Si un acreedor muere, ¿quién litigará por su deuda?
El primer orden de herederos legales: cónyuge, hijos, padres. Por lo tanto, cuando un acreedor fallece, su cónyuge, hijos y padres pueden demandar al deudor por el pago. No existe un orden de prioridad para estas tres personas.
Segundo orden: hermanos, abuelos, abuelos maternos. Si el acreedor fallece sin cónyuge, hijos o padres, sus hermanos, hermanas, abuelos y abuelos maternos tendrán los derechos del acreedor. Si el deudor se niega explícitamente a pagar la deuda o no cumple con sus obligaciones de pago, puede demandar ante los tribunales para exigir el reembolso. Sin embargo, si el acreedor fallece y el heredero legal reclama el reembolso, debe proporcionar documentos que puedan probar la relación entre el acreedor y el deudor, como pagarés, pagarés, etc. Debido a que el acreedor directo que maneja el reclamo ha fallecido, puede resultar difícil proporcionar las pruebas correspondientes.
¿Existe un plazo de prescripción tras la muerte de un acreedor?
El plazo de prescripción de la deuda no tiene nada que ver con la muerte y depende del plazo de prescripción del préstamo en sí.
1. ¿Cuántos años prescriben los pagarés?
1. Depende del contenido del préstamo. Si no se acuerda el plazo de amortización, el plazo de prescripción es de 3 años a partir de la fecha en que el prestamista solicita el reembolso.
2. Si el plazo de amortización está indicado en el pagaré, será de 3 años a partir de la fecha de vencimiento del plazo de amortización.
3. Si no se especifica una fecha de pago en el pagaré, el acreedor puede exigir el pago al deudor en cualquier momento, y el deudor también puede pagarle al acreedor en cualquier momento.
4. Un pagaré es una disputa de deuda. Siempre que el acreedor tenga constancia de que reclamó sus derechos dentro del plazo de prescripción, se recalculará el plazo de prescripción, pero el plazo máximo no podrá exceder de 20 años.
Resumen: De acuerdo con las disposiciones del derecho civil de mi país, cuando un acreedor fallece, los herederos del acreedor pueden presentar una demanda civil en nombre del acreedor y solicitar al deudor que pague la deuda.
Base jurídica: Artículo 1161 del Código Civil_ _El heredero deberá pagar los impuestos y deudas que conforme a la ley deba pagar el causante, en la medida del valor real de la herencia adquirida. La parte que exceda del valor real de la herencia será reembolsada voluntariamente por los herederos. Si el heredero renuncia a la herencia, no tiene que asumir la responsabilidad de pagar los impuestos y deudas que el causante debería pagar según la ley.