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¿Qué tipo de marcas sonoras pueden tener derechos de autor?

Las marcas sonoras se refieren a marcas que utilizan sonidos y música compuestos de escalas o notas como signos para distinguir diferentes productos o servicios.

El sonido puede ser musical o no musical. Los sonidos musicales pueden crearse especialmente o tomarse de partituras musicales existentes; los sonidos no musicales pueden crearse o copiarse directamente de la naturaleza. En resumen, las marcas sonoras, como tipo de marca, también son aptas para el modo de protección de derechos de autor. Entonces, ¿cuáles son las condiciones que deben cumplirse para obtener protección de derechos de autor para un sonido de logotipo de marca registrada? Dependiendo del tipo de sonido se pueden distinguir dos situaciones. En primer lugar, en el caso de marcas sonoras compuestas de sonidos musicales, el logotipo original puede estar protegido por la ley de derechos de autor. El sonido musical se refiere a una melodía con cierto ritmo y armonía. Evidentemente, siempre que la melodía cumpla con los requisitos de originalidad, el sonido musical que forma constituirá naturalmente una obra. Aunque parezca que los diversos elementos que componen la música pueden ordenarse y combinarse infinitamente, y parezca que el mundo de la creación musical es infinito, en realidad, la libertad creativa de las obras musicales, especialmente las excelentes, no es tan satisfactoria. Esto se debe a que el sentido musical de las personas y su preferencia por melodías y ritmos específicos son específicos. Al observar la música pop clásica popular actual, no es difícil encontrar que a los oyentes les gusta la música con armonías específicas. Esto ha dado lugar a dos fenómenos: primero, hay una convergencia consciente en la creación musical. Por ejemplo, en las creaciones occidentales suele haber dos octavas que duran tres minutos, y siete tonos consecutivos también son comunes en la música pop; en segundo lugar, hay una convergencia inconsciente en la música; Esta situación significa que el creador utiliza melodías y ritmos originales de otras personas como inspiración propia y los añade a la obra desde la memoria subconsciente. Debido a esto, es bastante difícil determinar la originalidad y la infracción de una obra musical. El autor cree que considerando la particularidad de una obra musical, no puede ser demasiado simple al juzgar su originalidad, por un lado, debe tener una expresión melódica básica, y por otro lado, debe considerar su similitud con obras musicales existentes. Especialmente obras de música pop clásica, especialmente el clímax y el alma de las composiciones musicales existentes. Plagiar incluso unas pocas secciones de un pasaje familiar es suficiente para anular su originalidad. En segundo lugar, las marcas de sonidos no musicales generalmente no están protegidas por derechos de autor. Las marcas no sonoras se refieren a sonidos con ritmo o melodía irregular, incluidos sonidos naturales y sonidos sintéticos, como el rugido del león al comienzo de la película de Mikoyan, la voz en línea de QQ, etc. Las marcas no musicales generalmente tienen una duración más corta que las marcas musicales. Debido a que hay muy pocas notas, es difícil expresar de forma independiente una idea completa o alcanzar la altura creativa necesaria como el título de la obra. Debido a esto, las marcas de sonido no musical sólo pueden estar protegidas por la ley de derechos de autor como obras independientes o grabaciones de sonido cuando se combinan con medios audiovisuales u otros medios. Por lo tanto, a excepción de unos pocos materiales no sonoros (generalmente utilizados para el doblaje de obras cinematográficas y televisivas, incluido el diseño, la grabación, la sustitución, el doblaje, la mezcla y muchos otros contenidos originales), es difícil que la mayoría de los sonidos no musicales entren en el campo del derecho de autor. y están protegidos por la ley de derechos de autor.