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¿Qué es la ley? (especifique)

La primera sección es una visión del derecho desde múltiples perspectivas.

Desde diferentes perspectivas, las personas tienen diversos entendimientos y comprensiones de “qué es el derecho”. A lo largo de los tiempos antiguos y modernos, la gente en el país y en el extranjero ha observado la ley desde múltiples ángulos y ha formado diversos puntos de vista legales.

1. La visión jurídica de la posición del legislador

Las opiniones representativas al respecto incluyen: (1) Teoría del mando. Esta teoría comenzó con el francés Bodin. Bodin fundó la teoría de la soberanía y sentó las bases teóricas para la teoría del mando legal. Hobbes, un representante de la escuela de derecho natural, creía que el derecho "es una ley mediante la cual el Estado le ordena distinguir el bien del mal a través del lenguaje, la escritura u otra voluntad suficiente. Bentham, del derecho utilitario, decía que el derecho es una amenaza para el derecho". El ejercicio por parte del Estado del derecho a castigar los delitos de orden sexual. Austin, de la escuela analítica, creía que la ley era orden del monarca. "La ley es una orden que requiere que un individuo o grupo haga esto o aquello... Las leyes y otras órdenes se consideran declaradas por los superiores y obligan o instruyen a los subordinados. Auschwitz también utilizó tres términos: orden, obligación y derecho a". Explicar el concepto de derecho. (2) La teoría del poder (coerción) se refiere a tratar el derecho como una manifestación de poder o coerción. Por ejemplo, Shang Yang, un antiguo legalista chino, dijo: "Aquellos que practican el Dharma reciben órdenes de los funcionarios, y el castigo debe estar en el corazón de la gente. Recompensa y observa la ley con precaución, y se debe imponer castigo a aquellos". que cometen adulterio". Han Fei dijo: "Los practicantes del Dharma budista lo compilaron en un libro, Reunidos en el gobierno, divididos entre la gente". (3) Teoría de la voluntad. En las sociedades antiguas, la gente creía que la ley provenía de Dios o de Dios, y que la ley era una manifestación de la voluntad de Dios. En los tiempos modernos, a menudo se considera que la ley es la encarnación de la voluntad del pueblo (legisladores). Por ejemplo, Rousseau, de la escuela de derecho natural, creía que el derecho es producto de un contrato social. Al firmar un contrato social, las personas transfieren todos sus derechos naturales a un grupo soberano. La soberanía popular significa la implementación de la voluntad general, y todas las expresiones de la voluntad general se logran mediante la toma de decisiones por mayoría. Por tanto, el derecho es la expresión de la voluntad general. (4) Teoría de la regla (norma). Por ejemplo, las antiguas pipas chinas decían: "Las pipas son del mismo tamaño, tienen las mismas cuerdas, los mismos calibres y las mismas piedras. Luchar para encontrarlas y medirlas se llama ley". Los funcionarios y el pueblo respetan las reglas ", dijo Shen Jiaben, un jurista de finales de la dinastía Qing:" La ley es el programa del mundo y la herramienta de todas las cosas. Tomás de Aquino, el teólogo occidental medieval, dijo: "La ley es un código de conducta o medida por la cual las personas conducen a ciertas acciones y no a hacer otras cosas". La escuela occidental moderna de positivismo analítico claramente considera la ley como una regla o norma. Por ejemplo, Kelsen, de la escuela jurídica pura, creía que la ley es un orden normativo obligatorio para el comportamiento de las personas. Hart, la nueva escuela analítica británica, cree que el derecho es una combinación de reglas primarias y secundarias. Las reglas primarias establecen obligaciones y las reglas secundarias establecen derechos.

