no serán obligados a someterse a rehabilitación de drogas en aislamiento.
Para los drogadictos que no hayan implementado el aislamiento y la desintoxicación obligatorios de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, la desintoxicación comunitaria se implementará de acuerdo con lo establecido en esta ley por las oficinas subdistritales de la ciudad y el municipio. Los gobiernos populares responsables de la desintoxicación comunitaria fortalecerán la educación y la supervisión, y supervisarán la implementación de las medidas de desintoxicación comunitaria.
Artículo 40: Si el órgano de seguridad pública decide someter a los toxicómanos a aislamiento obligatorio y desintoxicación, deberá preparar una decisión sobre aislamiento obligatorio y desintoxicación, entregarla a la persona sujeta a la decisión antes del aislamiento obligatorio. y desintoxicación, y notificar a la persona dentro de las 24 horas posteriores al parto a los familiares, la unidad y la comisaría de policía local de la persona sujeta a la decisión, si quien toma la decisión no revela su verdadero nombre y dirección y se desconoce su identidad; El órgano de seguridad pública le notificará una vez que haya conocido su identidad.
Si la persona sujeta a la decisión no está satisfecha con la decisión del órgano de seguridad pública sobre el aislamiento obligatorio y la desintoxicación, podrá solicitar una reconsideración administrativa o interponer una demanda administrativa de conformidad con la ley.
Artículo 41: Las personas que se decida someterse a aislamiento obligatorio para tratamiento de drogas, serán enviadas a aislamiento obligatorio para tratamiento de drogas por el órgano de seguridad pública que tomó la decisión.
El establecimiento, el sistema de gestión y la garantía de financiación de los centros de rehabilitación de drogadictos en aislamiento obligatorio serán estipulados por el Consejo de Estado.
Artículo 42: Los drogadictos que ingresen a un centro de tratamiento de drogas en aislamiento obligatorio serán sometidos a inspección de sus cuerpos y pertenencias.
Artículo 43 Los centros de rehabilitación de drogas de aislamiento obligatorio proporcionarán a los drogadictos un tratamiento fisiológico y psicológico específico y capacitación en rehabilitación física en función de los tipos de drogas que fuman e inyectan y el grado de adicción.
En función de las necesidades del tratamiento de drogas, los centros de tratamiento de drogas de aislamiento obligatorio pueden organizar a los drogadictos para que participen en el trabajo de producción necesario y brindar capacitación vocacional a los drogadictos. Si los drogadictos se organizan para participar en el trabajo de producción, se les pagará una remuneración laboral.
Artículo 44 Los centros de rehabilitación de drogodependientes con aislamiento obligatorio implementarán una gestión individualizada de los drogodependientes en función de su sexo, edad, enfermedad y otras condiciones.
Los centros de rehabilitación de drogas de aislamiento obligatorio brindarán la atención y el tratamiento necesarios a los drogadictos con discapacidades o enfermedades graves; para los drogadictos que padezcan enfermedades infecciosas, se tomarán las medidas necesarias de aislamiento y tratamiento de conformidad con la ley; drogadictos que pueden sufrir autolesiones, autolesiones y otros drogadictos. , se pueden tomar las medidas protectoras correspondientes.
Los directivos de los centros de tratamiento de drogas en aislamiento obligatorio no deberán castigar corporalmente, maltratar ni insultar a los drogodependientes.
Artículo 45: Los centros de rehabilitación de drogas aislados obligatorios estarán dotados de médicos autorizados en función de las necesidades del tratamiento de rehabilitación de drogas. Los médicos de los centros de desintoxicación de aislamiento obligatorio que tienen autoridad para recetar estupefacientes y psicotrópicos pueden utilizar estupefacientes y psicotrópicos para el personal de desintoxicación de conformidad con las especificaciones técnicas pertinentes.
El departamento administrativo de salud debe fortalecer la orientación, supervisión y gestión profesional de los médicos en centros de tratamiento de drogas de aislamiento obligatorio.
