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¿Es la empresa una persona jurídica o una organización no incorporada?

Una persona jurídica es una empresa. Una persona jurídica es una organización que tiene capacidad para los derechos civiles y la conducta civil, y disfruta independientemente de los derechos civiles y asume obligaciones civiles de conformidad con la ley. Puede ser una empresa, no un particular. La esencia de una persona jurídica es que una persona jurídica puede tener la misma capacidad de derechos civiles que una persona física y convertirse en un sujeto civil con derechos y obligaciones. Las personas jurídicas se dividen en personas jurídicas con fines de lucro, personas jurídicas sin fines de lucro y personas jurídicas especiales según el objeto de su constitución. Las personas jurídicas asumen la responsabilidad civil de forma independiente. Una organización no incorporada se refiere a una organización que no tiene personalidad jurídica pero que puede realizar actividades civiles en su propio nombre.

Una persona jurídica es una organización que tiene capacidad para los derechos civiles y la conducta civil, y disfruta independientemente de los derechos civiles y asume obligaciones civiles de conformidad con la ley. En definitiva, una persona jurídica es una organización social con calificaciones de sujeto de derechos civiles. Como coloquialismo, en ocasiones también se denomina persona jurídica al representante legal. Como sujeto de las relaciones jurídicas civiles, las personas jurídicas son simétricas de las personas naturales y tienen características diferentes: en primer lugar, las personas jurídicas son la personificación jurídica de las organizaciones sociales y son "personas" en el sentido jurídico, más que entidades vivas reales, que nacen y morir conforme a la ley. En segundo lugar, aunque tanto las personas jurídicas como las naturales son sujetos civiles, las personas jurídicas son sujetos civiles colectivos, es decir, las personas jurídicas son un conjunto de algunas personas físicas. Por ejemplo, las leyes de sociedades de la mayoría de los países (incluida China) estipulan que una persona jurídica corporativa debe estar compuesta por más de dos accionistas.

1. ¿Cuál es la diferencia entre una persona jurídica y una persona física?

La diferencia entre personas jurídicas y personas naturales es:

1 significa diferente. Una persona jurídica representa una organización social; una persona física es una sola persona. Una persona natural no necesariamente tiene personalidad jurídica, sino que es una persona única cuyas características de supervivencia son la vida y la sangre. Una persona jurídica no es un individuo, sino una organización con derechos civiles y capacidad de conducta civil. Goza independientemente de derechos civiles y asume obligaciones civiles de conformidad con la ley. Una persona jurídica es simplemente la personificación jurídica de una organización social;

2. Las personas jurídicas son sujetos civiles colectivos; las personas físicas son individuos como sujetos civiles. Una persona jurídica es un conjunto de personas físicas;

3. Diferentes atributos. Las personas físicas tienen atributos naturales, las personas jurídicas no. Una persona jurídica es la personificación jurídica de una organización social. Es una "persona" en el sentido jurídico, no una vida real. Nace y muere de conformidad con la ley. Una persona física es una persona que nace y vive sobre la base de la ley natural. Una persona física con la nacionalidad de un país se llama ciudadano de ese país.

4. Una persona jurídica es una organización que tiene capacidad para los derechos civiles y la conducta civil, y disfruta independientemente de los derechos civiles y asume obligaciones civiles de conformidad con la ley. La esencia de una persona jurídica es que una persona jurídica puede tener la misma capacidad de derechos civiles que una persona física y convertirse en un sujeto civil con derechos y obligaciones. Una persona física es una persona que obtiene las calificaciones de sujeto civil por nacimiento. Su extensión incluye a los ciudadanos nacionales, a los ciudadanos extranjeros y a los apátridas. Las personas físicas se diferencian de los ciudadanos, que sólo se refieren a personas con la nacionalidad de un país.

2. ¿Tiene la empresa derecho a la reputación como persona jurídica?

Una persona jurídica es una organización que tiene capacidad para los derechos civiles y la conducta civil, y disfruta independientemente de los derechos civiles y asume obligaciones civiles de conformidad con la ley. En pocas palabras, una persona jurídica es la personificación jurídica de una determinada organización social. Como participante social que no es una persona natural, una persona jurídica es una persona ilícita y es la manifestación externa de la personalidad de la empresa. Las organizaciones no incorporadas disfrutan de los derechos de nombre, reputación y honor, y ningún ciudadano, individuo u organización puede infringir sus derechos de ninguna forma ni por ningún motivo.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. En caso de duda, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica:

Artículo 102 del Código Civil

Una organización sin personalidad jurídica se refiere a una organización que no tiene personalidad jurídica pero puede dedicarse a actividades civiles en su propio nombre según la ley. Las organizaciones no incorporadas incluyen empresas unipersonales, sociedades y organizaciones de servicios profesionales sin personalidad jurídica. Artículo 103: Las agrupaciones sin personalidad jurídica se registrarán conforme a las disposiciones legales. Si las leyes y reglamentos administrativos estipulan que el establecimiento de grupos no constituidos en sociedad debe ser aprobado por los departamentos pertinentes, dichas disposiciones prevalecerán.

Artículo 104

Si los bienes de una entidad sin personalidad jurídica son insuficientes para pagar sus deudas, sus inversores o fundadores asumirán la responsabilidad ilimitada. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Artículo 105: Un grupo no constituido en sociedad podrá designar una o más personas para que realicen actividades civiles en nombre del grupo.

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