En segundo lugar, el punto de vista judicial desde una perspectiva jurídica

Contrariamente al punto de vista jurídico del legislador, es el punto de vista jurídico del poder judicial. Esta visión legal es popular en países de derecho consuetudinario con una tradición de jurisprudencia. Como dijo el famoso jurista comparado René Davie: "El derecho inglés es básicamente jurisprudencia; sus normas se pueden encontrar básicamente en las razones de las sentencias dictadas por el Tribunal Superior británico. En consecuencia, "las normas jurídicas inglesas son para los casos específicos que se plantearon durante la audiencia del caso para resolver el caso. "En la historia del pensamiento jurídico occidental, la visión jurídica desde el punto de vista judicial siempre ha sido dominante en Gran Bretaña y Estados Unidos. Hasta tal punto que el jurista británico Bentham intentó reformar el sistema jurídico británico, pero con poco éxito. vista desde la perspectiva del poder judicial, como dijo el juez estadounidense Holmes: “Por ley me refiero a predicciones de lo que los tribunales harán realmente, no sólo palabras vacías. "El jurista estadounidense Gray dijo: "El derecho sólo se refiere a lo que el tribunal estipula en su sentencia. Los reglamentos, los precedentes, los peritajes, las costumbres y la moral son sólo las fuentes del derecho. El derecho real se crea cuando un tribunal dicta su sentencia. Esta perspectiva jurídica influyó profundamente en el realismo jurídico estadounidense. Hasta tal punto que la ley se considera directamente como una sentencia dictada por el tribunal. Por ejemplo, el jurista estadounidense Llewellyn dijo: "La ley no es una ley oficial, sino que existe en las actividades reales de los funcionarios o civiles, especialmente en las actividades judiciales de los jueces. Lo que los funcionarios hacen con las disputas es la ley. El abogado Frank dice: “Porque En cualquier situación específica, la ley es la ley real, es decir, un juicio pasado sobre la situación, o un enfoque aproximado, es decir, una predicción de un juicio futuro. "Dworkin, el famoso jurista estadounidense de hoy, también sostiene una perspectiva jurídica desde una perspectiva judicial. Descartes cree que el derecho tiene la naturaleza de interpretación, y el derecho puede completarse en la interpretación. El derecho es un concepto interpretativo. Porque la llamada interpretación jurídica en los países occidentales es puramente un tipo de actividad judicial, no existe una interpretación legislativa como la nuestra. Por lo tanto, la visión jurídica de Dworkin es una perspectiva judicial típica.

En tercer lugar, la visión jurídica desde una perspectiva sociológica.

El surgimiento de la escuela sociológica del derecho es el acontecimiento más importante en el ámbito de la jurisprudencia occidental en el siglo XX. Esto proporciona una nueva perspectiva sobre el concepto de derecho. La jurisprudencia social aplica métodos científicos al derecho y propugna su colocación. en la sociedad El funcionamiento real del derecho en la sociedad y la relación entre el derecho y los hechos sociales se utilizan para comprender y comprender el derecho social se centra en definir el concepto de derecho desde los aspectos de la base social, las funciones sociales y los efectos específicos del derecho. , que propone el concepto jurídico occidental tradicional. Por ejemplo, el jurista estadounidense Pound creía que el derecho es una "ingeniería social" y una forma altamente especializada de control social implementada en el proceso judicial y administrativo basada en regulaciones autorizadas con el propósito de minimizar. sacrificio, para satisfacer las necesidades de toda la humanidad tanto como sea posible.

