¿Aún necesito solicitar el registro de marca después de utilizar el registro de derechos de autor de marca?
Base Legal
Artículo 2 de las “Medidas Probatorias para el Registro Voluntario de Obras” Las obras deberán registrarse de forma voluntaria. Independientemente de si la obra está registrada o no, no afecta los derechos de autor obtenidos por el autor u otros titulares de derechos de autor de conformidad con la ley. Artículo 4 Los solicitantes del registro de obra serán el autor, los demás ciudadanos que disfruten de derechos de autor, las personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, los titulares de derechos exclusivos y sus agentes. Artículo 9 Una vez que la obra sea verificada por la autoridad de registro de obras, la autoridad de registro de obras emitirá un certificado de registro de obra. El certificado de registro de trabajo será elaborado por la autoridad de registro basándose en el modelo adjunto a estas Medidas. El período de verificación de la autoridad de registro es de un mes, calculado a partir de la fecha en que la autoridad de registro recibe todos los materiales de solicitud presentados por el solicitante.