El jefe confesó sólo después de que el tribunal decidió el caso penal. ¿Se puede reducir la pena?
¡Hola! Confesar a un coacusado después de llegar al caso no constituye necesariamente un servicio meritorio, y el servicio meritorio no conduce necesariamente a una sentencia reducida. Sólo se puede decir que es un "castigo más leve o reducido", según corresponda. Las confesiones hechas después de que el tribunal lo haya sentenciado a cumplir su condena no se consideran confesiones después de que se haya cometido el delito. Confesar a un coacusado después de haber cumplido su condena no se considerará meritorio a menos que las pistas proporcionadas sean suficientes para que la policía pueda comprobarlo. prevenir el delito, y mucho menos una sentencia reducida.
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Disposiciones legales adjuntas:
Artículo 68 de la "Ley Penal"
los delincuentes que hayan realizado servicios meritorios han expuesto la conducta delictiva de otros y la han verificado ante sea cierto, o proporcione pistas importantes, que permitan detectar otros casos y otros servicios meritorios, la pena podrá ser más leve o reducida; cuando exista servicio meritorio importante, la pena podrá reducirse o eximirse;
Artículo 78 Condiciones y Límites Aplicables Los delincuentes que hayan sido condenados a vigilancia pública, detención penal, prisión por tiempo determinado o cadena perpetua, si durante el período de ejecución acatan en conciencia las normas penitenciarias, aceptan educación. y reformarse, y mostrar verdaderamente arrepentimiento, serán castigados o si ha realizado un servicio meritorio, se le podrá reducir la pena si ha realizado uno de los siguientes servicios meritorios importantes, se le reducirá la pena:
(1) Impedir que otros realicen actividades delictivas importantes;
(2) Informar a prisión sobre actividades delictivas importantes nacionales y extranjeras, verificadas como verdaderas;
(3) Invenciones o invenciones importantes; innovaciones tecnológicas;
(4) Sacrificarse para salvar a otros en la producción y la vida diaria;
(5) Aquellos que tienen un desempeño sobresaliente en resistir desastres naturales o eliminar accidentes mayores;
(5) Aquellos que tienen un desempeño sobresaliente en resistir desastres naturales o eliminar accidentes mayores;
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(6) Quienes han hecho otros aportes significativos al país y a la sociedad.
La duración real de la pena después de la conmutación no será inferior a los siguientes períodos:
(1) Si es condenado a vigilancia pública, detención penal o prisión de duración determinada, no será inferior a la mitad de la pena original
(2) Si es condenada a cadena perpetua, no será inferior a 13 años
(3) La del pueblo; El tribunal restringe la suspensión de la pena de muerte de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 50 de esta Ley para los delincuentes que cumplen una pena suspendida, si la pena se conmuta por cadena perpetua de conformidad con la ley después de la expiración de la pena suspendida. pena, la pena no será inferior a 25 años. Si la pena se conmuta por una pena de prisión de duración determinada de 25 años de conformidad con la ley después de la expiración de la pena suspendida, la pena no será inferior a 20 años.
"Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes sobre rendición y servicio meritorio"
Artículo 5: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68, párrafo 1, del Código Penal, los delincuentes deben denunciar y exponer la conducta delictiva de otros después del caso, incluidos los delincuentes en el mismo caso de delito, exponer a los cómplices a otros delitos distintos del mismo delito, que se verifique como cierto, proporcionando pistas importantes para resolver; en otros casos, y se verifique que son ciertos; impedir que aquellos que cometan actividades criminales de otras personas ayuden a los órganos judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos (incluidos los coacusados) y tengan otras actuaciones destacadas que sean beneficiosas para el país y la sociedad; considerado haber realizado servicios meritorios.
Artículo 6: Si un delincuente que comete un delito del mismo delito revela los hechos de un delito cometido por el cómplice después de llegar al caso, se le podrá imponer la pena más leve que corresponda.
Artículo 7 Según el primer párrafo del artículo 68 de la Ley Penal, los delincuentes denuncian y exponen actos delictivos importantes de otros, que se verifica que son ciertos y proporcionan pistas importantes para la detección de otros casos importantes; , que se compruebe que son ciertas; se considerará que han contribuido a otras personas a cometer delitos importantes; ayudar a los órganos judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos importantes (incluidos los coacusados); realizó importantes servicios meritorios.
Los estándares para "delitos graves", "casos graves" y "sospechosos de delitos graves" mencionados en el párrafo anterior generalmente se refieren a sospechosos o acusados de delitos que pueden ser condenados a cadena perpetua o más o el caso es en esta provincia, comunidades autónomas, municipios dependientes directamente del Gobierno Central o que tengan mayor impacto a nivel nacional.