A partir de esto, Pound analizó más a fondo la estructura del derecho y propuso la teoría modelo de derecho-derecho-tecnología-ideal. El jurista austriaco Ehrlich creía claramente que el centro del desarrollo jurídico está en la sociedad misma, no en el Estado. Por tanto, rechaza el concepto tradicional de derecho. Primero, las leyes las hace el estado. En segundo lugar, la ley es la base para la sentencia del tribunal u otros órganos judiciales; en tercer lugar, la coerción legal es la base para que la sentencia sea efectiva. Ehrlich dividió además el derecho en dos categorías: una es la ley promulgada por el Estado; la otra es el orden social mismo. Como orden social mismo, Ehrlich llama al derecho "derecho vivo". Ehrlich argumentó que el concepto jurídico tradicional de que las leyes las hace el Estado es en realidad sólo una pequeña parte de la ley. Por ello, hizo hincapié en el estudio de los "métodos de vida". El realista jurídico P. Llewellyn distinguió entre "reglas de papel" y "reglas reales" basándose en las opiniones de Pound sobre la distinción entre "ley en los libros" y "ley en acción". Creía que el verdadero derecho era este último, por lo que propuso que "lo que hacen los funcionarios en los conflictos es el derecho". El derecho de intereses, representado por el jurista alemán Heck, creía que el derecho se originaba a partir de conflictos, contradicciones y luchas de intereses. Las normas jurídicas constituyen principios o leyes establecidas por los legisladores para resolver diversos conflictos de intereses. En la adjudicación judicial, los jueces deben identificar los intereses que los legisladores pretendían proteger a través de normas jurídicas específicas. Blake, la escuela jurídica conductista estadounidense, cree que "la ley existe en la conducta observable, no en las reglas". Hoy en día, los antropólogos jurídicos occidentales también proponen que el derecho es una especie de "conocimiento local". Esta visión jurídica ha influido en los círculos jurídicos chinos desde la década de 1990, manifestándose en debates teóricos sobre el Estado de derecho y sus recursos locales.

En cuarto lugar, el concepto jurídico en un sentido ético

La ley, la moral y la religión son los tres medios principales para controlar la sociedad humana. A nivel de filosofía jurídica, la relación entre derecho y moral es la relación entre derecho natural y derecho positivo. Ésta también ha sido una cuestión básica en la historia jurídica occidental durante mucho tiempo. Ver el derecho desde una perspectiva ética tiene una larga historia en Occidente. Aristóteles de la antigua Grecia creía que el derecho "debe ser un sistema que impulse a las personas de todos los países a entrar en la justicia y la bondad". El jurista romano Gersu definió el derecho como "el arte de la bondad y la justicia". El teólogo medieval Tomás de Aquino creía que la ley violenta no era ley en sentido estricto, porque no se basaba en un juicio razonable sino en el abuso de la ley. Por tanto, la eficacia de la ley depende de su justicia. Los juristas naturales clásicos de los siglos XVII y XVIII creían que la ley natural es la encarnación de la razón y la justicia humanas. La ley natural existe antes que la ley positiva, y la ley positiva formulada por el Estado debe ajustarse a la ley natural para ser la ley real. Por tanto, las leyes son mandatos legítimos y racionales. Se puede ver que la visión jurídica de la escuela de derecho natural se basa esencialmente en algunas normas y requisitos morales. La filosofía jurídica clásica alemana enfatiza la conexión inherente entre derecho y libertad. El derecho es la libertad como idea y la ley universal de la libertad. En el siglo XX, la nueva escuela de derecho natural todavía insistía en que el derecho y la moralidad eran inseparables y que el derecho era moral. De modo que las leyes antihumanas promulgadas por la Alemania nazi no eran leyes en absoluto. En definitiva, la visión jurídica desde una perspectiva ética recorre toda la historia del derecho occidental. Esto se refleja en la forma única de pensar el dualismo entre derecho natural y derecho positivo en Occidente. Ésta es también la razón intrínseca de la distinción entre derecho (derecho subjetivo) y derecho (derecho objetivo). Es la relación inseparable entre derecho y libertad, justicia y derechos. Por el contrario, el análisis jurídico occidental insiste en la separación del derecho y la moralidad, defiende que "la ley mala es también ley" y equipara "la ley es justicia" con "la ley es la voluntad de los legisladores". En esencia, a diferencia del derecho natural, el derecho se reduce a la expresión de la voluntad humana. En la jurisprudencia occidental, el racionalismo y el voluntarismo constituyen dos puntos de vista jurídicos opuestos.

