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Medidas para la formulación y presentación de documentos normativos administrativos en la provincia de Yunnan

Capítulo 1 Disposiciones generales

Artículo 1 Para regular la formulación y presentación de documentos normativos de las agencias administrativas, fortalecer la supervisión de los documentos normativos, asegurar la calidad de los documentos normativos, mantener la unidad del sistema jurídico socialista. sistema, y ​​promover la administración de acuerdo con la ley, de acuerdo con Estas medidas se formulan de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y a la luz de las condiciones reales de la provincia.

Artículo 2 El término “documentos normativos” tal como se menciona en estas Medidas se refiere a documentos formulados y emitidos por agencias administrativas que generalmente son vinculantes para los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones dentro de un determinado alcance y tiempo.

Los documentos normativos incluyen documentos normativos gubernamentales, documentos normativos departamentales y documentos normativos de organizaciones autorizadas, excepto los reglamentos.

Artículo 3 Estas Medidas se aplicarán a la autoridad, alcance, redacción, revisión, toma de decisiones, registro, publicación, interpretación y supervisión de archivo de los documentos normativos de los organismos administrativos dentro de la región administrativa de esta provincia.

La formulación y presentación de documentos normativos para los organismos autorizados por leyes, reglamentos y normas (en adelante, organismos autorizados), salvo disposición en contrario, se realizará de conformidad con lo dispuesto en estas Medidas sobre normas departamentales. documentos normativos.

Los documentos normativos formulados en violación de estas Medidas no son válidos.

Artículo 4 La formulación de documentos normativos seguirá los principios de legalidad, razonabilidad, publicidad, sencillez, unidad y eficiencia, y cumplirá con los siguientes requisitos:

(1) Proteger a los ciudadanos, personas jurídicas y Los derechos e intereses legítimos de otras organizaciones, al tiempo que estipulan sus obligaciones, también deben estipular sus derechos correspondientes y las formas de realizar sus derechos;

(2) Reflejar la unidad de poderes de las agencias administrativas, y estipular las condiciones y condiciones para que las agencias administrativas ejerzan sus poderes y responsabilidades;

(3) De acuerdo con las leyes objetivas del desarrollo económico y social, estandarizar científicamente el comportamiento administrativo y promover la transformación del gobierno. funciones en regulación económica, supervisión del mercado, gestión social y servicios públicos;

(4) Cumplir con el principio de asignación de funciones administrativas, evitar y reducir la superposición funcional, simplificar los procedimientos administrativos y facilitar a los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones.

Artículo 5: La denominación de los documentos normativos podrá ser "Medidas", "Disposiciones", "Decisiones", "Reglas", "Detalles", "Avisos", pero no se utilizará "Disposiciones".

Artículo 6 El lenguaje de los documentos normativos debe ser exacto y conciso, y el contenido de las disposiciones debe ser claro, específico y aplicable.

Los contenidos que hayan sido claramente estipulados por leyes, reglamentos y normas no se repetirán en los documentos normativos en principio.

Capítulo 2 Autoridad y alcance

Artículo 7 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior podrán formular documentos normativos sobre las siguientes materias:

(1) Leyes y reglamentos y regulaciones;

(2) Implementación de documentos normativos estipulados por agencias administrativas superiores;

(3) Implementación de resoluciones del Congreso Popular del mismo nivel y su Comité Permanente;

(4) Estandarizar el trabajo administrativo específico en esta región administrativa.

Artículo 8 El gobierno popular del municipio (ciudad) podrá formular documentos normativos sobre las siguientes materias:

(1) Aplicación de leyes, reglamentos y normas;

(2) Implementación de los documentos normativos del organismo administrativo superior;

(3) Implementación de las resoluciones del Congreso Popular al mismo nivel;

(4) Estandarización de la Normativa específica de esta región administrativa Trabajo administrativo.

