Normativa nacional de gestión de seguridad en piscinas
Base legal: Aviso del Ministerio de Salud y la Administración General de Deportes del Estado sobre la emisión de las "Normas de higiene para lugares de baño" Artículo 4 Selección, diseño y finalización del sitio Aceptación (1) Los lugares de baño naturales deben Estar ubicado aguas arriba de la fuente de contaminación, 1.000 metros aguas arriba. No habrá salidas de aguas residuales dentro de los 100 metros aguas abajo, y no habrá aguas residuales ni fuentes de contaminación permeables dentro de los 100 metros a lo largo de la costa. La geología de la orilla inferior es adecuada y no debe haber obstáculos ni contaminantes como ramas, tocones de árboles y rocas. La velocidad del flujo de agua no debe ser superior a 0,5 m/s y se debe delimitar una zona de protección sanitaria. Está prohibido abrir lugares naturales para nadar en zonas donde la esquistosomiasis es endémica o donde acechan los caracoles. (2) Para la selección del sitio y el diseño de lugares de natación recién construidos, renovados o ampliados, se deberá confiar a una agencia de servicios técnicos de salud calificada la evaluación higiénica durante la etapa de estudio de factibilidad o etapa de diseño y antes de la aceptación de finalización. Los lugares de natación deben enviar información relevante, como instrucciones de diseño, parámetros de diseño del tratamiento de la calidad del agua, diseño general del lugar, materiales de decoración, dispositivos de purificación y desinfección de la circulación del agua de la piscina y sus procedimientos de trabajo, diseño e instalación de sistemas de aire acondicionado y ventilación al servicio de salud local. agencia de supervisión como referencia. Artículo 7 Instalaciones y distribución de las piscinas naturales (1) El área vallada de la piscina natural debe estar equipada con redes de protección de seguridad obvias y señales de advertencia de seguridad. La piscina junto al mar debe estar equipada con vestuarios, duchas y podios. , baños públicos y otras instalaciones en lugares apropiados en la costa; el podio de mando debería estar equipado con telescopios y equipo de comunicación y radiodifusión; la sala de emergencia debería estar equipada con aros salvavidas (botes), personal de rescate y artículos relacionados; (2) Los lugares naturales para nadar deben tener senderos planos que conduzcan al agua y los canales deben mantenerse limpios. En los lugares naturales para nadar, se deben colocar boyas de diferentes colores y colores brillantes en la superficie del agua de acuerdo con un cierto rango de profundidad del agua, y debe haber carteles que indiquen el rango de profundidad del agua que representan. (3) Los lugares naturales para nadar deben estar equipados con equipos de prueba de la calidad del agua, como el valor del pH. (4) Se deberían instalar tablones de anuncios sobre el pronóstico del tiempo y la temperatura del agua en los lugares naturales para nadar.