¿Cuáles son las leyes y reglamentos penales?
Disposiciones legales para el delito de violación: Artículo 236 de la “Ley Penal” quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será sancionado con pena privativa de libertad fija no menor de tres años pero no más de diez años. Cualquiera que viole a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Cualquiera que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias será condenado a pena de prisión fija no inferior a diez años, cadena perpetua o pena de muerte: (1) Viole a una mujer o viole a una joven , y las circunstancias son atroces; (2) Viola a una mujer, o viola a varias niñas; (3) Viola a mujeres en público en lugares públicos; (4) Viola en grupo a dos o más personas; (5) Artículo 241, párrafo 2; , causar lesiones graves, muerte u otras consecuencias graves a la víctima, sobornar a una mujer objeto de trata, quien por la fuerza tenga relaciones sexuales con ella será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de esta Ley. Artículo 259, párrafo 2: Quien se aproveche de su poder para obligar a otros a violar a la esposa de un soldado será condenado y castigado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de esta Ley. Artículo 300, párrafo 3: Quien organice o utilice una organización sectaria o utilice la superstición para violar a mujeres o defraudar bienes será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236 y 266 de esta Ley, respectivamente. Artículo 52, párrafo 5, de la "Ley de Protección de las Personas Discapacitadas" Quien cometa adulterio con una persona discapacitada que no pueda reconocer la conducta debido a una discapacidad mental o intelectual será considerado penalmente responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 139 de la Derecho penal.