Medidas de prueba para la gestión del sistema de contratación de personal en instituciones públicas en la provincia de Sichuan
Chuanbanfa [2002] No. 40
Contenido
Capítulo 1 Principios Generales Capítulo 2 Condiciones, Procedimientos y Métodos de Empleo Capítulo 3 Celebración del Contrato de Trabajo Capítulo 4 Tratamiento de los Empleados Capítulo 5 Cambio, Terminación y Revocación del Contrato de Trabajo Capítulo 6 Responsabilidad por incumplimiento de contrato, rescisión del contrato de trabajo y levantamiento del personal desempleado Capítulo 8 Gestión y supervisión Capítulo 9 Resolución de conflictos Capítulo 10 Disposiciones complementarias
Gobiernos populares municipales y estatales, departamentos provinciales: "Sistema de empleo de personal para instituciones públicas en la provincia de Sichuan" Las Medidas de Prueba para la Gestión han sido revisadas y aprobadas en la 83ª Reunión Ejecutiva del Gobierno Provincial y ahora se las entregamos a usted. Por favor, impleméntelas concienzudamente.
16 de diciembre de 2002
Medidas de Prueba para la Gestión del Sistema de Contratación de Personal en Instituciones Públicas de la Provincia de Sichuan
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Primero
Para profundizar la reforma del sistema de personal de las instituciones públicas, establecer un sistema de gestión de personal que se adapte a las necesidades de la economía socialista de mercado, se ajuste a las características de las instituciones públicas y promueva la desarrollo de las instituciones públicas, estandariza la gestión del sistema de empleo de las instituciones públicas, y mantiene y protege los derechos e intereses legítimos de las instituciones públicas y su personal, de conformidad con el "Aviso de la Oficina General del Consejo de Estado remitiendo los Dictámenes de el Ministerio de Personal sobre la Implementación a Prueba del Sistema de Empleo para Instituciones Públicas" (Guobanfa [2002] No. 35) y las leyes, reglamentos, normas y políticas pertinentes, combinados con la situación real de nuestra provincia,
Segundo
El sistema de empleo de las instituciones públicas se refiere a la firma de contratos de trabajo entre las instituciones públicas y el personal para determinar la relación laboral entre ambas y aclarar las responsabilidades y derechos de ambas partes. Un sistema de gestión de personal basado en obligaciones y obligaciones. Mediante la implementación del sistema de nombramientos, se transforma el mecanismo de empleo de las instituciones públicas, y la gestión del personal de las instituciones públicas se transforma de la gestión de identidades a la gestión de puestos, y de la relación de nombramiento administrativo a la relación laboral de consulta equitativa.
Artículo
Cuando las instituciones públicas implementan un sistema de contratación, deben respetar los principios de empleo independiente, elección de carrera individual, supervisión gubernamental de acuerdo con la ley, apertura e igualdad, y concurso y selección de méritos.
Artículo 4
Las instituciones públicas deberán contratar personal dentro de la cantidad de establecimiento y la proporción de estructura de personal determinada. Si el estado o provincia tiene otras regulaciones, dichas regulaciones prevalecerán.
Artículo 5
Estas Medidas se aplican a las instituciones públicas que son administradas por el departamento de establecimiento institucional y registradas (archivadas) de conformidad con la ley. Otras instituciones y personal con quienes la empresa haya establecido relaciones personales podrán referirse a estas medidas. Estas Medidas no se aplican a las instituciones públicas a las que se les encomienda realizar funciones administrativas y se administran con referencia o con referencia al sistema nacional de servicio civil, así como al personal que haya establecido relaciones personales con ellas. Este método no se aplica al personal gestionado por instituciones públicas bajo el sistema de contrato laboral.
Capítulo 2 Condiciones, Procedimientos y Métodos de Empleo
Artículo 6
Las instituciones públicas implementan el sistema de empleo, el cual deberá basarse en las necesidades del trabajo y de acuerdo con los conocimientos científicos. , razonable, capaz y eficiente Según el principio, el personal profesional y técnico, los gerentes y los trabajadores son determinados, contratados de acuerdo con sus puestos y compiten por los puestos.
