¿Es legalmente vinculante la mediación entre las dos partes dentro de la empresa?
Sí.
El artículo 11 del "Reglamento sobre negociación y mediación de conflictos laborales empresariales" estipula claramente que el acuerdo de conciliación es vinculante para ambas partes y debe ser ejecutado por ambas partes.
Aunque la "Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales" y el "Reglamento de Negociación y Mediación de Conflictos Laborales Empresariales" estipulan que después de que las partes lleguen a un acuerdo de conciliación, si una de las partes no lo cumple dentro del tiempo acordado límite, puede solicitar mediación o arbitraje, pero esto no significa que el acuerdo de solución negociado no sea vinculante para ambas partes.