Red de Respuestas Legales - Derecho de marcas - ¿Cómo distribuir la propiedad después de volver a casarse?

¿Cómo distribuir la propiedad después de volver a casarse?

Análisis jurídico: En principio, la distribución de bienes en un nuevo matrimonio es básicamente la misma que la distribución de bienes en un divorcio. 1. Los bienes personales antes del matrimonio pertenecen al marido y a la mujer y no pueden dividirse en caso de divorcio. 2. Nuevo matrimonio * * * es la misma propiedad, o puede ser la misma propiedad entre marido y mujer. Cuando se llevan a cabo nuevos matrimonios* * * y división de bienes, la división generalmente se lleva a cabo de acuerdo con los principios de igualdad entre hombres y mujeres, el principio de cuidar los intereses de los niños y las mujeres, el principio de cuidar de los parte sin culpa y el principio de producción y vida convenientes.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1062 Son bienes comunes del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial y Pertenecen al marido y a la mujer:

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos provenientes de la producción, operación e inversión;

(3) Rentas por derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;

(5) Los demás propiedad que debería pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Los bienes de una de las partes adquirido debido a lesiones personales Compensación o compensación;

(3) Propiedad determinada como perteneciente solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias dedicadas a una de las partes ;

( 5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.

Artículo 1064 Son deudas soportadas por ambos cónyuges bajo la misma firma o por uno de los contrayentes a posteriori, así como las deudas soportadas por uno de los contrayentes a su propio nombre para las necesidades diarias de la familia durante el matrimonio. las mismas deudas del marido y de la mujer.

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