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Abogado litigante en apelaciones penales

Ya sea en primera o segunda instancia, las partes interesadas decidirán si la víctima de un caso penal necesita contratar un abogado en función de las circunstancias reales del caso. Desde la perspectiva del juicio, el tribunal popular de segunda instancia debe realizar una revisión integral de los hechos determinados en la sentencia de primera instancia y la ley aplicable, sin limitarse al alcance del recurso o protesta. ¿El artículo está vinculado al artículo 1 y al artículo 222 de la Ley de Procedimiento Penal? El tribunal popular de segunda instancia realizará un examen integral de los hechos determinados en la sentencia de primera instancia y de la ley aplicable, y no estará limitado por el alcance del recurso o protesta.

* * *Si solo algunos acusados ​​en el mismo caso penal apelan, todo el caso será revisado y tratado en conjunto.

2. Artículo 223 Cuando el tribunal popular de segunda instancia conozca de los siguientes casos, formará una sala colegiada: (1) El imputado, el fiscal particular y su representante legal apelarán los casos en que se presenten objeciones. los hechos y pruebas probados en primera instancia, que pueden afectar la condena y la sentencia;

(2) Casos de apelación en los que el acusado fue condenado a muerte;

(3) Protestas del Casos de la Fiscalía Popular;

(4) Otros casos que deben ser vistos en los tribunales.

Si el tribunal popular de segunda instancia decide no celebrar el juicio, interrogará al imputado y escuchará las opiniones de las demás partes, defensores y agentes ad litem.

El tribunal popular de segunda instancia podrá conocer de apelaciones y protestas en el lugar donde ocurrió el caso o en el tribunal popular de primera instancia.