Red de Respuestas Legales - Derecho de marcas - La empresa convence a los empleados para que despidan, ¿cómo compensarles económicamente en este caso?

La empresa convence a los empleados para que despidan, ¿cómo compensarles económicamente en este caso?

1. La "persuasión" de los empleados por parte de la empresa es en realidad una forma de rescindir contratos laborales ilegalmente y evadir responsabilidades. Cuando los trabajadores se encuentran con situaciones en las que se les persuade para que renuncien, pueden informar al departamento de inspección laboral local o iniciar un arbitraje laboral para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos.

2. Según lo dispuesto en la “Ley de Contrato de Trabajo”, existen dos situaciones en las que es necesario pagar una compensación económica:

1. se basa en el empleo del empleado en la unidad Número de años de servicio, y la compensación financiera otorgada a los trabajadores cuando se rescinde o rescinde el contrato laboral. La norma retributiva es: compensación económica de un mes de salario por cada año de trabajo. Si el empleador rescinde ilegalmente el contrato de trabajo, deberá pagar el doble de la compensación económica, es decir, dos meses de salario por cada año de trabajo. (Artículos 46, 47, 48 y 87 de la Ley de Contrato de Trabajo)

2. La compensación económica por no competencia se basa en el pacto de no competencia y el trabajador deberá cancelarlo o cancelarlo. rescindido, se deberá otorgar una compensación económica al empleado dentro del número de años que el empleado esté sujeto a la restricción de no competencia. (Artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo)

Artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo

El empleador y el trabajador podrán acordar en el contrato de trabajo guardar los secretos comerciales y asuntos confidenciales del empleador. relacionados con los derechos de propiedad intelectual.

Para los empleados que tienen obligaciones de confidencialidad, el empleador puede acordar cláusulas de no competencia con el empleado en el contrato laboral o acuerdo de confidencialidad, y acordar que después de que se rescinda o rescinda el contrato laboral, la no competencia El período será una compensación financiera que se otorgará a los trabajadores mensualmente dentro del período. Si un empleado viola el acuerdo de no competencia, deberá pagar una indemnización al empleador de conformidad con el acuerdo.

Artículo 46 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador:

(1) El trabajador deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 38 de esta Ley. Rescindir el contrato de trabajo;

(2) El empleador propone rescindir el contrato de trabajo al empleado de conformidad con el artículo 36 de esta Ley y negocia con el empleado la rescisión del contrato de trabajo;

(3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley;

(4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, Inciso 1 de esta Ley;

p>

(5) A menos que el empleador mantenga o renueve el contrato de trabajo mejorando las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, y el empleado no esté de acuerdo con la renovación, el El contrato de trabajo de duración determinada se extinguirá de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 44 de esta Ley;

(6) Terminar el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 4 y. Párrafo 5 de esta Ley;

(7) Las demás materias que establezcan las leyes y reglamentos administrativos de situación.

Artículo 47: La compensación económica se paga a los trabajadores en función del número de años que hayan trabajado en la unidad, a razón de un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio de los empleados en la región en el año anterior anunciado por el municipio o el gobierno popular del distrito de la ciudad donde se encuentra el empleador, el estándar de La compensación económica pagada al empleado se basará en el salario mensual promedio de los empleados. El empleado recibirá el triple del salario y el número máximo de años por los cuales se pagará la compensación financiera no excederá de doce años.

El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.

Artículo 48 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o extinguir el contrato de trabajo, y el trabajador exige la continuación del cumplimiento del contrato de trabajo, el empleador no deberá continuar cumpliendo el contrato de trabajo; Ejecución del contrato de trabajo o contrato de trabajo Si ya no es posible continuar ejecutándolo, el empleador deberá pagar una indemnización de conformidad con el artículo 87 de esta Ley.

Artículo 87: Si un empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir un contrato de trabajo, deberá pagar una indemnización a los trabajadores conforme al doble de la norma de compensación económica prevista en el artículo 47 de esta Ley.