Artículo 9 Todos los departamentos y departamentos principales verticales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior podrán formular documentos normativos sobre los siguientes asuntos:

(1) Implementación de leyes, reglamentos y normas;

(2) Implementación de documentos normativos proporcionados por agencias administrativas superiores;

(3) Estandarizar el trabajo administrativo específico de esta industria y este sistema.

Artículo 10 Si asuntos que involucren el ámbito de competencia de dos o más departamentos requieran la formulación de documentos normativos, los departamentos pertinentes involucrados los formularán conjuntamente.

En violación de lo dispuesto en el párrafo anterior, los documentos normativos formulados por separado no son válidos.

Artículo 11 Las organizaciones autorizadas podrán formular documentos normativos dentro del ámbito de la autorización legal.

Artículo 12 Las siguientes instituciones no formularán documentos normativos:

(1) Instituciones temporales establecidas por los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos subordinados y departamentos principales verticales;< /p >

(2) Las agencias internas de los departamentos y departamentos principales verticales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior;

(3) Las agencias enviadas de los departamentos de trabajo de los gobiernos populares gobiernos a nivel de condado o superior;

(4) Agencias temporales y agencias internas del gobierno popular del municipio (ciudad).

Serán nulos los documentos normativos formulados en violación de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 13 Los documentos normativos no establecerán las siguientes materias:

(1) Sanciones administrativas;

(2) Coacción administrativa;

(3) Licencias administrativas;

(4) Tasas o cargos administrativos a nombre de fondos o cuotas de membresía;

(5) Restringir o sancionar a ciudadanos, personas jurídicas y otros. derechos e intereses legítimos de la organización;

(6) Obligaciones distintas a las estipuladas en leyes, reglamentos y reglas.

El punto (4) del párrafo anterior estipula que se excluyen los documentos normativos formulados por el Gobierno Popular Provincial, el Departamento Provincial de Finanzas y el Departamento Provincial de Precios de conformidad con la ley.

Capítulo 3 Redacción y revisión

Artículo 14 Los documentos normativos gubernamentales serán redactados por el gobierno popular al mismo nivel, y se podrán designar uno o más departamentos para que sean específicamente responsables de la trabajo de redacción; normas importantes El documento legal puede ser redactado u organizado por su agencia legal.

Los documentos normativos departamentales son redactados por los departamentos de trabajo y los departamentos principales verticales de los gobiernos populares a nivel de condado o por encima de él, y se puede determinar que una o más de sus agencias internas y agencias subordinadas son específicamente responsables de el trabajo de redacción puede ser determinado por documentos normativos importantes. Será redactado u organizado por su institución legal.

Artículo 15 Los organismos estatales, los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones podrán presentar sugerencias a los organismos administrativos para la formulación de documentos normativos. Recibida la sugerencia, el organismo administrativo estudiará y decidirá si inicia el proyecto y dará respuesta.

Artículo 16 Si el contenido de los documentos normativos a formular involucra directamente intereses vitales de ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, o tiene un impacto importante en la construcción y desarrollo de la región o industria, el La agencia administrativa deberá informar para anunciarlo públicamente y escuchar las opiniones de las agencias, organizaciones, individuos y expertos relevantes.

La escucha de opiniones se puede realizar durante la etapa de redacción o revisión, mediante solicitud de opiniones por escrito, celebración de simposios, reuniones de demostración, reuniones de consulta, audiencias, etc.

Artículo 17 Si un organismo administrativo necesita celebrar una audiencia cuando redacta o revisa documentos normativos, deberá cumplir con las siguientes disposiciones:

Siete días antes de la audiencia, se publicará en los medios de comunicación o anuncios especiales Anuncie la hora, el lugar, el contenido y otros asuntos y requisitos específicos de la audiencia;

(2) La audiencia será organizada por la agencia legal gubernamental o la agencia legal departamental, y la persona a cargo de la unidad de redacción explicará el borrador del documento normativo;

(3) Las agencias, organizaciones e individuos relevantes que participan en la audiencia tienen derecho a hacer preguntas y expresar opiniones;

(4) Se debe hacer una transcripción de la audiencia para registrar verazmente las principales opiniones y razones del portavoz;

(5) La unidad de redacción y las instituciones legales deben estudiar cuidadosamente las opiniones reflejadas en la audiencia. y explicar el manejo y fundamento de los dictámenes de audiencia al momento de presentar el proyecto de documento normativo.

