Consecuencias jurídicas del despido de funcionarios públicos
Según el artículo 58 de la Ley del Servidor Público, los servidores públicos no podrán ser ascendidos a cargos o rangos durante el período de sanción. Los servidores públicos que estén sujetos a deméritos, deméritos mayores, descensos de categoría o despidos. ser ascendidos a niveles salariales. Degradación y remoción, 24 meses.
Quienes sean despedidos serán degradados de acuerdo con la reglamentación.
Artículo 59: Si un servidor público que ha sido sancionado distintamente de la expulsión muestra arrepentimiento durante el período de sanción y no vuelve a violar la disciplina, una vez transcurrido el período de sanción, la autoridad disciplinaria cesará. la pena y notificarle por escrito.
Una vez levantado el castigo, el grado salarial, el rango y la posición ascendidos ya no se verán afectados por el castigo original. Sin embargo, el levantamiento de la pena de descenso de categoría o despido no se considerará reintegro al rango o cargo original.
1. Quienes reciban una amonestación no serán ascendidos a puesto o nivel durante el período de sanción, pero sí podrán ser ascendidos a nivel salarial. Participar en la evaluación anual del año en curso, pero no puede ser determinado como sobresaliente.
2. Durante el período de sanción, incluidos deméritos, deméritos mayores, descenso de categoría y despido, no solo no se puede ascender el puesto, el nivel, sino también el grado salarial. Los funcionarios que hayan sido sancionados participarán en la evaluación anual, pero no se determina el orden.
3. Para aquellos que son despedidos, se debe bajar el puesto para determinar el puesto, y se debe determinar el nivel correspondiente en función del nuevo puesto. Durante el período de castigo, no solo no se puede ascender el puesto y nivel, sino que tampoco se puede ascender el grado salarial. Los funcionarios que hayan sido sancionados participarán en la evaluación anual, pero no se determina el orden.
4. Si te despiden, hay dos consecuencias legales. En primer lugar, a partir de la fecha en que entre en vigor la sanción, se dará por terminada la relación personal con la unidad. Ya no será funcionario público, ya no será responsable del ejercicio del poder estatal y del desempeño de las funciones oficiales nacionales, y no gozará de todos los derechos. los derechos de un funcionario público y se retirará del sistema de función pública. En segundo lugar, no se les permite volver a ser empleados como funcionarios públicos.
Base jurídica:
Capítulo 2, Artículo 6 del “Reglamento sobre Sanciones a los Servidores Públicos de Organismos Administrativos”
Los tipos de sanciones para los servidores públicos de las agencias administrativas incluyen:
(1) Advertencia
(2) Flecha
(3) Demérito importante
(4); ) Degradación de categoría;
(5) Despido;
(6) Expulsión.