Artículo 7
El personal empleado por las instituciones públicas deberá cumplir con las siguientes condiciones: (1) Cumplir con las leyes, reglamentos, normas y políticas; (2) Tener buena ética profesional; ) Tener el nivel educativo, conocimientos profesionales y capacidad laboral requeridos para el puesto de trabajo; (4) gozar de buena salud y poder mantener el trabajo normal en el puesto; (5) otras condiciones requeridas por las responsabilidades laborales.
Artículo 8
Cuando una institución pública contrate personal, romperá los límites de la identidad personal y considerará la condición del personal original como cuadros y trabajadores como su identidad de archivo y no como una condición. para postular a puestos.
Artículo 9
Al contratar personal en instituciones públicas, hombres y mujeres tienen los mismos derechos a postular a puestos de trabajo. Excepto en el caso de puestos que no sean adecuados para las mujeres según lo prescrito por el Estado, no se les puede negar el empleo ni se pueden elevar las normas laborales para las mujeres en función del género.
Artículo 10
Las instituciones públicas tienen prohibido reclutar a menores de 16 años. Las instituciones literarias y deportivas que contratan a menores de 16 años deben pasar por procedimientos de aprobación de conformidad con las normas nacionales pertinentes para proteger su salud física y mental y su derecho a recibir educación obligatoria.
Artículo 11
Cuando una institución pública contrate personal, en las mismas condiciones, se dará prioridad a los postulantes de la unidad. Las instituciones públicas deberían contratar abiertamente a personas que se incorporan al mundo laboral por primera vez.
Artículo 12
Cuando una institución pública contrate personal, el personal de otras unidades deberá rescindir o rescindir sus contratos de trabajo con la unidad de origen de conformidad con la ley, u obtener el consentimiento de la unidad original.
Artículo 13
Procedimientos y métodos básicos para la contratación de personal en las instituciones públicas: (1)
Establecer organizaciones de empleo y formular planes de empleo. La organización de empleo está compuesta por el jefe del empleador y su departamento de personal, el jefe del departamento de inspección y supervisión disciplinaria y representantes de los afiliados sindicales. Si se contrata personal profesional y técnico, también se deben contratar expertos relevantes. La contratación, evaluación, renovación y despido del personal será propuesta por la organización empleadora y sometida a la reunión de jefes de unidad para decisión colectiva. El plan de trabajo de empleo debe ser aprobado por el congreso de trabajadores. Si no se ha constituido el congreso de trabajadores, deberá obtener el consentimiento del congreso de trabajadores o del sindicato. (2) El plan de trabajo de contratación formulado por la institución pública se informará al departamento administrativo y al departamento administrativo de personal del gobierno en el mismo nivel para su archivo. Los departamentos de administración de personal de los gobiernos del mismo nivel deberían fortalecer la supervisión.
(3) Anunciar asuntos tales como puestos de trabajo, responsabilidades laborales, condiciones de empleo, beneficios laborales, período de empleo y métodos de empleo. (4) Los candidatos se seleccionan mediante solicitud personal, recomendación democrática, nominación de persona a cargo, reclutamiento abierto, etc. (5) La organización empleadora realiza exámenes o evaluaciones de los candidatos, selecciona a los mejores candidatos y anuncia los resultados del empleo propuesto. (6) La persona a cargo de la unidad de contratación discutirá y decidirá colectivamente sobre el personal a contratar y anunciará los resultados de la contratación. (7) Firmar un contrato laboral.
Artículo 14
En la contratación de personal directivo, las instituciones públicas deberán implementar un sistema de evitación de puestos. Los empleados que tengan relación matrimonial, parientes consanguíneos directos, parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones, o relaciones matrimoniales cercanas con la persona a cargo del empleador, no podrán desempeñarse como secretarias, personal, trabajo, finanzas, auditoría, supervisión y otros cargos para el responsable de la unidad, ni podrán ocupar cargos en los que tengan relación directa con el responsable de la unidad. Cargos con relaciones de liderazgo superior y subordinado.
