Red de Respuestas Legales - Consulta de marcas - ¿Puede la subrogación hacer valer la deuda debida al sujeto ejecutado?

¿Puede la subrogación hacer valer la deuda debida al sujeto ejecutado?

El derecho de subrogación significa que si la persona sujeta a la ejecución no puede pagar la deuda, pero tiene reclamaciones contra un tercero fuera del caso, el tribunal popular puede hacer cumplir la ley contra el tercero a petición de la persona que solicita la ejecución o del persona sujeta a ejecución.

Base de ejecución

La ejecución debe tener una determinada base de ejecución, que es el requisito previo para la ejecución de acuerdo con la ley.

Ley

El sujeto de ejecución deberá solicitar la ejecución con base en documentos legales vigentes. En la subrogación, el documento jurídico vigente no tiene fuerza jurídica vinculante para el tercero, entonces, ¿cuál es la base para que el tercero lo ejecute? Algunas personas han señalado que la base teórica de la subrogación es errónea y viola el principio de relatividad de la validez de las sentencias. El derecho de subrogación no tiene base legal y priva al tercero de sus derechos de litigio y otros derechos de reparación. Dado que el tercero no tiene objeciones a la notificación de cumplimiento y no cumple, la mayoría de la gente cree que la base para la ejecución debería ser la sentencia civil emitida por el tribunal popular. La ejecución de la sentencia no sólo pone en juego efectivamente el principio de ampliación de la eficacia de la ejecución, sino que también protege plenamente el derecho del tercero a oponerse, lo que constituye una poderosa base para la subrogación.

La ejecución del laudo

tiene la función de documento jurídico. Recientemente, la "Interpretación del delito de negativa a aplicar el artículo 313 del Código Penal" del Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo aclaró que las sentencias y fallos del Tribunal Popular se refieren a sentencias y fallos dictados por el Tribunal Popular de conformidad con la ley que tienen contenido coercitivo y efectos jurídicos. Sin embargo, la sentencia de ejecución contra un tercero tiene un contenido ejecutivo específico, y la sentencia adquirirá efectos jurídicos una vez que sea entregada al tercero, lo que está en consonancia con el espíritu de la interpretación. De acuerdo con las disposiciones del Tribunal Supremo sobre "Ejecución de deudas vencidas", si un tercero no cumple con el Tribunal Popular dentro del plazo especificado en la Notificación de deudas vencidas, el Tribunal Popular emitirá un aviso de ejecución al tercero. parte y ejecutarlo de acuerdo con los procedimientos generales de ejecución. De estos dos aspectos se desprende que la ejecución de un laudo contra un tercero es determinista y obligatoria y debe realizarse de acuerdo con los procedimientos generales de ejecución de documentos. Por tanto, existe una base legal para ejecutar la sentencia.

Protección de los derechos e intereses de terceros

Existen condiciones estrictas aplicables para la subrogación, que requiere que los derechos del deudor frente al tercero hayan expirado y se le dé al tercero 15 días ' Plazo de objeción. Además, en principio, el tribunal no realizará una revisión sustancial de la objeción del tercero. Una vez dictada una sentencia de ejecución contra un tercero, se notificará directamente a dicho tercero. Si el tercero no ejecuta de conformidad con la sentencia, se le enviará un aviso de ejecución y la ejecución se llevará a cabo de acuerdo con los procedimientos generales de ejecución. Todas estas condiciones.

Subrogación-Naturaleza

La naturaleza de la subrogación

Dado que las interpretaciones judiciales sólo proporcionan disposiciones simples sobre el derecho de subrogación, existen diferentes definiciones sobre la naturaleza de la subrogación. derecho de subrogación. El derecho de subrogación es sólo un

juicio judicial

método de ejecución. Quienes sostienen la visión del "sistema de ejecución continua" amplían la interpretación de "otras propiedades" del sujeto a ejecución a las pretensiones derivadas del sujeto a ejecución, lo cual no tiene fundamento jurídico. Debido a que la propiedad generalmente solo se refiere al objeto tangible de la propiedad, no incluye derechos, porque los reclamos son riesgosos.