Artículo 46 Los familiares de los drogadictos y sus unidades o los profesores y el personal de la escuela podrán visitar a los drogadictos de acuerdo con las normas pertinentes. Con la aprobación del centro de rehabilitación de drogas de aislamiento obligatorio, los drogadictos pueden salir a visitar a sus cónyuges y familiares directos.
Los responsables de los centros de tratamiento de drogas en aislamiento obligatorio deben inspeccionar los artículos y el correo entregados al personal de tratamiento de drogas por personas ajenas al centro para evitar la inclusión de drogas. Al consultar el correo electrónico, la libertad de comunicación y la privacidad de la comunicación de los drogadictos deben protegerse de conformidad con la ley.
Artículo 47 El período de tratamiento obligatorio aislado por drogas es de dos años.
Después de un año de la implementación del aislamiento y desintoxicación obligatorios, para el personal de desintoxicación de drogas que haya logrado buenos resultados después del diagnóstico y la evaluación, el centro de aislamiento y desintoxicación obligatorios podrá proponer opiniones anticipadas sobre el levantamiento del aislamiento y desintoxicación obligatorios. y presentarlos a la autoridad que toma las decisiones de aislamiento obligatorio y desintoxicación para su aprobación.
Antes de que expire el período de aislamiento y desintoxicación obligatorios, para los drogadictos que necesiten extender el período de desintoxicación después del diagnóstico y evaluación, el centro de aislamiento y desintoxicación obligatorio propondrá un dictamen sobre la extensión del período de desintoxicación. desintoxicación y presentarlo a la autoridad que toma las decisiones para el aislamiento obligatorio y la desintoxicación para su aprobación. El período de aislamiento obligatorio y desintoxicación podrá ampliarse a un año.
Artículo 48: A las personas que hayan sido liberadas del tratamiento aislado obligatorio de drogodependencias, la autoridad que toma la decisión sobre el tratamiento aislado obligatorio de drogodependencias podrá ordenarles que se sometan a rehabilitación comunitaria por un período no superior a tres años.
La rehabilitación comunitaria se ejecutará con referencia a lo dispuesto en la presente Ley sobre rehabilitación comunitaria de drogodependientes.
Artículo 49: Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior pueden establecer centros de tratamiento de drogas en función de las necesidades del tratamiento de drogas; apoyarán los centros de tratamiento de drogas de bienestar público establecidos por las fuerzas sociales de conformidad con la ley y proporcionar la comodidad y asistencia necesarias.
Los drogodependientes pueden vivir y trabajar voluntariamente en centros de rehabilitación de drogodependientes. Cuando los centros de rehabilitación de drogadictos organicen personal de rehabilitación de drogas para participar en el trabajo de producción, deberán pagar una remuneración laboral de acuerdo con las disposiciones del sistema nacional de trabajo y empleo.
Artículo 50: Los órganos de seguridad pública y los departamentos administrativos judiciales proporcionarán el tratamiento necesario contra las drogas a los drogadictos detenidos, arrestados, encarcelados para su ejecución de conformidad con la ley y que estén sujetos a medidas de educación obligatoria de conformidad con la ley. con la ley.
Artículo 51 Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, en colaboración con los órganos de seguridad pública y los departamentos de supervisión y administración de medicamentos, podrán organizar la desintoxicación de drogas con base en sobre la necesidad de consolidar los resultados de la desintoxicación de drogas y la situación epidémica del SIDA en sus respectivas regiones administrativas.
Artículo 52: Los drogadictos no serán discriminados en el ingreso, empleo y seguridad social. Los departamentos, organizaciones y personal pertinentes deben proporcionar la orientación y asistencia necesarias a los drogadictos en aspectos como la inscripción, el empleo y la seguridad social.
Capítulo 5 Cooperación Internacional Antidrogas
Artículo 53 La República Popular China llevará a cabo la cooperación internacional antidrogas de conformidad con los tratados internacionales que haya celebrado o a los que se haya adherido, o de conformidad con el principio de reciprocidad.
