¿Qué leyes puede promulgar el Consejo de Estado?
Prescribir medidas administrativas, formular reglamentos administrativos y dictar decisiones y órdenes de conformidad con la Constitución y las leyes. Cuestiones relativas a la formulación de reglamentos administrativos: en primer lugar, las cuestiones que requieren la formulación de reglamentos administrativos para aplicar las disposiciones de la ley; en segundo lugar, las facultades administrativas del Consejo de Estado estipuladas en el artículo 89 de la Constitución; Estos poderes administrativos son: (1) estipular medidas administrativas, formular reglamentos administrativos y emitir decisiones y órdenes de conformidad con la Constitución y las leyes; (2) proponer propuestas al Congreso Nacional del Pueblo o al Comité Permanente de la APN; estipular los deberes de varios ministerios y comités Tareas y responsabilidades, liderazgo unificado del trabajo de varios ministerios y comités, el liderazgo no pertenece a cada ministerio o comité.
Trabajo administrativo nacional; (4) Unificar el liderazgo del trabajo de las agencias administrativas nacionales en todos los niveles en todo el país, y dividir específicamente las funciones y poderes de las agencias administrativas nacionales del gobierno central y las provincias. regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central; (5) Formular e implementar los planes nacionales de economía y desarrollo social y los presupuestos nacionales; (6) Dirigir y gestionar el trabajo económico y la construcción urbana y rural; ciencia, cultura, salud, deportes, planificación familiar, asuntos civiles, seguridad pública, administración y supervisión judicial (7) Dirigir y gestionar la educación, ciencia, cultura, salud, deportes, planificación familiar, asuntos civiles, seguridad pública, administración judicial y; supervisión (8) Dirigir y gestionar la defensa nacional; (9) Gestionar los asuntos exteriores y celebrar tratados y acuerdos con países extranjeros (10) Dirigir y gestionar los asuntos étnicos y proteger la igualdad de derechos de las minorías étnicas y la autonomía de las áreas étnicas autónomas; (11) proteger a los chinos de ultramar y los derechos e intereses legítimos de los chinos de ultramar que regresan y sus familiares; (12) cambiar o cancelar órdenes, instrucciones y regulaciones inapropiadas emitidas por ministerios y comisiones (13) cambiar o cancelar decisiones y órdenes inapropiadas de los locales; agencias administrativas nacionales en todos los niveles; (14) Aprobar las divisiones regionales de provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el Gobierno Central, y aprobar las divisiones organizativas y regionales de prefecturas, condados y ciudades autónomas; imponer la ley marcial en algunas áreas dentro de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el Gobierno Central (16) Aprobar el establecimiento, nombramiento y destitución de agencias administrativas de conformidad con la ley, capacitar, evaluar, recompensar y castigar al personal administrativo; (17) Otras competencias otorgadas por el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente.
El artículo 9 de la "Ley de Legislación" estipula que si aún no se han formulado asuntos dentro del poder legislativo exclusivo del Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente, el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente tienen derecho para decidir en función de las necesidades reales. También autoriza al Consejo de Estado a formular reglamentos administrativos sobre algunos de estos asuntos, excepto en asuntos relacionados con delitos y penas, medidas coercitivas y penas que privan a los ciudadanos de sus derechos políticos y restringen la libertad personal, y el sistema judicial. El artículo 88 de la Ley de Legislación estipula que el Consejo de Estado tiene el poder de cambiar o revocar regulaciones gubernamentales locales inapropiadas.