¿Cuál es la base legal para que el personal penitenciario de las comunidades de jubilados de las instituciones públicas pueda recibir pensiones?
La "Respuesta sobre las prestaciones del seguro de pensiones para los jubilados después de cumplir sus condenas" estipula: "Si un jubilado es condenado a prisión penal, a una pena de prisión o más, o a reeducación por el trabajo, la pensión básica será suspendida durante el período de cumplimiento de la pena o de reeducación por el trabajo. Después de cumplir la pena o después de la expiración del período de reeducación por el trabajo, la pensión básica puede seguir pagándose de acuerdo con el estándar del cumplimiento de la pena o de la reeducación por el trabajo. y participar en futuros ajustes de la pensión básica.
Según la normativa: "Jubilados que fallezcan cumpliendo condena o reeducación por el trabajo, el principal y los intereses del pago personal forman parte de su cuenta personal". se puede heredar, pero los supervivientes no disfrutan del tratamiento correspondiente. "El personal en servicio que ha sido sentenciado de conformidad con la ley por delitos ilegales ha perdido los derechos civiles que deberían ser privados de acuerdo con las normas desde el comienzo de la sentencia. Generalmente, los empleadores tomarán decisiones de despido del personal en servicio sentenciado. de acuerdo con las normas pertinentes sobre recompensas y castigos, por lo tanto, después de ser despedido, ha perdido su condición de empleado activo y ya no puede disfrutar de los beneficios del seguro laboral de un empleado activo, incluidos los beneficios de jubilación, incluso después de salir de prisión. no se trata de completar su jubilación.
Ha participado en la pensión básica para empleados urbanos antes de cumplir su condena. Si el empleado está asegurado, la agencia unificada de seguro social terminará su relación de seguro de pensión con el. fecha de cumplimiento de su condena, la parte de pago personal de su cuenta personal se puede pagar a él o a sus familiares de una sola vez. Las "Opiniones sobre varias cuestiones específicas" estipulan que el personal jubilado y jubilado que sea condenado por violar las leyes y disciplinas. dejarán de disfrutar de diversos beneficios de jubilación y jubilación mientras cumplan sus penas, y sus certificados de jubilación y retiro serán recuperados después de cumplir sus penas, y sus derechos pospolíticos serán tramitados a discreción de la unidad que originalmente emitió la sentencia. pensión
La “Respuesta sobre las prestaciones de jubilación de los jubilados que han sido condenados a prisión de duración determinada y declarados en suspensión” estipula además: “Para no afectar la jubilación de los condenados a prisión de duración determinada. y declarando libertad condicional." Los empleados jubilados que no hayan sido privados de sus derechos políticos pueden continuar disfrutando de sus beneficios de jubilación originales.
”