¿Cómo condenar el delito de contrabando?
Quien defraude pasaportes, visas y otros documentos de salida en nombre de exportaciones de mano de obra, intercambios económicos y comerciales o fraude, y los utilice para organizar el cruce ilegal del país (frontera), será sancionado con pena de prisión de duración determinada. pena de prisión no mayor de tres años y también multa. Si las circunstancias fueran graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y los responsables directos y los responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Este delito se manifiesta objetivamente en el acto de solicitar documentos de entrada-salida a alguien sabiendo que está cruzando la frontera ilegalmente. Cruzar una frontera es cruzar una frontera nacional. Entre ellos, la frontera es la frontera con los países vecinos, y la frontera se refiere al área efectivamente administrada, es decir, la frontera entre el continente y las provincias de Macao y Taiwán que es territorial pero no está efectivamente administrada, así como la frontera entre los países vecinos. China continental y Hong Kong. Debe tener un pasaporte, visa u otros documentos de entrada y salida válidos, como un pase oficial fronterizo, un pase de tránsito, un permiso de regreso para compatriotas de Hong Kong y Macao, etc.
Si no tiene los documentos anteriores, o utiliza documentos de entrada y salida vencidos, falsificados o alterados para cruzar la frontera, está cruzando el país en secreto. Solicitar documentos de entrada y salida para quienes intentan cruzar la frontera ilegalmente puede constituir este delito. El llamado procesamiento, en este delito, se refiere a la expedición ilegal de pasaportes, visas y otros documentos válidos a personas no calificadas que intentan aprovechar sus posiciones para cruzar la frontera.
Reglamento
Derecho Penal de la República Popular China
Artículo 318: Quien organice a otros para cruzar ilegalmente la frontera (fronteriza) nacional será sancionado con no menos de dos años y siete años de prisión, a pena privativa de libertad no mayor de diez años y multa, al que cometa cualquiera de las circunstancias siguientes, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua; prisión y también será multado o se le confiscarán bienes:
(1) Organizar a otros para cruzar ilegalmente el país (frontera) ) El líder de un grupo fronterizo;
(2) Organizar otros para cruzar ilegalmente la frontera nacional (frontera) varias veces u organizar a otros para cruzar ilegalmente la frontera nacional (frontera) con un gran número de personas;
(3) Causar lesiones graves o la muerte a la persona que está siendo organizado;
(4) Privar o restringir la libertad personal de la persona que se organiza;
(5) Usar violencia o amenazas para resistir la inspección;
( 6) La cantidad de ganancias ilegales es enorme;
(7) Existen otras circunstancias particularmente graves.
Quien cometa el delito del párrafo anterior y cometa actos delictivos como matar, herir, violar, secuestrar o traficar con organizadores, o matar o herir a inspectores, será castigado de conformidad con las disposiciones de las penas concurrentes para múltiples delitos.