¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre los procedimientos civiles simplificados de mi país cumple con las disposiciones de la ley y las interpretaciones judiciales pertinentes?
La opción A examina el ámbito de aplicación del procedimiento de escasa cuantía. El artículo 166 de la "Ley de Procedimiento Civil" recientemente revisada en 2021 estipula que los procedimientos de reclamos menores no son aplicables al Tribunal Popular que conoce de los siguientes casos civiles: (1) casos de relaciones personales y confirmación de propiedad (2) casos relacionados con el extranjero (; 3) casos de evaluación de necesidades, o casos en los que existen objeciones a los resultados de la evaluación y tasación previa al litigio (4) casos en los que se desconoce el paradero de una de las partes (5) casos en los que las partes presentan reconvenciones; ; (6) otros casos que no son adecuados para litigios de reclamos menores. "Por lo tanto, los procedimientos de reclamos menores se pueden aplicar a casos calificados de disputas de propiedad intelectual. La opción a es correcta.
El punto b es correcto.
Los casos de reclamos menores se pueden volver a juzgar, pero la solicitud Los motivos para un nuevo juicio son diferentes, y el efecto legal de la sentencia también es diferente: solicitar un nuevo juicio basándose en que el caso de reclamos menores no es adecuado para un juicio; el juez de nuevo juicio puede apelar para solicitar un nuevo juicio basándose en el contenido; de la sentencia efectiva es ilegal o incorrecta: la sentencia del nuevo juicio no puede ser apelada c es incorrecta
El segundo párrafo del artículo 169 de la Ley de Procedimiento Civil recientemente revisada en 2021 estipula: “Si las partes creen que. Si la aplicación de procedimientos de escasa cuantía para conocer casos viola las disposiciones legales, podrán presentar objeciones ante el Tribunal Popular. El Tribunal Popular revisará las objeciones planteadas por las partes. Si se estima la objeción se aplicarán otras disposiciones del procedimiento simplificado o la resolución se convertirá al procedimiento ordinario; si no se estima la objeción, se desestimará la resolución; "La opción d es incorrecta.
En resumen, la respuesta correcta a esta pregunta es la opción AB.