Artículo 18 Si la redacción de documentos normativos implica competencias de otros departamentos, la unidad de redacción consultará con los departamentos pertinentes; si no se puede llegar a un acuerdo después de consultas suficientes, la unidad de redacción deberá, al presentar el documento; Proyecto de documento normativo para su revisión. La situación y los motivos deben expresarse con sinceridad.

Artículo 19 La unidad de redacción presentará el proyecto de documento normativo y su explicación, opiniones diferentes sobre las principales cuestiones del proyecto y otros materiales relevantes a la autoridad de formulación.

Los documentos normativos presentados para revisión deberán ser firmados por el responsable principal de la unidad de redacción; los documentos normativos redactados por dos o más unidades de redacción deberán ser presentados para revisión y firmados por el responsable principal de cada una. unidad de redacción.

La descripción del documento normativo sometido a revisión debe incluir la necesidad de formular el documento normativo, las principales medidas estipuladas y las opiniones de las partes relevantes. Los materiales relevantes incluyen resúmenes de opiniones, transcripciones de audiencias, informes de investigación y otros materiales relacionados.

Artículo 20: Los documentos normativos gubernamentales presentados serán revisados ​​uniformemente por las instituciones jurídicas de los gobiernos populares del mismo nivel.

Los borradores de documentos normativos departamentales presentados para su revisión serán revisados ​​por las instituciones legales del departamento.

Artículo 21: Las instituciones jurídicas revisarán los proyectos de documentos normativos para su revisión de conformidad con los siguientes requisitos:

(1) Necesidad y viabilidad;

(2) ) Cumplir con las disposiciones de las leyes, reglamentos, reglas y documentos normativos de los organismos administrativos superiores;

(3) Coordinación y conexión con los documentos normativos pertinentes;

(4) Cumplir con las principios, autoridad, alcance y procedimientos prescritos;

(5) Manejar correctamente las opiniones de agencias, organizaciones, individuos y expertos relevantes sobre cuestiones importantes relacionadas con el contenido de los documentos normativos;

( 6) ) cumplen con otros contenidos que necesitan ser revisados ​​según lo estipulado en estas Medidas.

Si la institución jurídica necesita explicaciones, presentación de pruebas y asistencia de las unidades pertinentes durante el proceso de revisión, las unidades pertinentes cooperarán y responderán dentro del plazo requerido.

Artículo 22 Si el borrador de un documento normativo sometido a revisión se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, la agencia jurídica podrá devolverlo a la unidad de redacción:

(1) Las condiciones para formular el documento normativo aún no son suficientes Maduro;

(2) Los departamentos o instituciones relevantes tienen opiniones diferentes sobre el contenido principal del borrador del documento normativo, y la unidad de redacción no ha consultado con los departamentos o instituciones relevantes ;

(3) El manuscrito presentado no cumple con lo establecido en el artículo 19 y el artículo 21.

Artículo 23: Si los departamentos o instituciones relevantes tienen opiniones diferentes sobre las principales medidas, sistemas de gestión, división de autoridad y otras cuestiones involucradas en los proyectos de documentos normativos, las instituciones legales deben coordinarse y llegar a un acuerdo; no pueden llegar a un acuerdo. Si hay consenso, las cuestiones principales, las opiniones de los departamentos o instituciones pertinentes y las opiniones de las instituciones legales se informarán al gobierno popular del mismo nivel o al departamento para que tome decisiones.

Artículo 24: Las instituciones jurídicas deben estudiar cuidadosamente las opiniones de todas las partes durante el proceso de revisión, revisar los proyectos de documentos normativos y formular proyectos de documentos normativos y explicaciones.