Artículo 15
Las normas sobre la contratación de representantes legales y otros miembros del equipo directivo de las instituciones públicas se formularán por separado.
Capítulo 3: Celebración del Contrato de Trabajo
Artículo 16
Un contrato de trabajo establece una relación laboral entre la unidad contratante y el empleado, aclarando las responsabilidades, derechos y obligaciones de ambas partes. Para establecer una relación laboral se debe firmar un contrato laboral.
Artículo 17
El personal de una institución pública será contratado por el representante legal de la unidad o por un agente encomendado por el representante legal, y se celebrará con él un contrato de trabajo. o ella. Si menores de 16 años son empleados de acuerdo con la normativa nacional y se someten a procedimientos de aprobación, sus tutores legales firmarán contratos de trabajo en su nombre.
Artículo 18
Los contratos de trabajo se celebrarán conforme a la ley, se ajustarán a los principios de igualdad, voluntariedad y consenso mediante consulta, y no violarán leyes, reglamentos, normas y políticas.
Artículo 19
El contrato de trabajo se celebrará por escrito, por triplicado, uno para cada parte y otro para mi archivo.
Artículo 20
El contrato de trabajo tendrá las siguientes disposiciones: (1) La duración del contrato de trabajo. (2)
Puestos de trabajo y sus responsabilidades. (3) Protección laboral y condiciones de trabajo. (4) Remuneración del trabajo. (5) Beneficios del seguro. (6)
Disciplina laboral. (7) Condiciones para cambios, terminaciones, cancelaciones y renovaciones de contratos de trabajo. (8)
Responsabilidad por incumplimiento de contrato laboral. (9) Otros contenidos acordados por ambas partes.
Artículo 21
Los contratos de trabajo se dividen en contratos de corta duración, media duración y larga duración, así como contratos que se limitan a la realización de una determinada cantidad de trabajo. La duración de la relación laboral de los contratos de corta duración es inferior a 3 años. El período de contrato más largo no excederá el número de años que el empleado alcance la edad legal de jubilación, si el estado tiene otras regulaciones, dichas regulaciones prevalecerán; Al celebrar un contrato de trabajo, se puede celebrar cualquier tipo de contrato de trabajo siempre que ambas partes lleguen a un consenso. Si un empleado que ha trabajado en la unidad durante 25 años consecutivos o ha trabajado durante 10 años consecutivos y está a menos de 10 años de la edad de jubilación legal se propone celebrar un contrato de trabajo, el empleador deberá celebrar un contrato de trabajo con el empleado. desde el empleo hasta la jubilación.
Artículo 22
El empleador podrá acordar un período de prueba al contratar empleados. Si el empleado regresa a trabajar, el período de prueba es de 3 meses; si el empleado trabaja por primera vez, el período de prueba es de 12 meses. La duración del contrato de trabajo incluye el período de prueba. Los empleados originales de duración determinada de la unidad y aquellos con título de maestría o superior han celebrado contratos laborales por primera vez y no se acordará ningún período de prueba. Los empleadores aceptarán cuadros transferidos internamente, cuadros militares transferidos, soldados retirados y otro personal de reasentamiento político para el empleo de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, y no acordarán un período de prueba.
Artículo 23
Antes de la expiración del contrato de trabajo, una de las partes podrá renovar el contrato de trabajo de acuerdo con los procedimientos prescritos después de negociar con el empleador. El contrato de trabajo deberá renovarse dentro de los 30 días anteriores a su vencimiento. Si se renueva el contrato de trabajo, ya no se pactará el período de prueba.
Artículo 24
La unidad empleadora no cobrará ningún tipo de depósito, hipoteca u otra propiedad al celebrar un contrato de trabajo con el empleado.
Artículo 25
De acuerdo con las leyes, reglamentos, normas y políticas, un contrato de trabajo firmado por ambas partes sobre la base de la igualdad, el libre albedrío y el consenso mediante consulta es vinculante, y ambas partes deben cumplir las obligaciones contractuales previstas en el contrato.
