Después de que la marca se haya registrado exitosamente pero no se haya utilizado, ¿se puede autorizar o transferir a otros?
Esto es posible. Puede enviar una solicitud de transferencia de marca o una solicitud de presentación de contrato de licencia de marca a la Oficina de Marcas para transferir la autorización de marca a su amigo.
A. Transferencia de marca registrada
1. Documentos necesarios para la transferencia de marca registrada
(1) El cesionario es una persona jurídica: una copia de la licencia comercial del cesionario, transferencia Copia del documento de identidad de la persona, formulario de solicitud sellado/firmado por el cedente y el cesionario, poder legal sellado/firmado por el cesionario, acuerdo de autorización de transferencia firmado por el cedente y el cesionario, agente de encomienda de marca proporcionado por nosotros Sellar el acuerdo.
(2) El cesionario está a nombre de una persona física: copia de la cédula de identidad del cesionario, copia de la licencia comercial individual del cesionario, copia de la cédula de identidad del cedente y sello/sello del cedente. Se sellarán el formulario de solicitud firmado, el poder sellado/firmado por el cesionario, el acuerdo de autorización de transferencia firmado por el cedente y el cesionario, y el acuerdo de autorización de marca proporcionado por nosotros.
2. Procedimiento de Transferencia de Marcas
1. Etapa de Solicitud: Presentación de Documentos
2. Etapa de Aceptación Formal y Revisión: Revisión Formal Aprobada—La Oficina de Marcas emite una Carta de aviso de aceptación - Examen de fondo aprobado - Oficina de Marcas emite certificado de transferencia
3 Notas
1. , la marca El solicitante del registro transferirá juntas las mismas o similares marcas registradas en productos iguales o similares, si no se transfieren juntas, la Oficina Estatal de Marcas notificará al solicitante para que realice las correcciones dentro de un plazo; correcciones dentro del plazo, se tendrá por abandonada la solicitud de marca.
B. Registro de contrato de licencia de marca
La licencia de una marca registrada se refiere al acto del registrante de la marca permitiendo a otros usar su marca registrada mediante la firma de un contrato. El artículo 40 de la Ley de Marcas estipula que el titular de una marca puede autorizar a otros a utilizar su marca registrada mediante la firma de un contrato de licencia de marca. Existen tres formas de concesión de licencias: 1. Se permite el uso exclusivo. Es decir, el propio registrante de la marca no tiene derecho a usarla, sino que solo otorga licencia a un licenciatario en lugar de a múltiples licenciatarios para usar su marca registrada en el área, tiempo y bienes o servicios estipulados en el contrato. 2. Licencia de uso exclusivo. Es decir, además de utilizar la marca registrada él mismo, el titular de la marca sólo permite que un licenciatario la utilice en la región, el tiempo y los bienes o servicios especificados en el contrato. 3. Licencia de uso general. Es decir, además del uso propio de la marca registrada por parte del registrante, el registrante también puede otorgar licencia a más de un licenciatario para usar su marca registrada en la región, el momento y los bienes o servicios especificados en el contrato.
1. Documentos requeridos
Documentos que acrediten la calificación del licenciante de la marca (copia de la licencia comercial o cédula de identidad), documentos que acrediten la calificación del licenciatario (copia de la licencia comercial) o una copia de su tarjeta de identificación), un contrato de licencia de marca, una solicitud de licencia de marca sellada/firmada por el licenciante, un poder legal sellado/firmado por el licenciante y un sello en el acuerdo de agencia de marcas proporcionado por nosotros.
2. Procedimiento de Licencia de Marca
1. Etapa de Solicitud: Presentación de Documentos
2. Etapa de Revisión: Si se aprueba la revisión, la Oficina de Marcas emite una marca. aviso de presentación de contrato de licencia Libro
3. Notas
El contrato de licencia de marca registrada no está sujeto a presentación en la Oficina Estatal de Marcas como condición para su efectividad (Artículo 40 de la Ley de Marcas). estipula: El contrato de licencia de marca debe presentarse ante la Oficina de Registro de Marcas), excepto cuando el contrato estipule que la presentación es la condición para su efectividad. En otras palabras, incluso si el contrato de licencia no se presenta ante la Oficina de Marcas, el comportamiento de licencia entre las dos partes sigue siendo válido.