El borrador de descripción debe incluir los siguientes contenidos:

(1) La necesidad y el proceso de formulación de documentos normativos;

(2) Los principales problemas existentes y propuestas Medidas a resolver;

(3) Coordinación con unidades relevantes y otros temas que necesitan ser explicados.

Artículo 25: Los proyectos de documentos normativos se presentarán al gobierno popular del mismo nivel o departamento para que los resuelva la institución jurídica.

Capítulo 4 Decisión, Registro y Publicación

Artículo 26 Los documentos normativos del gobierno popular a nivel de condado o superior serán decididos por la reunión ejecutiva del gobierno o la reunión plenaria; involucra un área Si es relativamente pequeña y las opiniones de todas las partes son relativamente consistentes, puede ser aprobado por la persona a cargo.

Los documentos normativos del gobierno popular del municipio (ciudad) serán decididos en la reunión de la oficina del jefe del municipio (ciudad).

Los documentos normativos del departamento serán estudiados y decididos por el comité económico, oficinas, despachos y reuniones ejecutivas.

Artículo 27: Cuando los órganos administrativos revisen proyectos de documentos normativos, las instituciones jurídicas deberán brindar interpretaciones.

Artículo 28 La institución jurídica trabajará con la unidad de redacción para revisar el proyecto de documento normativo basándose en las opiniones de revisión de la reunión, formar un proyecto revisado y presentarlo al gobierno popular del mismo nivel o el responsable principal del departamento para su firma y anuncio.

Artículo 29 El anuncio tendrá un número de documento unificado y un número de serie, indicando la institución que formuló el documento normativo, su nombre y número de documento, el número de registro especificado en el artículo 31 de estas Medidas, y la aprobación. (aprobación) ) fecha, fecha de implementación y fecha de promulgación.

Los documentos normativos formulados conjuntamente por dos o más departamentos utilizarán el número de anuncio de la unidad patrocinadora.

Artículo 30: El organismo formulador deberá informar al organismo administrativo superior para su registro dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la firma y anuncio del documento normativo. Los documentos normativos gubernamentales se comunicarán al departamento de asuntos jurídicos del gobierno popular del siguiente nivel superior para su archivo y registro; los documentos normativos departamentales se comunicarán al departamento de asuntos jurídicos del gobierno popular del mismo nivel para su archivo.

Al presentar documentos normativos para presentación y registro, se debe presentar un informe de registro de presentación, una explicación y un documento normativo, que puede presentarse en forma de texto electrónico o por fax.

Artículo 31 La agencia de asuntos legales del gobierno popular a nivel de condado o superior llevará a cabo una revisión formal de los documentos normativos dentro de los 5 días a partir de la fecha de recepción del informe de registro, de conformidad con el Artículo 2. y 30 de estas Medidas Si el reglamento lo estipula, se registrará y se expedirá a la autoridad promulgante un recibo de registro de documento normativo numerado uniformemente; si no cumple con los requisitos, no se registrará y se devolverá a la; autoridad promulgante para el reenvío u otro procesamiento.

Artículo 32: Después del registro, los documentos normativos se publicarán sin demora en el boletín gubernamental del mismo nivel y en periódicos de distribución pública, sitios web de gobierno electrónico y otros medios de comunicación dentro de la región administrativa.

Después del registro, los documentos normativos del gobierno popular del municipio (ciudad) se pueden publicar en el boletín gubernamental a nivel del condado u otros medios y en el tablón de anuncios del municipio (ciudad).

Los documentos normativos publicados en el boletín oficial después del registro son textos estándar.

Artículo 33: Los documentos normativos gubernamentales serán publicados por la autoridad emisora ​​sobre la base del formulario de registro de documentos normativos presentado por el gobierno popular en el nivel superior.

Los documentos normativos de los departamentos de trabajo, los departamentos principales verticales y las organizaciones autorizadas de los gobiernos populares a nivel de condado o superior serán publicados por la autoridad formuladora con base en el formulario de registro de los documentos normativos del gobierno popular. al mismo nivel.