La relación entre derecho y moralidad también es un tema importante en la cultura jurídica tradicional china. Sin embargo, los temas que trata son diferentes a los de Occidente. No se centra en la relación ontológica entre derecho y moralidad, sino en su papel y estatus en la vida social. La disputa entre confucianismo y legalismo en la antigua China era sólo una disputa entre ley y moralidad, y era más adecuada como herramienta de gobierno. El confucianismo finalmente prevaleció. La ley ética constituye la esencia básica del pensamiento jurídico confuciano, y la benevolencia, la justicia, la etiqueta y la justicia son superiores a la política criminal. Por tanto, la antigua ley china estaba subordinada al ritual. No sólo la elaboración de leyes se rige por principios éticos, sino que las decisiones judiciales también están imbuidas del concepto de cortesía moral. Esto dio lugar a que las antiguas leyes chinas carecieran de carácter independiente y se convirtieran en una herramienta de gobierno de la voluntad del monarca. Por tanto, la antigua ley china es una típica "ley ética".

Sección 2 Características básicas del derecho y pensamiento jurídico

1. Características básicas del derecho

Durante mucho tiempo, los círculos jurídicos suelen expresar las características básicas del derecho. Derecho Porque: como norma social que se diferencia de otros fenómenos sociales como la moral y la religión, el derecho tiene como contenido básico la voluntad, los derechos y las obligaciones normativas y nacionales. Hay dos razones para esta visión: primero, desde la perspectiva de los conceptos jurídicos, el punto de partida y centro de operación de las características jurídicas antes mencionadas son el Estado y el gobierno; segundo, desde la perspectiva del funcionamiento jurídico, la definición de lo que es; Las características jurídicas antes mencionadas implican un modelo operativo jurídico de arriba hacia abajo. El defecto del método de inducción anterior es que el objeto de observación se limita a las leyes nacionales. Este es el producto de ver la ley desde una perspectiva legislativa. Si bien esta visión refleja la esencia del derecho hasta cierto punto, sólo la resume desde un ángulo e ignora otros ángulos y aspectos. Las características básicas del derecho correspondientes al Estado de derecho moderno son:

Primero, como código de conducta para las relaciones sociales, el derecho tiene atributos normativos tales como universalidad, certeza y objetividad.

Existen muchos tipos de normas sociales. Incluyendo normas morales, normas religiosas, costumbres y etiqueta, reglas y regulaciones, y reglas y regulaciones rurales. La ley es sólo una de las normas sociales. La diferencia entre el derecho y otras normas sociales es que el derecho ajusta las relaciones sociales y logra el propósito del control social ajustando el comportamiento humano. De modo que la ley no implica el ajuste de la mente de las personas. Las normas morales regulan las relaciones sociales a través del control ideológico, y los hábitos regulan las relaciones sociales a través de conceptos sociales. Marx dijo: "En lo que respecta a la ley, aparte de mi comportamiento, yo no existo en absoluto y no soy el objeto de la ley en absoluto". Por lo tanto, la ley actúa regulando y ajustando el comportamiento de las personas.

