¿Es necesario gravar las indemnizaciones por demolición de empresas e instituciones?
Según declaraciones de la empresa, dentro del total de ingresos no son ingresos gravables los siguientes:
(1) Apropiación financiera;
(2) ) Tasas administrativas y fondos gubernamentales recaudados de conformidad con la ley e incluidos en la gestión financiera;
(3) Otros ingresos no imponibles estipulados por el Consejo de Estado.
Artículo 26 El término "asignación fiscal" mencionado en el punto (1) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas se refiere a las asignaciones financieras asignadas por los gobiernos populares en todos los niveles a instituciones públicas, grupos sociales y otras organizaciones que están incluidas en la gestión presupuestaria de fondos especiales, a menos que las autoridades financieras y tributarias del Consejo de Estado especifiquen lo contrario.
El término "cargos administrativos", tal como se menciona en el punto (2) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas, se refiere a los cargos recaudados por las leyes pertinentes en el proceso de implementación de la administración pública social y la prestación de servicios públicos específicos. a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones, reglamentos y demás procedimientos aprobados por el Consejo de Estado, tasas recaudadas de objetos específicos e incluidas en la gestión financiera.
El término "fondos gubernamentales", tal como se menciona en el artículo 7(2) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas, se refiere a fondos fiscales con fines específicos recaudados por empresas en nombre del gobierno de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos y otras disposiciones pertinentes.
Otros ingresos no imponibles a que se refiere el artículo 7 (3) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas se refiere a los fondos fiscales obtenidos por la empresa que son designados por las autoridades financieras y tributarias del Consejo de Estado y aprobados. por el Consejo de Estado.