Términos legales

Antes de que concluya la ejecución del caso, el sujeto a ejecución deberá continuar actuando. Una vez que el solicitante de la ejecución descubre que el sujeto de la ejecución tiene otros bienes disponibles para la ejecución, podrá formular una solicitud de ejecución en cualquier momento. Su finalidad es movilizar la iniciativa y el entusiasmo del solicitante de la ejecución, y otorgarle el derecho a seguir solicitando la ejecución no puede equivaler a una subrogación. Al mismo tiempo, la subrogación no es un sistema de asistencia a la ejecución. La asistencia en la ejecución es una obligación estipulada por la ley hacia las unidades y personas pertinentes, que es cualitativamente diferente de las obligaciones impuestas a las personas sujetas a ejecución mediante documentos legales vigentes. Ayudar a la persona sujeta a ejecución a cumplir es cumplir sus propias obligaciones legales, más que cumplir las obligaciones establecidas en documentos legales válidos. El derecho de subrogación consiste en hacer valer la propiedad de un tercero, más que en solicitar asistencia para la ejecución.

Por tanto, la subrogación no es un sistema de asistencia a la ejecución. La subrogación es un método para hacer cumplir los derechos del acreedor que disfruta la persona sujeta a ejecución. Es decir, cuando la persona sujeta a ejecución aún no puede cumplir con sus obligaciones legales después de tomar medidas obligatorias, se realizan en su lugar los derechos de acreedor de la persona que solicita la ejecución. de preservar los derechos del acreedor. La subrogación tiene la misma naturaleza que las medidas de ejecución tales como embargo, embargo, embargo y transferencia establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sin embargo, el derecho de subrogación no puede aplicarse con carácter general a todo tipo de procedimientos de ejecución, y sólo puede aplicarse a situaciones en las que el sujeto de la ejecución goza de derechos de acreedor.

Diferencias con transferencia de derechos de acreedor

La cesión de derechos de acreedor se refiere al acto de un acreedor de transferir todo o parte de sus derechos de acreedor a un tercero mediante un acuerdo. Una vez transferidos los derechos del acreedor, la relación original entre acreedor y deuda desaparece y surge una nueva relación entre acreedor y deuda. El acreedor ya no puede exigir el reembolso al deudor, sino que debe recurrir por sí solo a un tercero y asumir el riesgo de transferencia. La subrogación es únicamente una medida de ejecución adoptada a petición del solicitante o del sujeto de ejecución, que cambia en cierta medida el objeto de la ejecución y tiene como finalidad hacer cumplir los derechos del acreedor de que goza el sujeto de ejecución y prevenir. el comportamiento de evadir deudas. Sólo después de que el tercero cumpla la deuda, en lo que respecta al derecho sustantivo, la deuda contraída con el solicitante se extinguirá en el ámbito del cumplimiento del tercero. Si el tercero realmente no tiene bienes para la ejecución, solo puede significar que las medidas de ejecución tomadas no pueden lograr el propósito de la ejecución y el caso no puede ejecutarse. Entonces no se puede eliminar la obligación de ejecución de la persona sujeta a la ejecución hacia el solicitante. y el sujeto de ejecución no puede hacer valer el derecho de defensa del acreedor por el hecho de haber sido transferido.

Condiciones de la subrogación

Durante la ejecución no se podrán ejecutar todas las pretensiones del sujeto ejecutado. En términos generales, sólo se pueden ejecutar los bienes existentes de la persona sujeta a ejecución y se cumplen las siguientes condiciones.

El tribunal está haciendo cumplir el derecho de subrogación.

Sólo si se cumplen las condiciones se pueden hacer valer los derechos del deudor.

Los bienes existentes del sujeto a ejecución no pueden saldar la deuda.

