Red de Respuestas Legales - Consulta de marcas - ¿Es necesario gravar las indemnizaciones por demolición de empresas e instituciones?

¿Es necesario gravar las indemnizaciones por demolición de empresas e instituciones?

Según el artículo 7 de la "Declaración de situación empresarial" y el artículo 26, párrafo 2 del "Reglamento de aplicación de la Declaración de situación empresarial", los ingresos por concepto de compensación por demolición de empresas e instituciones no están sujetos a impuestos. Las disposiciones específicas son las siguientes:

Según declaraciones de la empresa, dentro del total de ingresos no son ingresos gravables los siguientes:

(1) Apropiación financiera;

(2) ) Tasas administrativas y fondos gubernamentales recaudados de conformidad con la ley e incluidos en la gestión financiera;

(3) Otros ingresos no imponibles estipulados por el Consejo de Estado.

Artículo 26 El término "asignación fiscal" mencionado en el punto (1) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas se refiere a las asignaciones financieras asignadas por los gobiernos populares en todos los niveles a instituciones públicas, grupos sociales y otras organizaciones que están incluidas en la gestión presupuestaria de fondos especiales, a menos que las autoridades financieras y tributarias del Consejo de Estado especifiquen lo contrario.

El término "cargos administrativos", tal como se menciona en el punto (2) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas, se refiere a los cargos recaudados por las leyes pertinentes en el proceso de implementación de la administración pública social y la prestación de servicios públicos específicos. a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones, reglamentos y demás procedimientos aprobados por el Consejo de Estado, tasas recaudadas de objetos específicos e incluidas en la gestión financiera.

El término "fondos gubernamentales", tal como se menciona en el artículo 7(2) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas, se refiere a fondos fiscales con fines específicos recaudados por empresas en nombre del gobierno de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos y otras disposiciones pertinentes.

Otros ingresos no imponibles a que se refiere el artículo 7 (3) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas se refiere a los fondos fiscales obtenidos por la empresa que son designados por las autoridades financieras y tributarias del Consejo de Estado y aprobados. por el Consejo de Estado.