¿Qué son agentes autorizados, agentes generales, agentes exclusivos y agentes aparentes?
Análisis Legal
Agente principal se refiere a un agente que tiene poder de agencia basado en la autorización del principal. Es un agente autorizado y un agente designado. En un mandante-agente, el acto de delegación y autorización se basa en la voluntad del mandante. Lo que quiero decir es la premisa de agencia. La relación jurídica de agencia se basa en la voluntad del mandante y la autorización del mandante, lo que crea la relación jurídica de agencia y el poder de agencia del agente. La autoridad de un agente general. Un agente general autorizado significa que el agente solo disfruta de los derechos de litigio de comparecer ante el tribunal, recopilar y proporcionar pruebas, argumentar, redactar y redactar documentos legales, etc. Cuando el poder de agencia lo disfruta una sola persona, se trata de un poder de agencia independiente. En el caso de la agencia independiente, el agente tiene derecho a tomar decisiones independientes sobre los asuntos de la agencia, por lo que también se le llama agencia independiente. La condición necesaria para el establecimiento de una agencia aparente es que la contraparte tenga motivos para creer que el actor tiene derechos de agencia. La firma es claramente incompatible con las prácticas comerciales. No había autoridad para firmar las mercancías en nombre del apelante únicamente. Existe un poder para expedir documentos pertinentes o hacer declaraciones al respecto. Tener agencia es evidentemente injusto.
Base jurídica
Código Civil de la República Popular China
Artículo 163: La agencia incluye al agente principal y al agente legal. El mandatario encomendado ejercerá la facultad de representación de conformidad con la encomienda del mandante. El agente legal ejercerá la facultad de representación de conformidad con lo dispuesto en la ley.
Artículo 165 Si el poder es por escrito, deberá expresar el nombre del mandatario, materias de mandato, autoridad y plazo, y deberá estar firmado o sellado por el mandante.
Artículo 169 Si el agente necesita encomendar a un tercero que actúe por él, deberá obtener el consentimiento o ratificación del mandante. Si el agente encomendado es reconocido o ratificado por el mandante, el mandante puede instruir directamente al tercero encomendado sobre los asuntos de la agencia, y el fideicomisario sólo es responsable de la selección e instrucciones del tercero. Si el agente encomendado no es reconocido o ratificado por el mandante, el agente será responsable de los actos del tercero encomendado; sin embargo, en caso de emergencia, el agente debe confiar a un tercero para que actúe como agente a fin de proteger; los intereses del mandante.