El derecho, como norma social que regula la conducta, es normativo. Esto se refleja en: (1) Universalidad. A diferencia de ese tipo de ajuste individual, la ley misma presupone la existencia de reglas (normas). La palabra norma proviene del latín norma, que significa regla, norma o medida. Por tanto, el derecho es general, abstracto y general. No está dirigido a ninguna persona o cosa específica y trata a todos por igual. Por lo que se puede aplicar repetidamente. Desde la perspectiva de los efectos jurídicos, el derecho es universalmente vinculante en el tiempo, el espacio, las personas y las cosas. Desde un nivel más profundo, esta ley que se ha aplicado repetidamente y universalmente observada tiene una moralidad universal inherente. Esta es también una razón importante por la que el derecho occidental a menudo se asocia con la equidad, la justicia y los derechos. La universalidad de esta ley trasciende incluso las fronteras de países y naciones. Esta es también la razón por la cual el trasplante legal, la globalización y la unificación son posibles hoy. (2) Certeza. El derecho es la confirmación de las relaciones sociales pasadas y del orden social, y las normas jurídicas son los elementos principales. Las normas jurídicas son muy concretas, concretas y ciertas. En este sentido, la ley es una fuerza relativamente conservadora en la sociedad. El proceso judicial se basa en la estricta lógica formal de las normas jurídicas para que el razonamiento jurídico garantice la certeza de las sentencias. Desde los tiempos modernos, las actividades legislativas generalizadas en los países occidentales y el auge del análisis empírico en la investigación jurídica han impulsado a la gente a buscar seguridad jurídica. La seguridad jurídica es uno de los pilares importantes del Estado de derecho moderno. (3) Objetividad y racionalidad. Otro fundamento del estado de derecho moderno es que el derecho es una regla que acepta una guía racional, se ajusta a ciertos principios racionales y leyes sociales y tiene la función de eliminar y restringir el comportamiento arbitrario de las personas. Por lo tanto, el derecho moderno tiene ciertos atributos objetivos. Weber, un famoso pensador alemán, creía que el surgimiento y desarrollo del capitalismo requería que las leyes pudieran calcularse racionalmente y, por lo tanto, el derecho occidental mostraba una forma de racionalidad formal. El papel de la ley es establecer y mantener una expectativa de comportamiento aproximadamente determinable para facilitar la comunicación de las personas en las actividades económicas. La objetividad y racionalidad del derecho provienen de la finalidad y la previsibilidad en las relaciones conductuales de las personas, limitando y eliminando así la ceguera, la inconsciencia y la irracionalidad del comportamiento humano. En el proceso judicial, la objetividad del derecho se refleja en la objetividad de la interpretación jurídica y la búsqueda de la única interpretación correcta de la interpretación jurídica. Esta es la base de la teoría moderna del estado de derecho. Dado que el Estado de derecho es el Estado de reglas, utiliza reglas externas objetivas para limitar la arbitrariedad subjetiva de las personas.

En segundo lugar, el derecho es una norma social relativamente independiente, que se origina en el Estado y está arraigada en la sociedad.

Esto se define desde el origen ontológico del derecho. La sociología jurídica y la antropología jurídica muestran que el derecho es pluralista y proviene tanto del Estado como de la sociedad. En el primer caso, la ley suele ser un código de conducta establecido y reconocido por el Estado. Se ha sugerido que la promulgación, el reconocimiento y la interpretación son las tres formas principales de creación jurídica. Esta visión es cuestionable. La interpretación jurídica es una actividad judicial típica y debe caer dentro del ámbito de la justicia. Sin embargo, el concepto jurídico que equipara el derecho con la legislación es muy popular en China, y la extensión del concepto legislativo a menudo se extiende para dar cabida y explicar el derecho. Ésta es la lógica interna del punto de vista anterior. De hecho, la principal forma en que se crean las leyes es mediante su promulgación y reconocimiento estatal. La formulación es la generación de normas jurídicas a través de actividades legislativas, y el reconocimiento es el reconocimiento por parte del Estado de las reglas sociales existentes y su otorgamiento de efecto jurídico. Esto suele reconocerse de las siguientes maneras: en primer lugar, dando efecto jurídico a determinadas normas sociales como la moral, la religión, las costumbres y la etiqueta, en segundo lugar, reconociendo, firmando o adhiriéndose a tratados internacionales y reconociendo normas de derecho internacional, haciéndolas jurídicamente vinculantes a nivel nacional; ; el tercero es formular algunas reglas y principios a través de decisiones judiciales en casos específicos y hacerlos jurídicamente vinculantes. La interpretación legal no es cómo se crea la ley.

En tercer lugar, la ley es funcionalmente obligatoria y ontológicamente legal.

