¿Cómo perseguir la tentativa de homicidio criminal?
Base Legal
Artículo 109 de la "Ley de Procedimiento Penal"
Cuando los órganos de seguridad pública o las fiscalías populares descubran hechos delictivos o presuntos delincuentes, deberán investigar dentro del alcance.
Artículo 112
El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular o el órgano de seguridad pública revisarán con prontitud los materiales de las denuncias, acusaciones, informes y entregas dentro de la jurisdicción, y considerarán que existe un delito Si los hechos requieren responsabilidad penal, se archivará el caso si se considera que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son evidentemente menores y no es necesario investigar la responsabilidad penal, no se archivará el caso y; Se informará al denunciante los motivos por los que no se presentó el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración.