¿La carta compromiso tiene efectos jurídicos ante disputas por deudas?
De hecho, una carta de compromiso de deuda equivale a un acuerdo.
El acuerdo será nulo si se produce alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Una de las partes celebra el contrato mediante fraude o coerción, perjudicando así los intereses nacionales;
( 2) Colusión maliciosa para dañar los intereses del país, del colectivo o de un tercero;
(3) Cobertura de fines ilegales en formas legales;
(4) Dañar los intereses públicos;
(5) Violar disposiciones imperativas de leyes y reglamentos administrativos.
Una de las partes tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que modifique o rescinda los siguientes contratos:
(1) Debido a un malentendido importante;
(2) Cuando se celebró el contrato, era evidente que era injusto.
Una de las partes utiliza el fraude, la coerción o se aprovecha de otras para provocar que la otra parte celebre un contrato en contra de su verdadera intención.
Del mismo modo, la parte perjudicada tiene derecho a solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje que cambie o cancele el caso.
Mientras el acuerdo no sea nulo o anulable, es válido.