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Ley de Procedimiento Penal en materia de libertad bajo fianza en espera de juicio

Subjetividad jurídica:

Las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal sobre la libertad bajo fianza en espera de juicio son las siguientes: 1. El artículo 65 de la "Ley de Procedimiento Penal" establece claramente que para los sospechosos o imputados de un delito que tengan uno de los siguientes circunstancias, los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública pueden liberar a las personas bajo fianza en espera de juicio: (1) Aquellos que pueden ser condenados a vigilancia pública, detención penal o penas adicionales pueden aplicarse de forma independiente (2) Pueden ser condenados a una; pena de prisión de duración determinada o más, y la libertad bajo fianza en espera de juicio no causará un peligro social (3) Quienes padecen enfermedades Mujeres que están gravemente enfermas, no pueden cuidar de sí mismas, están embarazadas o están amamantando; bebés, quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio y no representarán un riesgo para la sociedad (4) El período de detención ha expirado y el caso no se ha resuelto, y deben ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio; La libertad bajo fianza en espera de juicio y la vigilancia domiciliaria serán implementadas por los órganos de seguridad pública. Artículo 66: "Cuando el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública decidan poner en libertad bajo fianza a un sospechoso o acusado en espera de juicio, ordenarán al sospechoso o acusado que proporcione un fiador o pague un depósito". Los sospechosos de delitos y acusados ​​que sean liberados bajo fianza en espera de juicio deben cumplir con las siguientes regulaciones: (1) No se les permite salir de la ciudad o condado donde viven sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley; (2) Están presentes en el lugar; lectura de cargos de manera oportuna; (3) No se les permite interferir con el testimonio de los testigos de ninguna forma; (4) No hay destrucción, fabricación de evidencia o colusión en confesiones.

Objetividad legal:

El artículo 67 de la Ley de Procedimiento Penal prohíbe a los sospechosos de delitos que tengan cualquiera de las siguientes circunstancias, el acusado, el tribunal popular, la fiscalía popular y el órgano de seguridad pública podrán ponerlo en libertad bajo fianza en espera de juicio: (1) Puede ser. condenado a vigilancia pública, detención penal o una pena adicional independiente; (2) Puede ser condenado a una pena de prisión de duración determinada o más, y la libertad bajo fianza en espera de juicio no causará un peligro social; están gravemente enfermas, no pueden cuidar de sí mismas, están embarazadas o están amamantando a sus propios bebés y están en libertad bajo fianza en espera de juicio y no representarán un riesgo para la sociedad (4) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido; y deberán quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio. La ejecución del juicio será realizada por los órganos de seguridad pública.