Artículo 54: El Consejo de Estado autoriza a la Comisión Nacional de Control de Estupefacientes a organizar la cooperación internacional antidrogas y cumplir las obligaciones estipuladas en los convenios internacionales antidrogas.
Artículo 55 La asistencia judicial que implique la investigación de delitos relacionados con drogas será atendida por órganos judiciales de conformidad con lo dispuesto en las leyes pertinentes.
Artículo 56: Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, fortalecerán el intercambio de información de inteligencia antidrogas con los organismos encargados de hacer cumplir la ley de los países o regiones pertinentes y las organizaciones internacionales, y llevarán a cabo cooperación en materia de aplicación de la ley antidrogas de conformidad con la ley.
Con la aprobación del departamento de seguridad pública del Consejo de Estado, los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel de condado o superior en las zonas fronterizas pueden llevar a cabo cooperación policial con los organismos encargados de hacer cumplir la ley de los países pertinentes. o regiones.
Artículo 57: Cuando los casos de delitos relacionados con drogas se resuelven mediante la cooperación internacional antidrogas, la República Popular China y el gobierno chino podrán compartir con los países pertinentes los ingresos ilegales incautados, las ganancias ilegales y las ganancias del venta de bienes utilizados en delitos relacionados con drogas.
Artículo 58: Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, según lo autorizado por el Consejo de Estado, podrán apoyar a los países pertinentes a través de ayuda exterior y otros canales para implementar la sustitución de medicamentos y plantas originales y desarrollar industrias alternativas.
Capítulo 6 Responsabilidades Jurídicas
Artículo 59: El que cometa cualquiera de los siguientes actos y constituya delito será investigado por responsabilidad penal conforme a la ley si no constituye; delito, estará sujeto a sanciones de gestión de seguridad pública de conformidad con la ley:
(1) Contrabando, venta, transporte y fabricación de drogas;
(2) Posesión ilegal. de drogas;
(3) Cultivo ilegal de drogas La planta original;
(4) Compra, venta, transporte, porte o posesión ilegal de semillas o plántulas de plantas originales de drogas no inactivadas;
(5) Enseñanza ilegal de estupefacientes Métodos para fabricar drogas, sustancias psicotrópicas o precursores químicos;
(6) Obligar, inducir, instigar o engañar a otros a tomar o inyectarse drogas; p>
(7) Inyectar drogas a otros Proporcionar drogas.
Artículo 60 Si cualquiera de los siguientes actos constituye delito, la responsabilidad penal será investigada conforme a la ley; si no constituye delito, se impondrán sanciones de gestión de la seguridad pública conforme a la ley; :
(1) Cubre el contrabando, los delincuentes que venden, transportan y fabrican drogas, albergan, transfieren y ocultan drogas o propiedades obtenidas del delito para delincuentes;
(2) La los órganos de seguridad pública informan a los infractores cuando investigan actividades delictivas relacionadas con las drogas;
(3) Obstruir las inspecciones de drogas de conformidad con la ley;
(4) Ocultar, transferir, vender o dañar bienes involucrados en delitos de drogas que hayan sido incautados, incautados y congelados por organismos judiciales y administrativos encargados de hacer cumplir la ley de conformidad con la ley.
Artículo 61: El que permita a otros tomar o inyectarse drogas o introducir a otros a vender drogas, lo cual constituye delito, será investigado por responsabilidad penal conforme a la ley si no constituye delito; , será castigado por los órganos de seguridad pública durante no menos de 10 días pero no más de 15 días. La detención podrá combinarse con una multa de no más de 3.000 yuanes si las circunstancias son menores, la persona podrá ser detenida por no más de 3.000 yuanes; más de cinco días o una multa de no más de 500 yuanes.
