Ley de Procedimiento Penal en materia de libertad bajo fianza en espera de juicio
Las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal sobre la libertad bajo fianza en espera de juicio son las siguientes: 1. El artículo 65 de la "Ley de Procedimiento Penal" establece claramente que para los sospechosos o imputados de un delito que tengan uno de los siguientes circunstancias, los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública pueden liberar a las personas bajo fianza en espera de juicio: (1) Aquellos que pueden ser condenados a vigilancia pública, detención penal o penas adicionales pueden aplicarse de forma independiente (2) Pueden ser condenados a una; pena de prisión de duración determinada o más, y la libertad bajo fianza en espera de juicio no causará un peligro social (3) Quienes padecen enfermedades Mujeres que están gravemente enfermas, no pueden cuidar de sí mismas, están embarazadas o están amamantando; bebés, quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio y no representarán un riesgo para la sociedad (4) El período de detención ha expirado y el caso no se ha resuelto, y deben ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio; La libertad bajo fianza en espera de juicio y la vigilancia domiciliaria serán implementadas por los órganos de seguridad pública. Artículo 66: "Cuando el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública decidan poner en libertad bajo fianza a un sospechoso o acusado en espera de juicio, ordenarán al sospechoso o acusado que proporcione un fiador o pague un depósito". Los sospechosos de delitos y acusados que sean liberados bajo fianza en espera de juicio deben cumplir con las siguientes regulaciones: (1) No se les permite salir de la ciudad o condado donde viven sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley; (2) Están presentes en el lugar; lectura de cargos de manera oportuna; (3) No se les permite interferir con el testimonio de los testigos de ninguna forma; (4) No hay destrucción, fabricación de evidencia o colusión en confesiones.
Objetividad legal:
El artículo 67 de la Ley de Procedimiento Penal prohíbe a los sospechosos de delitos que tengan cualquiera de las siguientes circunstancias, el acusado, el tribunal popular, la fiscalía popular y el órgano de seguridad pública podrán ponerlo en libertad bajo fianza en espera de juicio: (1) Puede ser. condenado a vigilancia pública, detención penal o una pena adicional independiente; (2) Puede ser condenado a una pena de prisión de duración determinada o más, y la libertad bajo fianza en espera de juicio no causará un peligro social; están gravemente enfermas, no pueden cuidar de sí mismas, están embarazadas o están amamantando a sus propios bebés y están en libertad bajo fianza en espera de juicio y no representarán un riesgo para la sociedad (4) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido; y deberán quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio. La ejecución del juicio será realizada por los órganos de seguridad pública.