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¿Cuál es el plazo de prescripción de los conflictos laborales?

Subjetividad jurídica:

Primero, ¿cuánto plazo de prescripción de los conflictos laborales?

El plazo para el arbitraje de conflictos laborales es de un año. El plazo de prescripción del arbitraje se computa a partir de la fecha en que las partes supieron o debieron haber sabido que sus derechos habían sido vulnerados. El plazo de prescripción del arbitraje previsto en el párrafo anterior se interrumpe porque una parte hace valer los derechos de la otra, o solicita al departamento correspondiente la reparación de sus derechos, o la otra parte se compromete a cumplir con sus obligaciones. El plazo de prescripción del arbitraje se vuelve a calcular a partir del momento de la interrupción. Si una parte no puede solicitar el arbitraje dentro del plazo especificado en el párrafo 1 de este artículo debido a fuerza mayor u otras razones legítimas, se suspenderá el plazo de arbitraje. El plazo de prescripción del arbitraje seguirá corriendo a partir de la fecha en que se elimine la causa que motivó la suspensión del plazo de prescripción. Si surge un conflicto por atrasos en la remuneración laboral durante la existencia de la relación laboral, la solicitud de arbitraje del empleado no está sujeta al plazo de prescripción del arbitraje previsto en el párrafo 1 de este artículo; sin embargo, si la relación laboral se termina, la solicitud deberá realizarse dentro del año siguiente a la fecha de terminación de la relación laboral.

2. Normas de prescripción de los conflictos laborales

1. El plazo para solicitar la reconsideración administrativa. La solicitud de reconsideración deberá presentarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que se conozca o deba conocerse el acto administrativo específico.

2. El plazo para interponer una demanda administrativa si no está satisfecho con la decisión de reconsideración administrativa. La demanda administrativa deberá presentarse ante el Tribunal Popular dentro de los 05 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de reconsideración administrativa.

3. Plazo para solicitar el arbitraje de conflictos laborales. Se presentará una solicitud de arbitraje al Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales dentro de un año a partir de la fecha de ocurrencia del conflicto laboral. La antigua "Ley del Trabajo" estipulaba que el plazo para solicitar el arbitraje era de 60 días, y la posterior "Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales" lo estipulaba en un año, lo que reforzaba la protección de los trabajadores.

4. El plazo para presentar una demanda si no está satisfecho con el laudo arbitral de conflictos laborales. Se presentará una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 05 días siguientes a la fecha de recepción del laudo arbitral.

5. Plazo para interponer el litigio administrativo directamente ante el Tribunal Popular. Deberá presentarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se conozca o deba conocerse el acto administrativo concreto, salvo disposición legal en contrario. Si el plazo legal se retrasa debido a fuerza mayor u otras circunstancias especiales, el tribunal podrá solicitar una prórroga del plazo dentro de los 10 días siguientes a la eliminación del obstáculo. El tribunal decidirá si concederla o no.

6. Plazo para solicitar la certificación de accidentes de trabajo. La unidad deberá solicitar al departamento administrativo de trabajo y seguridad social el reconocimiento de las lesiones relacionadas con el trabajo dentro de los 30 días siguientes a la fecha del accidente relacionado con el trabajo o el día en que la lesión relacionada con el trabajo sea diagnosticada o identificada como enfermedad ocupacional. En circunstancias especiales, con el consentimiento de la dirección administrativa del trabajo y de la seguridad social, el plazo de solicitud podrá ampliarse adecuadamente. Si el empleador no solicita el reconocimiento de lesiones relacionadas con el trabajo de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el trabajador lesionado o sus familiares directos o el sindicato podrán solicitar directamente al departamento administrativo del trabajo y seguridad social por lesiones relacionadas con el trabajo. reconocimiento en el plazo de 1 año a partir de la fecha del accidente de trabajo o de la fecha del diagnóstico o identificación de una enfermedad profesional.

El ejercicio de los derechos dentro del plazo establecido por la ley es el requisito procesal básico para proteger los derechos e intereses legítimos. Es igualmente importante comprender y comprender con precisión el momento de inicio del plazo legal.

