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¿Una persona todavía tiene derechos personales después de la muerte?

Los derechos que disfruta el causante

1. Panorama general de los derechos del causante

Los derechos mencionados en este artículo se refieren a los derechos de los ciudadanos. Los derechos de los ciudadanos se refieren a ciertos derechos e intereses que los ciudadanos disfrutan de conformidad con la ley. Se manifiesta en el hecho de que los ciudadanos que disfrutan de derechos tienen el derecho de realizar determinadas conductas y exigir que otros realicen conductas correspondientes, y están protegidos por las leyes nacionales. En primer lugar, los derechos de los ciudadanos deben estar estipulados en la constitución y las leyes y, por tanto, protegidos por el Estado. En segundo lugar, los derechos incluyen tanto acciones como omisiones. Es decir, por un lado, los ciudadanos tienen derecho a realizar determinadas acciones por sí mismos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y las leyes, por otro lado, los ciudadanos tienen derecho a exigir a otros ciudadanos o organismos estatales, grupos sociales; , las empresas e instituciones hacen o no ciertas cosas. Este tipo de comportamiento permite al individuo obtener ciertos beneficios o realizar ciertos deseos, y está protegido por las leyes nacionales. Los derechos de los ciudadanos incluyen los derechos políticos, económicos, culturales, sociales y personales que se disfrutan de conformidad con la ley.

Los derechos mencionados anteriormente se refieren a la situación de los ciudadanos comunes, pero para el difunto, algunos derechos se extinguirán (suspenderán) con la muerte del difunto, pero otros bajarán. Estos derechos reservados no serán derechos completos como los de los vivos, sino derechos parciales. Los muertos no pueden hacer realidad sus derechos mediante sus propias acciones, sino que sólo pueden hacerlo mediante la inacción o pidiendo a otros que actúen o no actúen.

Por ejemplo, el derecho de un ciudadano al honor puede obtenerse mediante su propio esfuerzo, lo que jurídicamente se denomina realización de un acto. Una persona fallecida no puede obtener este derecho por sus propios esfuerzos, pero si el fallecido trabajó duro durante su vida, las organizaciones pertinentes pueden concederle este derecho póstumamente. Quienes no lo hayan recibido en vida y no hayan sido concedidos póstumamente nunca tendrán este derecho honorífico. Si el difunto había recibido algún tipo de honor durante su vida, este derecho al honor no cesaba con la muerte del difunto, sino que se conservaba para siempre. Este derecho al honor se disfruta de una manera que requiere que otros no lo infrinjan.

2. Derechos del difunto

Los derechos que disfruta el difunto están estipulados en las leyes básicas de la constitución de nuestro país.

El artículo 38 de la Constitución de nuestro país estipula: “No se violará la dignidad personal de los ciudadanos de la República Popular China. Está prohibido utilizar cualquier método para insultar, calumniar o acusar falsamente a los ciudadanos”. Esta parte de la Constitución Un artículo estipula que no se violarán los derechos de la personalidad de los ciudadanos.

El artículo 302 de la Ley Penal de mi país estipula: “Quien hurte o insulte un cadáver será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención penal o vigilancia”. del difunto en forma de ley fundamental El derecho no desaparece con la muerte del difunto.

Los derechos de los que aún disfruta el fallecido se reflejan principalmente en tres aspectos.

(1) Derechos personales

Los derechos personales se refieren a derechos civiles que son inseparables de la persona del ciudadano y no tienen contenido patrimonial directo. El alcance de los derechos personales es relativamente amplio y generalmente se divide en dos categorías: derechos de personalidad y derechos de identidad.

1. Derechos personales Los derechos personales se refieren a los derechos civiles que deben disfrutar los ciudadanos si tienen personalidad jurídica independiente. Los derechos de la personalidad incluyen principalmente: derecho a la vida y a la salud, derecho al nombre, derecho a la reputación, derecho al honor, derecho al retrato, derecho a la libertad, etc.

De entre los derechos anteriores, sólo el derecho a la libertad se extingue con la muerte del titular.

El derecho a la vida y a la salud es un derecho que no puede reservarse, porque el fallecido no tiene ni vida ni salud. Sin embargo, el difunto tiene derecho a la integridad de sus restos. Sin disposiciones especiales de la ley, nadie diseccionará ni destruirá arbitrariamente sus propios restos. En caso contrario, se considerará que se comete el delito de injuria al cadáver.

Otros derechos de la personalidad, como los derechos de nombre, de reputación, de honor y de retrato, no se extinguen en absoluto y pueden disfrutarse para siempre.