Coerción es aquella que utiliza el poder, la represión, la coerción y las sanciones como señas y características del derecho. En el proceso histórico del surgimiento de los Estados-nación modernos, a medida que el estatus del Estado en las actividades legislativas y judiciales aumentó, e incluso alcanzó un monopolio, el concepto de ius cogens gradualmente se hizo prominente. En la historia del derecho occidental, este concepto ha experimentado el desarrollo desde el Bodin francés hasta el Hobbes británico y, finalmente, hasta la teoría de Austin de la escuela analítica. La teoría de la compulsión se basa en la naturaleza maligna de la naturaleza humana. En el modelo básico del derecho, el derecho se considera una orden del monarca. En la relación entre derechos y poder, el poder del gobernante es supremo. Desde el siglo XX, diversas escuelas de jurisprudencia occidental han demostrado que han diluido o incluso eliminado el concepto tradicional de coerción, es decir, admitiendo que la implementación de la ley se basa en la "coerción" como respaldo en algunos casos, pero cancelando la "obligatoria". "Como teoría del concepto jurídico, el estatus de las características básicas. Esto marca un cambio en la jurisprudencia occidental en el nivel ontológico de los conceptos jurídicos.

En cuarto lugar, el derecho es una norma social que tiene como contenido principal los derechos y obligaciones.

En la década de 1980, los círculos jurídicos chinos resumían claramente los derechos y obligaciones como categorías básicas del derecho. De hecho, los derechos y deberes son los elementos decisivos del derecho y lo distinguen de otros métodos de regulación social, como la moral, la religión, las costumbres y la disciplina. Los derechos y obligaciones constituyen el contenido básico de la ley, atraviesan todos los departamentos de la ley y todo el proceso de operación legal, y representan y encarnan plenamente el valor de la ley. En la historia de la jurisprudencia occidental, el derecho y los derechos tienen un origen histórico y cultural muy largo. La palabra latina jus tiene varios significados al mismo tiempo: derecho, ley y justicia. Los derechos legales de los sujetos a menudo se denominan leyes subjetivas (derechos). Desde la perspectiva de la filosofía jurídica, cuando las reglas jurídicas establecen derechos y obligaciones, es decir, cuando las leyes se utilizan para expresar la voluntad de los legisladores, el comportamiento establecido por las reglas jurídicas no refleja la "voluntad" del legislador en el sentido psicológico. . En este caso, las normas jurídicas que establecen derechos y deberes expresan que alguien "debe" comportarse de cierta manera, pero no significan que alguien realmente "quiera" que se comporte de esa manera. En este sentido, el derecho pertenece a la categoría de "debería ser" más que a la categoría de "en realidad es". En la jurisprudencia positivista basada en esta teoría, los derechos y obligaciones son estatutarios y cuantificables. La ley estipula derechos y obligaciones en forma de autorización, orden o prohibición a través de reglas o normas, ajusta el comportamiento de las personas y luego ajusta determinadas relaciones sociales. Por supuesto, según el materialismo, todas las relaciones sociales implican ciertos intereses. El ajuste de las relaciones sociales por la ley consiste en fijar los intereses sociales incorporados en diversas relaciones sociales en forma de derechos y obligaciones legales. Ésta es otra característica derivada del derecho como mecanismo para ajustar las relaciones de interés social.

2. Características básicas del pensamiento jurídico

Este artículo explora la forma única de pensar de los profesionales del derecho a partir de una comprensión preliminar de los conceptos jurídicos. Para los estudiantes de derecho, cultivar y formar el pensamiento jurídico profesional es un vínculo clave en sus futuras carreras jurídicas.