Los boletines gubernamentales y los medios de comunicación pertinentes no publicarán documentos normativos que no contengan recibos de registro de documentos reglamentarios.

Artículo 34 Los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones podrán negarse a ejecutar documentos normativos que no hayan sido registrados y publicados de conformidad con lo dispuesto en estas Medidas.

Artículo 35 Los documentos normativos entrarán en vigor a los 30 días de la fecha de su firma y emisión, salvo las circunstancias especificadas en el artículo 47 de estas Medidas.

Artículo 36 Las siguientes unidades proporcionarán al público acceso a los documentos normativos:

(1) Organismos editoriales de diarios oficiales;

( 2) Conveniencia gubernamental agencias de servicios;

(3) sitios web de gobierno electrónico;

(4) archivos.

La autoridad formuladora deberá, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de publicación del documento normativo en el boletín o periódico gubernamental, enviar el texto del documento normativo a las partes especificadas en los puntos (2), (3). ) y (4) del apartado anterior.

Capítulo 5 Interpretación y Presentación

Artículo 37 Si un documento normativo se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias, será interpretado por la autoridad promulgante:

( 1) Es necesario aclarar más el contenido de los documentos normativos;

(2) Después de la formulación de los documentos normativos, existen nuevas situaciones que requieren una aplicación clara.

Artículo 38 La labor específica de interpretación de los documentos normativos será realizada por la institución jurídica de la autoridad formuladora. Los proyectos se propondrán conforme a los procedimientos de formulación de documentos normativos y se presentarán a la autoridad formuladora para su aprobación. aprobación antes de ser publicado.

Las interpretaciones de documentos normativos tienen el mismo efecto que los documentos normativos.

Artículo 39: Los organismos estatales, los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones podrán solicitar interpretación de documentos normativos.

Artículo 40 Después de la presentación, los documentos normativos deberán publicarse dentro de los 05 días siguientes a la fecha de su presentación, y serán tramitados por la autoridad formuladora de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1 ) Gobiernos populares en todos los niveles Los documentos normativos formulados se informarán al gobierno popular en el siguiente nivel superior para su registro; los documentos normativos formulados por las oficinas enviadas del gobierno popular a nivel de condado o superior se informarán al gobierno popular; que estableció la oficina enviada para registro;

(2) Por encima del nivel del condado Los documentos normativos formulados por los departamentos de trabajo bajo el gobierno popular se informarán al gobierno popular en el mismo nivel para registro, y una copia se enviará al departamento administrativo del siguiente nivel superior; los documentos normativos formulados conjuntamente por dos o más departamentos se presentarán para su registro por parte de la agencia patrocinadora;

(3) Los documentos normativos del departamento líder vertical se presentará al departamento administrativo del siguiente nivel superior para su registro y se enviará una copia al gobierno popular del mismo nivel;

(4) Los documentos normativos formulados por la organización autorizada serán presentado al mismo nivel de presentación del Gobierno Popular.

Artículo 41 Cuando se presenten documentos normativos para su presentación, el informe de presentación, el texto oficial y la explicación de los documentos normativos se presentarán y encuadernarán por triplicado.

Condicionalmente, los textos electrónicos de los documentos normativos deberán presentarse al mismo tiempo.

Artículo 42 Las instituciones jurídicas de los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos subordinados y departamentos principales verticales son específicamente responsables de la presentación y supervisión de los documentos normativos.

Las instituciones legislativas revisarán los documentos normativos presentados para su presentación de conformidad con los requisitos de los artículos 4 y 21 de estas Medidas.

Artículo 43: Si las instituciones jurídicas de los gobiernos populares a nivel de condado o superior revisan documentos normativos y requieren opiniones de los organismos administrativos pertinentes, los organismos pertinentes deberán responder dentro de un plazo si el organismo que formula la normativa; Los documentos necesarios para explicar la situación relevante, las agencias pertinentes La agencia deberá proporcionar una explicación dentro del límite de tiempo requerido.

