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Disposiciones legales en materia de alquiler

Subjetividad jurídica:

De acuerdo con las disposiciones del Contrato, si una parte no cumple con sus obligaciones contractuales o no cumple con sus obligaciones contractuales, deberá pagar una determinada cantidad de daños y perjuicios a la otra parte. Si las indemnizaciones acordadas son inferiores a las pérdidas causadas, las partes podrán solicitar al tribunal popular o a la institución arbitral que las aumente. Si la indemnización liquidada acordada es excesivamente superior a las pérdidas causadas, las partes podrán solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que reduzca adecuadamente los daños.

Objetividad jurídica:

Artículo 585 del Código Civil, las partes pueden acordar que cuando una parte incumpla el contrato, pagará a la otra parte una determinada cantidad de indemnización por daños y perjuicios en función de sobre las circunstancias del incumplimiento, o podrán acordar la causa para calcular el importe de la indemnización por los daños causados ​​por el incumplimiento del contrato. Si la indemnización acordada es inferior a las pérdidas causadas, el Tribunal Popular o la institución de arbitraje podrá aumentar la indemnización a petición de las partes si la indemnización acordada es excesivamente superior a las pérdidas causadas, el Tribunal Popular o el arbitraje; La institución podrá reducir adecuadamente la indemnización por daños y perjuicios a petición de las partes. Si una parte paga una indemnización por daños y perjuicios por el retraso en el cumplimiento, la parte incumplidora también deberá cumplir con sus deudas después de pagar la indemnización por daños y perjuicios.

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