Disposiciones legales para retrasar la presentación de causas penales por 30 días
Ámbito de aplicación:
Los órganos de seguridad pública, una vez aceptados los informes, acusaciones, denuncias y entregas de presuntos delitos económicos, revisarán inmediatamente y decidirán dentro de los siete días si se archiva el caso. ; importante, difícil, para pistas complejas, con la aprobación de la persona a cargo de la agencia de seguridad pública a nivel de condado o superior, el período de revisión de la presentación del caso se puede extender por otros 30 días para casos particularmente importantes, difíciles, complejos o; pistas transregionales, con la aprobación del responsable de la agencia de seguridad pública en el nivel superior inmediato, el período de revisión de la presentación del caso puede extenderse por otros 30 días. Si el órgano de seguridad pública de nivel superior notifica por escrito a la jurisdicción designada o el archivo de un caso, el caso será archivado para investigación dentro del plazo designado. Si la Fiscalía Popular notifica el archivo de un caso, lo presentará para su investigación dentro de los 15 días.
Detención ilegal, tortura para obtener confesiones, registros ilegales y otros delitos. La Fiscalía Popular puede presentar un caso para la investigación de actos ilegales descubiertos por el personal judicial durante el proceso de supervisión legal de las actividades del litigio.
En resumen, si un caso penal importante que involucra a un miembro del personal de una agencia estatal bajo la jurisdicción del órgano de seguridad pública necesita ser aceptado directamente por la Fiscalía Popular, la Fiscalía Popular puede presentar el caso para investigación por decisión de la Fiscalía Popular de nivel provincial o superior. Los casos de procesamiento privado son aceptados directamente por el Tribunal Popular.
Base jurídica:
Reglamento de la Fiscalía Suprema Popular y del Ministerio de Seguridad Pública sobre la tramitación de casos de delitos económicos por parte de los órganos de seguridad pública
Artículo 14
Los órganos de seguridad pública aceptarán y registrarán denuncias, denuncias, denuncias y entregas voluntarias sobre indicios de presuntos delitos económicos, independientemente de que tengan competencia o no. El órgano de seguridad pública que inicialmente aceptó el caso lo conocerá en. de conformidad con los procedimientos legales y no eludirá ni negará por motivos de jurisdicción.