¿Cuáles son las disposiciones sobre asistencia jurídica en los procesos penales?
Base jurídica: “Reglamento de Asistencia Jurídica”
Artículo 11 En el proceso penal, los ciudadanos podrán solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica en cualquiera de las siguientes circunstancias:
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(1) El sospechoso de un delito no contrató a un abogado debido a dificultades financieras después de ser interrogado por primera vez por la agencia de investigación o desde la fecha en que se tomaron las medidas obligatorias;
(2) En casos de procesamiento público La víctima y su representante legal o familiares cercanos no han confiado un agente litigante debido a dificultades financieras desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento;
(3) Desde la El caso de acusación particular fue aceptado por el Tribunal Popular, el fiscal privado y El representante legal no logra confiar un representante litigante debido a dificultades financieras.
Artículo 12 En un caso en el que el fiscal comparece ante el tribunal para el procesamiento público y el acusado no contrata a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones, y el tribunal popular designa un defensor para el acusado, el La agencia de asistencia jurídica proporcionará asistencia jurídica.
Si el imputado es ciego, sordo, mudo o menor de edad y no ha designado defensor, o el imputado puede ser condenado a muerte pero no ha designado defensor, cuando el tribunal popular designe un defensor para el acusado, la agencia de asistencia jurídica La asistencia jurídica debe proporcionarse sin examinar la situación financiera del acusado.