Artículo 62: El que ingiera o se inyecte drogas, estará sujeto a sanciones administrativas de seguridad pública de conformidad con la ley. Los drogadictos que se registren voluntariamente ante los órganos de seguridad pública o reciban tratamiento por drogas en instituciones médicas calificadas no serán castigados.
Artículo 63 Viola las normas estatales y se dedica a la investigación experimental, producción, operación, uso, almacenamiento, transporte, importación y exportación de estupefacientes y psicotrópicos, así como al cultivo de plantas originales de estupefacientes. , resultando en estupefacientes, Si las drogas psicotrópicas o las plantas crudas de estupefacientes fluyen hacia canales ilegales y constituyen un delito, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con la ley; si no constituyen un delito, serán sancionadas de conformidad con la ley; las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Artículo 64: En las actividades de producción, operación, compra, transporte, importación y exportación de precursores químicos, constituirá delito responsabilidad penal toda persona que viole las normas nacionales y haga fluir precursores químicos hacia canales ilícitos. será perseguido conforme a la ley; si no constituye delito, la persona será sancionada de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Artículo 65 Si un lugar de entretenimiento y sus empleados cometen delitos de drogas, o proporcionan condiciones para que las personas que ingresan al lugar de entretenimiento cometan delitos de drogas, lo que constituye un delito, serán investigados por responsabilidad penal de acuerdo con el si no constituye delito, serán penalmente responsables de conformidad con las penas previstas en las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Si el administrador de un lugar de espectáculos tiene conocimiento de que alguien está consumiendo, inyectándose o vendiendo drogas en el lugar y no lo informa al órgano de seguridad pública, será sancionado de conformidad con las disposiciones de la ley. el párrafo anterior.
Artículo 66: Cualquier persona que se dedique a negocios de tratamiento de drogas sin aprobación deberá recibir la orden del departamento administrativo de salud de detener actividades comerciales ilegales y confiscar ganancias ilegales y drogas usadas, equipos médicos y otros artículos si esto constituye un; delito, perseguir la responsabilidad penal de conformidad con la ley.
Artículo 67: Si una institución médica de tratamiento de drogas descubre que un drogadicto que recibe tratamiento está consumiendo o inyectándose drogas durante el tratamiento y no lo informa al órgano de seguridad pública, el departamento administrativo de salud ordenará que hacer correcciones; si las circunstancias son graves, se ordenará suspender las operaciones. Rectificar.
Artículo 68 Si los centros de desintoxicación de aislamiento obligatorio, las instituciones médicas y los médicos utilizan estupefacientes y psicotrópicos en violación de las normas, lo que constituye un delito, serán investigados por responsabilidad penal de conformidad con la ley; no constituye delito, serán investigados por responsabilidad penal de conformidad con las leyes pertinentes y las sanciones administrativas prescritas.
Artículo 69: Si cualquier miembro del personal del órgano de seguridad pública, departamento administrativo judicial u otro departamento competente relevante comete cualquiera de los siguientes actos en el curso del trabajo antidrogas, que constituya un delito, deberá ser investigado por responsabilidad penal conforme a la ley; si no constituye delito, será penalmente responsable conforme a la ley:
(1) Blindaje o condonación de delincuentes relacionados con la droga;
(2) castigos corporales, abusos, humillaciones a drogadictos, etc.;
(3) ) Malversación, retención o retención de fondos antidrogas;
(4) Manejar drogas incautadas y bienes relacionados con actividades delictivas relacionadas con drogas que hayan sido sellados, detenidos o congelados sin autorización.
Artículo 70: Si las unidades pertinentes y su personal discriminan a los drogadictos en materia de matrícula, empleo, seguridad social, etc., deberán realizar correcciones por parte de los departamentos administrativos de educación y trabajo en caso de pérdidas; se causen a los interesados, éstos serán indemnizados conforme a la ley.
Capítulo 7 Disposiciones Complementarias
Artículo 71 La presente Ley entrará en vigor el 6 de junio de 2008. Al mismo tiempo se abolió la "Decisión del Comité Permanente Antinarcóticos de la APN".