Sólo cuando los bienes existentes del sujeto a ejecución no pueden saldar la deuda, se pueden ejecutar los derechos del acreedor frente al tercero. En la práctica, ¿cómo determinar si los bienes existentes de la persona sujeta a ejecución pueden saldar la deuda? Porque durante el proceso de ejecución, la comprensión de los bienes existentes del sujeto de ejecución es generalmente solo superficial, es decir, el estado de los bienes externos, como inmuebles, vehículos, etc. , y generalmente es difícil investigar la situación de los bienes ocultos de la persona sujeta a ejecución, como los depósitos a nombre de otros. Si se utiliza el estado actual de la propiedad externa para juzgar si puede pagar las deudas, puede ser un hecho falso más que un hecho objetivo. Además, a juzgar por el estado externo de la investigación e identificación, a veces es difícil identificar y operar con precisión. Cuando el tribunal de ejecución no logra el objetivo de la ejecución después de agotar las medidas de ejecución, podrá determinar que los bienes existentes de la persona sujeta a ejecución no pueden pagar la deuda. Este método es fácil de comprender y utilizar para el juez de ejecución.

El sujeto a ejecución tiene reclamaciones frente a un tercero.

Los créditos incluyen tanto derechos dinerarios como derechos físicos, pero no incluyen los derechos exclusivos de la persona sujeta a ejecución. Además, las reclamaciones contra terceros incluyen tanto reclamaciones vencidas como reclamaciones indebidas. Si bien la ley actual estipula que la subrogación se limita a créditos vencidos, debe aplicarse a créditos indebidos porque el propósito de la subrogación es hacer cumplir los créditos del deudor. Aunque los derechos del acreedor no han expirado, el tribunal aún debe tomar medidas de control y ejecución para evitar la pérdida de derechos indebidos del acreedor, protegiendo así los intereses de los acreedores en la mayor medida posible. En el proyecto de ley de ejecución, las reclamaciones indebidas figuran entre los objetos. Los reclamos maduros incluyen aquellos confirmados por documentos legales vigentes y aquellos que no han sido confirmados por documentos legales vigentes. A lo que normalmente nos referimos son a créditos que aún no han vencido. Las "Disposiciones del Tribunal Popular sobre varias cuestiones relativas a la ejecución (juicio)" sólo estipulan esta situación y no establecen claramente los derechos del acreedor debidos a la sentencia. Existen dos situaciones para reclamaciones que han sido juzgadas y caducadas: En primer lugar, la persona sujeta a ejecución solicita la ejecución contra un tercero. Esta situación es más fácil de manejar y puede solicitar a otros tribunales que le ayuden a hacer cumplir la ley. En segundo lugar, la persona sujeta a ejecución no ha solicitado la ejecución a un tercero. Cuando los créditos liquidados de un deudor son insuficientes para pagar las deudas vencidas, algunos deudores suelen tener una actitud negativa hacia las solicitudes de créditos liquidados. O son demasiado vagos para solicitar la ejecución o intencionalmente no la solicitan porque están interesados ​​en las reclamaciones resueltas. En este momento, se vuelve una necesidad práctica permitir que el acreedor ejerza el derecho de subrogación para solicitar la ejecución de los créditos liquidados del deudor. A juzgar por las normas de aplicación, no existen restricciones especiales para los créditos vencidos. Ciertos créditos vencidos se confirman, por lo que, en teoría, los solicitantes con créditos confirmados también pueden solicitar la ejecución por subrogación.

La persona sujeta a ejecución es demasiado vaga para ejercer sus derechos.

Hay aquí dos significados: uno es que el sujeto de ejecución fue perezoso para ejercerlo, lo que significa que pudo ejercerlo pero no lo ejerció. El otro es que ejerció sus derechos de acreedor pero no lo hizo. lograr el propósito. Porque para la ejecución por subrogación, no es obvio si la persona ejecutada es esencialmente perezosa en el ejercicio de los derechos del acreedor. La verdadera importancia es si se puede lograr el propósito de la ejecución.