El llamado pensamiento jurídico se refiere al proceso profesional de análisis, juicio, razonamiento, argumentación y explicación a través del lenguaje jurídico especial (francés) formado en la práctica jurídica de larga duración. El pensamiento jurídico es la mentalidad y el hábito de utilizar el pensamiento jurídico para observar, analizar y resolver problemas. En las actividades profesionales jurídicas a largo plazo y frecuentemente repetidas de los seres humanos, se formará gradualmente un pensamiento específico. Una vez que se forme este tipo de pensamiento, se mantendrá y continuará, y se adjuntará al mismo cuerpo legal con su modo de pensamiento único. Por tanto, la forma de pensar jurídica surgió con la profesionalización del derecho y es también una muestra de la madurez de la profesión jurídica. El erudito japonés Tanaka Seimei resumió las características del pensamiento jurídico como dogmatismo, orientación al pasado, individualidad, irreconciliabilidad de conclusiones y principio, unidad, tipo y generalidad del razonamiento. El Sr. Ji Weidong lo resumió en tres aspectos: el espíritu de defender la moralidad conforme a la ley en todo, la ventaja de "escuchar las explicaciones de los demás" y el razonamiento basado en la Teoría de los Tres Juicios. Algunos académicos creen que el pensamiento jurídico es un tipo de pensamiento jurídico que enfatiza la justicia formal, el procedimiento y el significado formal. Combinando varios puntos de vista, el pensamiento jurídico tiene las siguientes características:

En primer lugar, el pensamiento jurídico es una forma normativa de pensar, es decir, transforma todos los problemas sociales en derechos y obligaciones específicos, de acuerdo con normas formales universales. Normas y Procedimientos judiciales para la mediación. El pensamiento jurídico es la actividad de utilizar el lenguaje jurídico para observar, pensar y juzgar. El lenguaje jurídico se diferencia del lenguaje popular general. Tiene un conjunto único de conceptos y términos, a saber, el francés. En términos generales, el lenguaje jurídico utiliza palabras más precisas y debe ser lo más sencillo, conciso y claro posible. La redacción debe estandarizarse y unificarse, y debe enfatizarse la relativa estabilidad de la semántica. Si una sociedad aboga por el Estado de derecho, entonces el lenguaje jurídico se convertirá en un lenguaje ampliamente respetado y casi puede convertirse en un lenguaje universal. Tocqueville dijo que casi todas las cuestiones políticas en Estados Unidos tarde o temprano se convertirán en cuestiones legales. Hoy en día, la construcción del Estado de derecho en China debe cultivar el discurso público sobre el Estado de derecho y permitir que toda la sociedad acepte el concepto, la conciencia, el espíritu y la lógica de pensamiento del Estado de derecho. Establecer el concepto de supremacía y autoridad jurídica. Los legalistas primero deben poder utilizar el lenguaje jurídico para pensar, expresar y abordar los problemas.

En segundo lugar, el pensamiento jurídico es una forma de pensar procesal. La actividad jurídica no se trata sólo de justicia sustantiva. También se debe buscar la justicia procesal o la justicia formal. En algunos casos difíciles, "la justicia sustantiva siempre conduce a debates interminables". Por lo tanto, el estado de derecho sólo puede mantener una justicia limitada. El procedimiento es una especie de autonomía relativa que opera dentro de un estricto espacio institucional establecido por el Estado. Como dijo Ji Weidong: "La inferencia jurídica es un tipo especial de discusión práctica altamente institucionalizada y formalizada. La inferencia jurídica se lleva a cabo en determinadas organizaciones, sistemas y procedimientos, y debe cumplir estrictamente con las reglas de evidencia y debate; sus técnicas de argumentación son también especialmente capacitados y enfocados en encontrar razones apropiadas para la toma de decisiones justas y razonables "Esto proviene fundamentalmente de la naturaleza de las actividades jurídicas (especialmente las judiciales), que son pasividad, neutralidad, imparcialidad y apertura, sexo y arbitrariedad. Por lo tanto, el pensamiento procesal también es una dimensión importante para lograr la lealtad de los jueces a la ley. Es en el espacio programado e institucionalizado donde se refleja plenamente el valor racional de la objetividad jurídica, mientras que los factores arbitrarios se eliminan al mínimo.

