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¿Cuáles son las condiciones para solicitar reparación judicial?

Análisis jurídico: En primer lugar, se han vulnerado los derechos e intereses legítimos de las partes; en segundo lugar, las partes tienen dificultades financieras reales y no pueden soportar parte o la totalidad de los costos del litigio.

Base jurídica: Las "Opiniones sobre el establecimiento y mejora del sistema nacional de asistencia judicial" brindan asistencia a las siguientes personas que solicitan asistencia judicial nacional:

(1) La víctima de un el caso penal se lesiona debido a un delito, causa lesiones graves o discapacidad, lo que dificulta la vida porque el caso no se puede resolver o el perpetrador muere o no puede compensar, y no puede obtener una compensación a través de un litigio, lo que dificulta la vida;

(2) La víctima de un caso penal ha sido perjudicada por un delito y necesita tratamiento médico urgente, pero no puede pagar los gastos médicos.

(3) La víctima de un caso penal muere después de haber sido perjudicada por el delito, y los familiares cercanos que dependen de los ingresos de la víctima como principal fuente de sustento se encuentran en dificultades porque el caso no puede resolverse; o porque el perpetrador muere o no puede compensar, la víctima depende de los ingresos de la víctima. Los parientes cercanos que son la principal fuente de sustento no pueden obtener una compensación a través de un litigio, lo que provoca dificultades en la vida.

(4) La víctima de un caso penal resulta perjudicada por un delito y el caso no puede resolverse, lo que resulta en grandes pérdidas de propiedad y dificultad para vivir o porque el perpetrador muere o no puede compensar; la víctima no puede obtener compensación a través de un litigio, lo que provoca dificultades en la vida.

(5) Los denunciantes, testigos y tasadores sufren represalias por informar, testificar o tasar, lo que resulta en lesiones personales o pérdidas importantes de propiedad, y no pueden obtener una compensación a través de un litigio, lo que resulta en dificultades para vivir. .

(6) Recuperar pensión alimenticia, manutención infantil, manutención infantil, etc. , porque el sujeto a ejecución no puede realizarlo, causándole dificultades.

(7) Las lesiones personales causadas por agravios civiles, como los accidentes de tráfico, no pueden compensarse mediante litigios, lo que provoca dificultades en la vida.

(8) Otras personas que el comité político y jurídico del comité del partido y la unidad política y jurídica consideren necesitadas de asistencia en función de la situación real.