¿Qué derechos especiales tienen las mujeres ante la ley (matrimonio, trabajo)?
Las leyes y reglamentos laborales tienen disposiciones especiales de protección para las mujeres.
Por ejemplo, la "Ley del Trabajo" estipula:
Artículo 59 Las restricciones a la intensidad del trabajo prohíben que las trabajadoras sean asignadas a trabajos subterráneos en minas o en el cuarto nivel de intensidad del trabajo físico. prescrito por el estado y otros trabajos prohibidos.
Artículo 60: Restricciones a la intensidad del trabajo menstrual. Las empleadas no podrán realizar operaciones a gran altitud, baja temperatura, agua fría u operaciones con intensidad de trabajo físico de tercer nivel especificada por el estado durante la menstruación.
Artículo 61 Las restricciones a la intensidad del trabajo durante el embarazo no permitirán a las empleadas realizar trabajos con el tercer nivel de intensidad de trabajo físico prescrito por el estado durante el embarazo o actividades que sean tabú durante el embarazo. A las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses no se les pedirá que extiendan su jornada laboral ni sus turnos de noche.
Artículo 62: Licencia de Maternidad Las empleadas disfrutarán de no menos de 90 días de licencia de maternidad.
Artículo 63 Protección laboral durante la lactancia No se organizará que las empleadas realicen trabajos con una intensidad de trabajo físico de tercer nivel estipulada por el estado u otro trabajo que sea tabú durante el período de lactancia, y no se organizarán ampliar la jornada laboral y los turnos nocturnos.
En tercer lugar, el Consejo de Estado promulgó el "Reglamento Especial sobre Protección Laboral de las Empleadas", que estipula medidas especiales de protección para las mujeres. Junto a esto viene el alcance del trabajo que las trabajadoras tienen prohibido realizar.