Las siguientes son las normas para determinar las fechas de ocurrencia de varios tipos de conflictos laborales:

1. La hora de inicio del período de arbitraje de atrasos salariales. Si el empleador puede probar que el empleado fue notificado por escrito para negarse a pagar salarios durante la existencia de la relación laboral, la fecha en que se notifique por escrito será la fecha en que ocurra la disputa laboral. Si el empleador no puede aportar pruebas, la fecha en que el trabajador reclame sus derechos será la fecha en que se produzca el conflicto laboral.

2. El momento de inicio para solicitar el arbitraje en los conflictos derivados de la terminación o terminación de las relaciones laborales. Si surge una disputa debido a la terminación del contrato de trabajo por parte del empleador, el plazo para que el empleado solicite el arbitraje se calculará a partir de la fecha de recepción de la notificación por escrito de la terminación del contrato de trabajo. Si el empleador no puede acreditar el momento en que el empleado recibió por escrito la notificación de terminación o terminación de la relación laboral, la fecha en que el empleado reclame sus derechos será la fecha en que se produzca el conflicto laboral.

3. Si el trabajador puede acreditar que el tiempo prometido por el empleador es la fecha determinada posterior a la terminación o terminación de la relación laboral, la fecha prometida por el empleador para pagar será la fecha en que se realice la labor. se produce un conflicto; si el empleado no puede probarlo, se rescindirá el pago o la fecha de terminación de la relación laboral es la fecha en que se produce el conflicto laboral.

4. Si durante la existencia de la relación laboral el empleador incumple continuamente los salarios pero se niega a pagarlos por prescripción del arbitraje, el tribunal no lo admitirá.

3. ¿Cómo afrontar la prescripción de los conflictos laborales?

La prescripción se refiere al sistema jurídico en el que los titulares de derechos pierden su derecho a solicitar al tribunal que proteja sus derechos civiles si no los ejercen dentro del plazo legal. El plazo de prescripción del arbitraje se refiere a un sistema de prescripción en el que las partes con derechos de litigio deben ejercer sus derechos dentro del plazo legal; de lo contrario, la ley estipula que su derecho a solicitar el arbitraje se extinguirá. En los casos de conflictos laborales, el arbitraje es un procedimiento necesario para el litigio.

El artículo 83 de la "Ley del Trabajo" estipula que si las partes en un conflicto laboral no están satisfechas con el laudo arbitral, podrán presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción del mismo. laudo arbitral. Si una de las partes no inicia una demanda ni ejecuta el laudo arbitral dentro del plazo legal, la otra parte puede solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria.

El artículo 30 del "Reglamento para el manejo de conflictos laborales empresariales" estipula: Si una parte no está satisfecha con el laudo arbitral, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 05 días siguientes a la fecha de recepción. del laudo; si la parte no interpone demanda dentro del plazo, la sentencia adquiere fuerza jurídica;

Objetividad jurídica:

Artículo 27 de la “Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales”

El plazo de prescripción para solicitar el arbitraje de conflictos laborales es de un año. El plazo de prescripción del arbitraje se computa a partir de la fecha en que las partes supieron o debieron haber sabido que sus derechos habían sido vulnerados.

El plazo de prescripción del arbitraje especificado en el párrafo anterior se interrumpirá porque una parte haga valer los derechos de la otra parte, o solicite a los departamentos pertinentes la reparación de derechos, o la otra parte acepte cumplir con sus obligaciones. El plazo de prescripción del arbitraje se vuelve a calcular a partir del momento de la interrupción.

Si una parte no puede solicitar el arbitraje dentro del plazo especificado en el párrafo 1 de este artículo debido a fuerza mayor u otras razones legítimas, se suspenderá el plazo de arbitraje. El plazo de prescripción del arbitraje seguirá corriendo a partir de la fecha en que se elimine la causa que motivó la suspensión del plazo de prescripción.

Si surge un conflicto por atrasos en las remuneraciones laborales durante la existencia de la relación laboral, la solicitud de arbitraje del empleado no estará restringida por el plazo de prescripción del arbitraje estipulado en el párrafo 1 de este artículo; si la relación laboral se extingue, la relación laboral se extinguirá a partir de la fecha de terminación de la relación laboral presentada dentro de un año.

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