Artículo 26
Son inválidos los siguientes contratos de trabajo: (1) La violación de leyes, reglamentos, normas y políticas. (2) Contraído mediante fraude o coacción. (3) Los procedimientos son ilegales, los procedimientos están incompletos y los derechos y obligaciones son obviamente injustos. El contrato de trabajo es parcialmente inválido y la parte inválida no afecta la validez de las partes restantes.
Artículo 27
El empleador y el empleado original de duración determinada (paciente mental) que haya sido identificado como una persona con capacidad limitada para la conducta civil o una persona sin capacidad para la conducta civil por el departamento correspondiente puede ampliar el contrato de trabajo.
Capítulo 4 Tratamiento del Personal Ocupado
Artículo 28
Jornadas de trabajo, descanso y vacaciones, salarios, seguridad y salud en el trabajo y tratamiento médico del personal ocupado Salud La atención, la formación y educación continua, la jubilación, los seguros sociales y prestaciones asistenciales, etc., se implementarán de conformidad con lo dispuesto en las leyes, reglamentos, normas y políticas.
Capítulo 5 Modificación, Terminación y Disolución del Contrato de Trabajo
Artículo 29
Una vez celebrado el contrato de trabajo conforme a la ley, ninguna de las partes podrá modificar El contrato de trabajo sin contenido de autorización. Cuando los cambios sean realmente necesarios, ambas partes deben llegar a un consenso y cambiar el contrato de trabajo de acuerdo con los procedimientos prescritos.
Si las dos partes no llegan a un acuerdo o no modifican el contrato de trabajo de acuerdo con los procedimientos prescritos, el contrato de trabajo original seguirá siendo válido. Una vez cambiado el representante legal de la unidad empleadora, el contrato de trabajo original permanece sin cambios y el nuevo representante legal continuará ejecutándolo.
Artículo 30
En cualquiera de las siguientes circunstancias, ambas partes podrán negociar la modificación del contrato de trabajo de conformidad con los procedimientos prescritos: (1) El contrato de trabajo no puede ejecutarse plenamente debido a factores de fuerza mayor. (2) Se han modificado las leyes, reglamentos, normas y políticas en que se celebra el contrato de trabajo. (3) Otras situaciones previstas por leyes, reglamentos, normas y políticas.
Artículo 31
El contrato de trabajo se extinguirá en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) El contrato de trabajo expira o se cumplen las condiciones de terminación pactadas por ambas partes. (2) Si el personal empleado alcanza la edad legal de jubilación, si el estado federado tiene otras normas, prevalecerán dichas normas. (3) Jubilarse anticipadamente o dimitir de conformidad con las normas pertinentes. (4) El empleado fallece o es declarado muerto por las autoridades pertinentes. (5) El empleador queda revocado.
Artículo 32
El contrato de trabajo podrá ser rescindido unilateralmente por la unidad empleadora o el trabajador de conformidad con la ley, o podrá rescindirse mediante negociación entre ambas partes. La extinción del contrato de trabajo sólo tiene efectos para la parte no desempeñada y no es válida para la parte realizada.
Artículo 33
Si el trabajador renuncia, renuncia voluntariamente, o es despedido, despedido, reeducado por el trabajo, o condenado a pena de prisión o más, el contrato de trabajo quedará automáticamente rescindido.
Artículo 34
La unidad empleadora podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquier momento bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) Si se demuestra que el empleado no cumple con las condiciones de empleo durante el período período de prueba. (2) Ausencia del trabajo por más de 10 días hábiles seguidos o más de 20 días hábiles en total dentro de un año. (3) Salir del país (territorio) sin el consentimiento del empleador, o no regresar después de salir del país (territorio) sin el consentimiento del empleador. (4) No aprobar la revisión anual durante dos años consecutivos. (5) Violación grave de las disciplinas laborales o de las normas y reglamentos del empleador. (6) Incumplimiento grave del deber, practicando favoritismo y mala praxis, causando daño importante a los intereses del empleador.
