¿Se puede hacer cumplir el contrato de préstamo después de que esté certificado ante notario?
1. Después de la certificación notarial, el contrato de préstamo puede hacerse cumplir. Si una de las partes no cumple con el documento de derechos del acreedor que ha sido legalmente ejecutable por el notario, la otra parte puede solicitar al tribunal popular con jurisdicción para la ejecución, y el tribunal popular que solicita la ejecución deberá hacerlo cumplir.
2. Para garantizar que el deudor pueda reembolsar el préstamo, un método es que ambas partes lleguen a un acuerdo de préstamo sobre su comportamiento crediticio legal y emitan un certificado notarial con efecto ejecutivo. Cuando el préstamo vence y el deudor se niega a pagarlo, el acreedor puede solicitar ante el notario un certificado de ejecución. Los acreedores recurrirán al tribunal para hacer cumplir un certificado de ejecución y sus reclamaciones pronto se harán realidad.
¿Cuál es la diferencia entre un préstamo notarial y un préstamo notarial?
Un pagaré notariado es más autocertificante que un pagaré no notariado.
Es decir, una vez que el prestatario no paga la deuda a tiempo dentro del período de pago especificado, el prestatario puede presentar un pagaré notariado al tribunal y obtener apoyo legal directamente del tribunal. En este proceso, existe un pagaré notariado, lo que reduce la complejidad de la prueba.
Al redactar un pagaré, será legalmente vinculante si contiene los siguientes contenidos y cumple con los requisitos legales:
1. Los nombres y números de identificación del prestatario y del prestamista. p>
2. El monto, fecha, plazo, fecha de pago e interés del préstamo;
3. La firma y huella digital del prestatario;
El pagaré es un documento escrito. que indica la relación entre acreedor y deudor, generalmente escrito y firmado por el deudor, indica que el deudor le debe al acreedor la cantidad especificada en el pagaré. Un pagaré es una nota escrita a un individuo o gobierno al pedir prestado dinero en efectivo o artículos de la otra parte.
4 Un pagaré notariado es más efectivo que un pagaré no notariado, es decir, una vez que el prestatario tiene el consentimiento. El prestatario no paga el préstamo a tiempo dentro del período de pago, el prestatario puede presentar un pagaré notariado al tribunal y obtener apoyo legal directamente del tribunal. En este proceso, un pagaré notariado reduce en gran medida la complejidad de la prueba. Independientemente de si el pagaré ha sido notariado o no, un pagaré con letra clara y firma legal tiene un fuerte poder probatorio. La firma en el pagaré debe ser mi firma.
En resumen: "Si una de las partes no cumple con el documento de derechos del acreedor que la notaría le ha dado efecto ejecutivo de conformidad con la ley, la otra parte puede recurrir al tribunal popular competente para la ejecución, y el tribunal popular que solicita la ejecución deberá hacerla cumplir". De acuerdo con La ley estipula que cuando un deudor se niega a ejecutar un documento de derechos del acreedor al que un notario público le ha otorgado efecto ejecutivo de conformidad con la ley, dicho documento de derechos del acreedor puede convertirse en la base para la ejecución y tiene el mismo efecto legal que una sentencia efectiva, un documento de mediación o un documento de arbitraje. A través de estrictos procedimientos de notarización y ejecución única, brinda al deudor un gran disuasivo legal, lo incita a pagar sus deudas de manera oportuna e integral y mejora la tasa de ejecución del contrato.
Base jurídica:
Artículo 245 de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China"
Si una de las partes no cumple con el documento de derechos del acreedor que la autoridad notarial ha otorgado efecto ejecutivo de conformidad con la ley. La otra parte puede recurrir al tribunal popular competente para la ejecución, y el tribunal popular que solicita la ejecución deberá hacer cumplir el caso.
Si efectivamente hubiere error en el documento de deuda escriturado ante notario, el tribunal popular resolverá no ejecutarlo y notificará la sentencia a ambas partes y al notario.
Artículo 247
Después de recibir la solicitud de ejecución o la carta de transferencia de ejecución, el sujeto de ejecución emitirá un aviso de ejecución a la persona sujeta a ejecución y podrá tomar medidas obligatorias de inmediato.
Artículo 238
Artículo 1. Si una de las partes no cumple con el documento de derechos del acreedor al que la autoridad notarial le ha otorgado efecto ejecutivo de conformidad con la ley, la otra parte puede recurrir al tribunal popular con competencia para la ejecución, y el tribunal popular que solicita la ejecución deberá hacerlo cumplir.