Operación y supervisión de las políticas técnicas de tratamiento y disposición de lodos y de prevención y control de la contaminación en plantas depuradoras de aguas residuales urbanas
6.2 Las unidades operativas deben implementar estrictamente las leyes, reglamentos y regulaciones de gestión nacionales sobre seguridad en la producción e implementar el sistema de responsabilidad para la seguridad en la producción; implementar estándares y normas nacionales de salud ocupacional relevantes para proteger la salud de los empleados; Planes de emergencia pertinentes, Prevenir accidentes que pongan en peligro la seguridad pública.
6.3 Las plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas, las unidades de transporte de lodos y las unidades receptoras de lodos deben establecer un sistema de inventario de transferencia de lodos e informar periódicamente los resultados del inventario registrado a los departamentos locales pertinentes.
6.4 La unidad operativa debe establecer un sistema completo de detección, registro, archivo y generación de informes para rastrear, registrar e informar el paradero, usos y cantidades de lodos tratados y sus subproductos, y conservar información relevante durante al menos menos 5 años Año.
6.5 Los departamentos locales pertinentes deben supervisar y gestionar todo el proceso de utilización de tierras para aguas residuales de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Las unidades de utilización de tierras de aguas residuales deben confiar a una agencia externa con las calificaciones pertinentes la evaluación periódica de los cambios en la calidad ambiental después de que los derivados de lodos de aguas residuales se utilizan en la tierra. Debería prohibirse la cría de ganado y aves de corral en los lugares de tratamiento y eliminación de lodos.
6.6 Los departamentos locales pertinentes deberían fortalecer la supervisión y gestión de los vertederos. Las unidades operativas de vertederos deben monitorear periódicamente los valores de fondo y los impactos operativos de los lodos, el agua, el gas y el suelo en el vertedero de acuerdo con las normas y especificaciones nacionales pertinentes.
6.7 Las unidades operativas de incineración de lodos deben monitorear periódicamente las propiedades y el volumen de los lodos, las aguas residuales descargadas, los gases de combustión, la escoria y las cenizas volantes de acuerdo con las normas y especificaciones nacionales pertinentes. Las unidades de utilización integral de lodos también necesitan monitorear y registrar la naturaleza y cantidad de productos derivados de lodos.