El sujeto a ejecución o el sujeto a solicitud de ejecución

Porque los derechos de acreedor debido del deudor son los derechos ejercidos por el sujeto a ejecución por subrogación, ya sea que se ejerza este derecho Depende de la persona sujeta a ejecución. Si el tribunal popular no cumple con la solicitud de la persona sujeta a ejecución, pero ejecuta directamente el caso de oficio, privará a la persona sujeta a ejecución del derecho a aplicar sanciones y violará los principios sancionadores de la Ley de Procedimiento Civil. Si el sujeto de ejecución solicita la subrogación, se le dará trato diferente. Si el sujeto de ejecución no tiene bienes disponibles para la ejecución y su solicitud exige la ejecución de los derechos del acreedor debido y reúne las condiciones para la subrogación, podrá concederse la ejecución. Si el sujeto de ejecución tuviere bienes disponibles para ejecución, se rechazará la solicitud de subrogación.

Subrogación-Vesting

La concesión del efecto ejecutivo afecta directamente a la distribución de los derechos del acreedor y a la prioridad de pago, lo que reviste gran importancia. Una vez que la persona que solicita la ejecución ejerce el derecho de subrogación de conformidad con la ley, existen dos opiniones sobre quién debe pagar la deuda como tercero, ya sea la persona que solicita la ejecución o la persona sujeta a la ejecución.

Principio de relatividad

Una visión es que según la teoría de la subrogación del derecho civil tradicional y el principio de relatividad de las obligaciones, el tercero sólo tiene obligaciones con la persona sujeta a ejecución. , y el tribunal hace cumplir la obligación. El titular del derecho del acreedor sólo puede ser la persona sujeta a ejecución. Cuando el sujeto de ejecución tenga múltiples acreedores, los albaceas en los demás casos podrán ser indemnizados en proporción a los derechos de sus acreedores, de lo contrario se perjudicarán los intereses de otros acreedores que no hayan solicitado la subrogación.

Disposiciones e Interpretaciones del Derecho Contractual

Otro punto de vista es que los derechos del acreedor obtenidos por subrogación deben ser ejecutados directamente por el tercero a quien solicita la ejecución, porque las normas de ejecución y la Ley de Contratos resuelve.

Ejercer el derecho de subrogación conforme a la ley

La Explicación (1) adopta esta opinión. El párrafo 2 del artículo 61, punto 12 de las "Reglas de Aplicación" estipula: "El tercero paga directamente la deuda a la persona sujeta a ejecución y no reembolsará la deuda a la persona sujeta a ejecución". La interpretación (1) estipula: "El acreedor deberá Si la demanda de subrogación presentada por el deudor secundario se establece después de una audiencia ante el tribunal popular, el deudor secundario deberá cumplir con sus obligaciones de pago al acreedor..." es decir, el tercero deberá ejecutar la deuda directamente a la persona que solicita la ejecución, y la persona que solicita la ejecución tendrá prioridad a la hora de recibir el derecho de compensación.

Importancia sustantiva

Esta disposición tiene una gran importancia sustantiva. La subrogación puede ordenar directamente al tercero que cumpla con sus deudas con el solicitante. Una vez que el tercero cumple con sus deudas con el solicitante, puede compensar los reclamos del solicitante contra la persona sujeta a ejecución, de modo que los derechos del acreedor y la relación de deudas entre la persona. sujeto a ejecución y el tercero desaparecerá.

En segundo lugar, esta disposición puede simplificar los procedimientos de litigio, reducir la complejidad y los inconvenientes de los procedimientos, facilitar la liquidación oportuna de reclamaciones y deudas y reflejar el principio de eficiencia de las actividades de transacción. En tercer lugar, esta disposición puede alentar a los acreedores a ejercer activamente sus derechos de subrogación. Es injusto dar prioridad a la persona que solicita la ejecución para buscar bienes y permitir que otros acreedores que no han ejercido sus derechos compartan fácilmente los frutos del arduo trabajo del verdugo activo.

Derechos de subrogación - Nota

Debe ingresar al procedimiento general de ejecución.

