¿Se puede retirar el arbitraje laboral?
Base Legal
Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales
Artículo 36 Después de recibir la notificación por escrito, el solicitante se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables o no cumple con Si el tribunal arbitral acepta retirarse de la audiencia a mitad de la audiencia, se podrá considerar que ha desistido de la solicitud de arbitraje.
Si el demandado recibe una notificación por escrito y se niega a comparecer ante el tribunal sin razones justificables o abandona el tribunal a medio camino sin el consentimiento del tribunal arbitral, se podrá dictar un laudo en ausencia. Artículo 37 Si el tribunal arbitral considera que una cuestión especializada requiere valoración, podrá someterla a una institución de valoración convenida por las partes. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo o no pueden llegar a un acuerdo, la tasación será realizada por una institución de tasación designada por el tribunal arbitral.
A solicitud de las partes o del tribunal arbitral, la agencia tasadora enviará tasadores para asistir a la audiencia. Con el permiso del tribunal arbitral, las partes podrán hacer preguntas al tasador. Artículo 41 Después de solicitar el arbitraje de conflictos laborales, las partes podrán resolver el conflicto por sí mismas. Si se llega a un acuerdo de conciliación, la solicitud de arbitraje puede retirarse. Artículo 43 El tribunal arbitral dictará un laudo sobre el caso de conflicto laboral dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que el comité de arbitraje de conflictos laborales acepte la solicitud de arbitraje. Si el caso es complicado y requiere prórroga, ésta podrá prorrogarse con la aprobación del director de la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales y se notificará a las partes por escrito, pero el plazo de prórroga no excederá de quince días. Si no se dicta un laudo arbitral dentro del plazo, las partes podrán presentar una demanda ante el Tribunal Popular sobre el conflicto laboral.