2. Derechos de identidad Los derechos de identidad se refieren a los derechos civiles de los ciudadanos que surgen de sus identidades específicas. También es una parte importante de los derechos personales. No todos disfrutan del derecho a la identidad. Los derechos de identidad incluyen principalmente derechos personales en derechos de propiedad intelectual, como derechos de autor, derechos de invención, derechos de patente, derechos de marca, etc., así como derechos de tutela, derechos de familia, etc.

El derecho de tutela en los derechos de identidad es un derecho que se extingue inmediatamente cuando fallece el titular. Los demás derechos de identidad nunca se extinguirán o no se extinguirán por un período de tiempo.

La relación de parentesco es la relación social básica del ser humano.

Hay dos tipos de relaciones de parentesco. Una son las relaciones de parentesco que surgen de relaciones consanguíneas, como la relación padre-hijo, la relación madre-hijo, la relación tía-sobrino, etc. Este tipo de relación de parentesco no termina con la muerte del pariente. Es un parentesco eterno. Otro tipo de parentesco es el que resulta de la celebración del matrimonio, como la relación entre suegra y nuera, la relación entre tía y cuñada, etc. Esta relación de parentesco se extingue por la muerte de uno de los contrayentes del matrimonio. La legislación de nuestro país estipula que si uno de los cónyuges fallece, se dará por terminada la relación matrimonial. Precisamente por el fin de la relación matrimonial también termina la relación de parentesco resultante, es decir, el fin de los derechos de parentesco.

Los derechos de propiedad intelectual son los derechos del propietario como propietario de derechos de autor, inventor, propietario de patentes, etc. El tiempo de conservación de este derecho de identidad es consistente con el período de protección de los derechos de propiedad intelectual del país. Por ejemplo, la Ley de Derechos de Autor de mi país estipula que el período de protección de los derechos de autor del estado es de 50 años después de la muerte del autor. La Ley de Patentes de mi país estipula que el período de protección de una patente de invención es de 20 años. Esto significa que el titular de los derechos de autor seguirá disfrutando de la condición de titular de los derechos de autor dentro de los 50 años posteriores a su muerte y el titular de la patente de invención seguirá disfrutando de esta condición dentro de los 20 años (a partir de la fecha del reconocimiento legal), independientemente de si; el propietario muere o no.

(2) El derecho a disponer de bienes personales

El derecho de los ciudadanos a disponer de bienes personales legales es un derecho estipulado por la ley. La enajenación de bienes muebles es un acto personal unilateral y no requiere el consentimiento de otros (a menos que la ley acuerde o estipule lo contrario). Pero para el difunto el ejercicio de este derecho se refleja principalmente en la disposición de su herencia.

La enajenación de la propia herencia es una cuestión de enajenación de bienes muy especial. Nuestro país ha formulado especialmente la "Ley de Sucesiones" para regular este comportamiento. Lo que lo hace especial es que la disposición de la herencia es una actividad civil que sólo puede llevarse a cabo después de la muerte del causante, y el causante declara regulaciones unilaterales sobre el método de disposición de sus bienes en forma de testamento durante su vida. . Este tipo de declaración unilateral es un acto protegido por la ley siempre que su contenido no viole las disposiciones de la ley.

(3) Derecho a hacer cumplir contratos especiales

Un contrato es un acto entre dos partes o varias partes. Sin embargo, por fallecimiento de una de las partes, el contrato no podrá ejecutarse efectivamente y quedará suspendido. Por ejemplo, un contrato de servicios laborales puede volverse inaplicable debido al fallecimiento de la parte que proporciona los servicios laborales.

Sin embargo, existen algunos contratos especiales que no están sujetos a esta restricción. Este tipo de contrato especial se refleja en el contrato entre el difunto y una persona física o jurídica respecto del manejo de sus restos y la organización de una ceremonia fúnebre para él. El requisito previo para que este tipo de contrato surta efecto es la muerte del causante. El contrato no se ejecutará a menos que el causante fallezca. El contrato sólo podrá ejecutarse cuando el causante fallezca. El ejecutor de este tipo de contrato es la contraparte del causante.

Existen diferentes opiniones en los círculos jurídicos respecto a la disposición del cuerpo del difunto. Porque los vivos no dispondrán de sus propios cuerpos, ni dejarán que otros dispongan de sus cuerpos. Este tipo de controversia surge en cuanto a si los restos son seres humanos u objetos. Según los conceptos actuales, cuando se trata de deshacerse de los propios restos, la mayoría de la gente cree que los restos tienen características de derecho de propiedad.