La ejecución de los créditos debidos del deudor debe limitarse estrictamente al procedimiento de ejecución, es decir, la subrogación debe aplicarse como condición esencial al procedimiento general de ejecución. Aunque el artículo 105 de los "Dictámenes Aplicables" estipula que la preservación de la propiedad puede dirigirse contra un tercero, solo tiene dos medidas obligatorias: suspensión de pago y retiro, y no tiene medidas obligatorias integrales, por lo que debe distinguirse de la ejecución. de las debidas pretensiones del sujeto ejecutado.

Presta atención a distinguir conceptos relacionados.

Para poder aplicar de forma completa y precisa el procedimiento de ejecución de subrogación, dominando sus propias condiciones y procedimientos, es también necesario distinguir estrictamente algunas cuestiones relacionadas con el mismo que fácilmente se confunden. Primero, la diferencia entre el tercero en el proceso de litigio y el tercero en el proceso de ejecución. Un tercero en el proceso de litigio se refiere a una persona que cree que tiene un derecho independiente a reclamar el tema de la disputa entre el demandante y el demandado, o que tiene un interés legal en el resultado del caso y, por lo tanto, participa. en el litigio en curso. Este tercero es un participante legal en el litigio. El tercero en el proceso de ejecución no es partícipe del litigio, pero está implicado por la relación acreedor-deuda con el sujeto de ejecución. Este tercero queda fuera del caso durante el proceso del litigio. En segundo lugar, existe la diferencia entre ejecución subrogada y unidades e individuos relevantes que poseen bienes o letras para ayudar en la ejecución. La relación entre el primero sujeto a ejecución y el tercero es una relación de derecho y deuda de acreedor. Este último, unidad o individuo relevante, no tiene propiedad sobre los bienes o notas de la persona sujeta a ejecución, solo tiene una relación de posesión. uso o custodia, debiendo entregar los bienes o notas especificadas en el documento legal. Para este último, el tribunal popular debe emitir directamente un aviso de asistencia en la ejecución a las unidades e individuos pertinentes y pedirles que lo entreguen, a diferencia del primero, que debe basarse en la solicitud de la persona o personas sujetas a ejecución. En tercer lugar, la diferencia entre transferencia de deuda durante la subrogación y ejecución. Transferencia de deuda durante la ejecución significa que con el consentimiento o ratificación de la persona que solicita la ejecución, la persona sujeta a la ejecución transfiere la deuda ejecutada a una entidad o individuo fuera del caso, y la persona que solicita la ejecución asumirá la responsabilidad de reembolso. La unidad o individuo no tiene deudas con la persona sujeta a ejecución y acepta las deudas de la persona sujeta a ejecución con base en la transferencia de deuda. Cuando el deudor no cumple voluntariamente con el acuerdo de transferencia de deuda, el tribunal popular puede cambiar la entidad ejecutora de acuerdo con el acuerdo de transferencia de deuda y obligar al deudor a pagar la deuda. En este momento, la unidad o individuo pasa a ser sujeto de ejecución con base en la transferencia de deuda.

Respetar el principio de limitación

El sujeto de ejecución deberá observar el principio de limitación en la ejecución de los derechos del acreedor debido, estando prohibida la subrogación. Es decir, el derecho de subrogación de quien solicita la ejecución sólo puede oponerse a un tercero.

El símbolo solemne del tribunal

Disfrutan, pero no frente a terceros deudores, de las llamadas “cuarta persona” y “quinta persona”. Después de dictarse una sentencia de ejecución contra un tercero, si el tercero no tiene bienes para la ejecución, pero se descubre que tiene un derecho de acreedor contra otra persona, el derecho de acreedor del tercero contra el tercero no se hará cumplir. Esto se debe a que en la práctica, si el tercero se infiere secuencialmente sin restricción, aumentará el número de vínculos, complicará la relación y dificultará el logro del propósito de subrogación. Por el contrario, causará confusión y aumentará la subrogación. dificultad de ejecución.

Además, cabe señalar que si la persona jurídica como sujeto de ejecución es declarada en quiebra, no puede continuar la subrogación, sino que debe suspender la ejecución y notificar al solicitante para que participe en la distribución de bienes.