En tercer lugar, la forma de pensar jurídica sigue una lógica estricta y meticulosa. El pensamiento procede de acuerdo con cierta lógica y reglas. En términos generales, la forma de pensar de los juristas es adherirse al método de razonamiento del silogismo. Un concepto básico utilizado en hermenéutica es el de inclusión, que se refiere a un proceso de pensamiento lógico que sitúa los hechos de un caso pendiente bajo los elementos constitutivos de las normas jurídicas para obtener una conclusión específica.

Es decir, el proceso de aplicar normas legales a casos específicos para obtener un veredicto. De esta manera se salvarán las brechas entre las normas jurídicas y los hechos, entre la universalidad y la particularidad, entre el pasado y el futuro. Por tanto, la lógica profesional del pensamiento jurídico es diferente de la lógica de otros pensamientos políticos, morales y públicos. La lógica del pensamiento jurídico muestra una magnífica racionalidad formal y técnica en un estricto espacio institucional y procesal. Ésta es la esencia del concepto moderno de Estado de Derecho. Por el contrario, otras lógicas de pensamiento tienen tendencias emocionales y emocionales obvias.

Finalmente, la conclusión perseguida por el método del pensamiento jurídico sólo puede ser lo más aceptable posible y es imposible lograr la "verdad" absolutamente necesaria. Por tanto, debemos prestar atención a demostrar que la decisión es razonable, fundada y convincente. En las actividades judiciales, esto se manifiesta como una forma de pensar determinista y singular. Esta forma de pensar se utiliza para juzgar los hechos. Sólo se pueden hacer juicios de sí o no, no juicios de uno u otro. Cuando planteamos muchas cuestiones, sólo hacemos descripciones objetivas sin emitir juicios de valor. Los legalistas sólo pueden reconstruir los hechos del caso a partir de las afirmaciones y pruebas de las partes que cumplan con los requisitos procesales establecidos. No puedes imaginarlo con audacia, sólo puedes verificarlo cuidadosamente. Toma decisiones en base a esto. Y la conclusión es clara: no se trata de "salir del paso" ni de "50 cada uno", aunque a veces su idoneidad sigue siendo cuestionable. El pensamiento jurídico es diferente del pensamiento político y administrativo y tiene las características de "pesar" y "comprometer". Debido a esto, el modelo de pensamiento jurídico requiere un conjunto de magníficos principios y técnicas de ciencia probatoria e interpretación jurídica, y exige que los jueces den razones suficientes para sus sentencias en el proceso judicial.

En tercer lugar, la educación jurídica y el cultivo del pensamiento jurídico.

El cultivo del pensamiento jurídico es uno de los propósitos importantes de la educación jurídica. Como dijo Kirk: El derecho es un arte y el conocimiento sólo puede adquirirse mediante el estudio y la práctica a largo plazo. Casualmente, el juez estadounidense Posner también considera el derecho como una especie de razón práctica. Creía que la razón práctica es una "bolsa de la compra" que incluye anécdotas, introspección, imaginación, sentido común, empatía, motivos de desaprobación, autoridad del hablante, metáforas, analogías, etc. En definitiva, fue un evento muy profesional. China nunca ha formado verdaderos juristas y los jueces nunca han formado una profesión especial. La tradición ha sido la "justicia de condado", donde jueces y administradores se fusionan en uno. Hoy en día, el poder judicial chino sigue siendo fuertemente administrativo. A menudo se considera que los tribunales forman parte de una burocracia bien organizada. El nivel de profesionalismo y especialización del poder judicial es bajo. Aún no se ha formado una verdadera profesión legalista con un modelo de pensamiento jurídico maduro.

El cultivo de la clase jurídica china es sin duda una parte importante de la realización del Estado de derecho. Esto requiere no sólo tratar a los juristas científicamente, sino también brindarles más comprensión y respeto, y crear un entorno social saludable para la emergente profesión jurídica. Más importante aún, también tiene implicaciones importantes para la legislación china.