Artículo 44 Si los documentos normativos no se presentan para su presentación o no se presentan a tiempo, el departamento de asuntos legales del gobierno popular a nivel de condado o superior notificará a la autoridad promulgadora para que los presente dentro de un plazo plazo; si no se presentan dentro del plazo, serán criticados mediante circular, y la autoridad de control impondrá sanciones administrativas al responsable directo y demás personal directamente responsable.

Artículo 45: Si las instituciones legales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior encuentran tras su revisión que los documentos normativos son ilegales, recomendarán o instruirán a la agencia promulgadora para que haga correcciones dentro de un límite de tiempo; si se niegan a hacer correcciones, se cambiarán, revocarán o se darán a conocer al público y se declarará inválido el documento normativo.

Si los documentos normativos son ilegales y causan consecuencias perjudiciales, la autoridad de control impondrá sanciones administrativas al responsable directo y a otro personal directamente responsable según las circunstancias.

Artículo 46 Si las agencias estatales, ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones creen que los documentos normativos entran en conflicto con leyes, reglamentos, reglas y documentos normativos de agencias administrativas superiores, o violan las disposiciones de estas Medidas, podrán informar al gobierno popular superior de la agencia promulgante deberá presentar recomendaciones de revisión por escrito.

Las sugerencias de revisión del párrafo anterior serán estudiadas y tramitadas por las instituciones jurídicas. Si un documento normativo fuera efectivamente ilegal, se manejará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de estas Medidas, y se informará la situación del manejo a la unidad o individuo que hizo la sugerencia de revisión.

Capítulo 6 Disposiciones Complementarias

Artículo 47 Si los documentos normativos involucran emergencias y asuntos urgentes, la unidad redactora podrá enviarlos directamente a la institución legal para su revisión e informe a las autoridades legales con base en necesidades reales. Se implementará inmediatamente después de que el gobierno popular del mismo nivel o el responsable principal del departamento firmen el anuncio.

Los documentos normativos a que se refiere el párrafo anterior deberán presentarse ante la autoridad de formulación para su registro y archivo dentro de los 05 días siguientes a la fecha de la firma del anuncio.

Artículo 48 El informe de registro, anuncio y presentación de documentos normativos será elaborado por la Oficina de Asuntos Jurídicos del Gobierno Popular Provincial.

Artículo 49: Cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias, la agencia administrativa deberá revisar prontamente los documentos normativos formulados por la agencia y tomará la decisión de modificarlos o derogarlos con base en la situación real:

(1) Modificar, reemplazar o revocar parte o la totalidad del contenido de los documentos normativos existentes en leyes, reglamentos, reglas, documentos normativos de agencias administrativas superiores y documentos normativos de nueva formulación de esta agencia;

(2) Regulaciones Los documentos normativos ya no satisfacen las necesidades del desarrollo económico y social, o no cumplen con las regulaciones de las agencias estatales superiores;

(3) Los documentos normativos son naturalmente inválidos.

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, la limpieza de los documentos normativos deberá informarse oportunamente al organismo administrativo superior. Los resultados de la revisión de los documentos normativos serán anunciados al público por las instituciones jurídicas de los gobiernos populares a nivel de condado o superior.

Artículo 50: Los órganos administrativos modificarán o derogarán los documentos normativos de conformidad con las disposiciones pertinentes de las presentes Medidas.

Artículo 51 La compilación de textos oficiales, textos étnicos y textos en idiomas extranjeros de documentos normativos será responsabilidad del organismo que formula el documento normativo o de la institución jurídica del gobierno popular a nivel de condado o superior.

Artículo 52 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de junio de 2005. Al mismo tiempo, quedan abolidos los "Reglamentos sobre la presentación de documentos reglamentarios para las agencias administrativas de la provincia de Yunnan" emitidos por el Gobierno Popular Provincial el 21 de septiembre de 1990.