Subrogación
Base jurídica: El artículo 522 del Código Civil establece que el deudor deberá cumplir sus deudas con un tercero. Si el deudor no cumple sus deudas con un tercero o las cumple de manera incompatible con el acuerdo, será responsable por el incumplimiento del contrato ante el acreedor.
La ley estipula o las partes acuerdan que un tercero puede solicitar directamente al deudor el cumplimiento de sus deudas, pero el tercero no se niega expresamente dentro de un plazo razonable, o el deudor no cumple con sus obligaciones. deudas con el tercero o el cumplimiento de la deuda no se ajusta al acuerdo, el tercero puede solicitar al deudor que asuma la responsabilidad por incumplimiento del contrato; la defensa del deudor contra el acreedor puede ser alegada por el tercero.