Red de Respuestas Legales - Consulta de marcas - Quienes infrinjan los derechos de propiedad intelectual de otros en casos graves tienen derecho a solicitar los daños punitivos correspondientes.

Quienes infrinjan los derechos de propiedad intelectual de otros en casos graves tienen derecho a solicitar los daños punitivos correspondientes.

Subjetividad jurídica:

Si un producto se produce o vende conscientemente a pesar de saber que es defectuoso, causando la muerte o daños graves a la salud de otros, la parte infractora tiene derecho a solicitar los daños punitivos correspondientes. Según el artículo 47, en los casos de responsabilidad por productos defectuosos, la parte infractora tiene derecho a solicitar una indemnización por pérdidas patrimoniales y daños personales de conformidad con los artículos 16, 19, 22, 41 y 42 de la Ley de Responsabilidad Civil, además de los daños y perjuicios. /o daños mentales, el infractor también tiene derecho a solicitar que asuma la responsabilidad de los "daños punitivos correspondientes". Para comprender correctamente esta ley, es necesario comprender los siguientes aspectos de las regulaciones: Primero, esta disposición solo se aplica a casos de responsabilidad del producto y no se aplica a otros tipos de casos de responsabilidad sin culpa o culpa. Es decir, en la legislación de responsabilidad extracontractual de nuestro país, las normas de indemnización por daños punitivos existen como excepción o forma especial, más que como una forma general de responsabilidad extracontractual. Se diferencian de la indemnización compensatoria por pérdidas patrimoniales, la indemnización por daños personales y la indemnización por daños mentales. La compensación es completamente diferente y las tres últimas son universalmente aplicables. En segundo lugar, la aplicación de daños punitivos en casos de responsabilidad por productos requiere el elemento subjetivo de que el productor o vendedor del producto defectuoso, como infractor, "sabe que el producto es defectuoso". "A sabiendas" indica un estado cognitivo subjetivo y objetivo en el que el infractor sabe clara y definitivamente que el producto es defectuoso, y no incluye "debería haber sabido" o "conocimiento construido". Por ejemplo, en el incidente de la leche en polvo Sanlu, los ejecutivos de la empresa en ese momento recibieron informes de que se había agregado melamina a la leche cruda, pero lo ocultaron. Por lo tanto, podemos concluir que era "consciente" de los defectos del producto. Buscar o permitir intencionalmente que se produzcan consecuencias perjudiciales debe hacerse con conocimiento; en caso de negligencia grave, también puede hacerse con conocimiento de causa, por ejemplo, el infractor ya sabía que el defecto existía, pero se arriesgó y permitió la producción y venta. de productos defectuosos para ahorrar costes. Finalmente, cuando se aplica el método de la responsabilidad por daños punitivos en casos de responsabilidad por productos, además de la exigencia del “conocimiento” del infractor, también se requiere la exigencia de las consecuencias del daño, es decir, las consecuencias de causar la muerte o un daño grave al salud de los demás. Sólo cuando se cumplan plenamente y al mismo tiempo los elementos constitutivos de la responsabilidad por daños punitivos estipulados en el artículo 47, podrá considerarse que el infractor es responsable de los daños punitivos. La aplicación de la indemnización punitiva requiere la muerte o daño grave a la salud del ofendido. El "daño grave a la salud" ajeno previsto en el artículo 47 se refiere a la invalidez o reducción severa de la función de un órgano o miembro, enfermedad crítica que requiera rescate u hospitalización, consecuencias crónicas a largo plazo que sean gravemente perjudiciales para la salud, etc. De acuerdo con las disposiciones legales de nuestro país, los productores y vendedores de productos relevantes deben realizar los procedimientos pertinentes después de realizar inspecciones de acuerdo con las disposiciones legales de nuestro país. Si se producen problemas de calidad, se debe brindar el tratamiento adecuado a dichas víctimas. Después del tratamiento, se debe compensar a los consumidores y los supervisores pertinentes también deben recibir sanciones legales. Objetividad jurídica:

El artículo 1185 del Código Civil estipula que si se infringen intencionalmente derechos de propiedad intelectual ajenos y las circunstancias son graves, la parte infringida tiene derecho a solicitar la indemnización punitiva correspondiente. (El Código Civil entrará en vigor el 1 de enero de 2021).