Artículo 35
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo, pero deberá notificar por escrito al trabajador despedido con 30 días de anticipación: (1) Enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo, y después de la expiración del período de tratamiento médico, no puedo realizar el trabajo original u otros trabajos apropiados organizados por el empleador. (2) Aquellos que son incompetentes para el trabajo y aún lo son después de capacitarse o ajustar sus puestos. (3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que hace imposible ejecutar el contrato de trabajo original, y las partes no pueden llegar a un acuerdo sobre la modificación del contrato de trabajo mediante negociación. (4) El empleador realmente necesita despedir empleados debido a una reorganización legal debido a una reforma del sistema, una reforma organizacional, estar al borde de la quiebra o serias dificultades en el desarrollo empresarial. Si un empleador reduce su plantilla de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4) del párrafo anterior y contrata personal en el plazo de seis meses, tendrá prioridad para contratar al personal despedido en las mismas condiciones.
Artículo 36
Si el trabajador por cuenta ajena concurre alguna de las siguientes circunstancias, la unidad empleadora no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de estas Medidas: (1 ) La parte B sufre una enfermedad profesional o un accidente de trabajo y una pérdida confirmada o parcial de su capacidad para trabajar. (2) Padecer enfermedades graves o enfermedades mentales que sean difíciles de curar en las condiciones médicas existentes. (3) Quienes estén enfermos o lesionados fuera del trabajo y se encuentren dentro del período de tratamiento médico. (4) Trabajadoras durante el embarazo, parto y lactancia. (5)
A partir de la fecha de aceptación, el empleador deberá aceptar el empleo de cuadros militares desmovilizados dentro de los 3 años y aceptar cuadros desmovilizados, militares desmovilizados y veteranos dentro de los 2 años. (6) El caso está bajo revisión y aún no ha llegado a una conclusión ni ha sido cerrado. (7) Otras situaciones previstas por leyes, reglamentos, normas y políticas.
Artículo 37
Para rescindir el contrato de trabajo, el trabajador deberá comunicarlo por escrito al empleador con 30 días de antelación. Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleado podrá notificar al empleador la terminación del contrato de trabajo en cualquier momento: (1) Durante el período de prueba. (2) El empleador fuerza el trabajo mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal. (3) La unidad empleadora no cumple el contrato de trabajo de acuerdo con las leyes, reglamentos, normas y políticas pertinentes.
(4) Ser contratado o trasladado para trabajar en una agencia estatal. (5) Admitido en una institución educativa para recibir educación superior o educación vocacional secundaria. (6) Realizar el servicio militar de conformidad con la ley.
Artículo 38
Si un empleado rescinde el contrato de trabajo de conformidad con el artículo 37 de estas Medidas, el empleador deberá responder dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del empleado. Transcurridos los 30 días, el contrato de trabajo quedará extinguido automáticamente. La unidad empleadora deberá continuar ejecutando el contrato de trabajo, adherirse al trabajo normal y no abandonará el puesto sin autorización mientras maneja asuntos relevantes y sigue los procedimientos para rescindir el contrato de trabajo.
Artículo 39
(1) Ser responsable y miembro del proyecto de un proyecto clave de ciencia y tecnología, de construcción de ingeniería o de transformación tecnológica de nivel nacional, provincial o ministerial, y la tarea aún no se ha completado. (2) El departamento de personal organizado a nivel de condado o superior va a otras unidades para apoyar el trabajo y el tiempo no se agota. (3) Participar en trabajos de seguridad nacional y confidencialidad, o participar en trabajos de seguridad nacional y confidencialidad después de dejar la empresa dentro del período de confidencialidad especificado. (4) El caso está bajo revisión y aún no ha llegado a una conclusión ni ha sido cerrado. (5) Otras circunstancias bajo las cuales el contrato de trabajo no puede rescindirse de acuerdo con las leyes, reglamentos, reglas y políticas.
Artículo 40
Si el contrato de trabajo no se renueva o rescinde después de la terminación, la unidad empleadora deberá emitir un certificado de terminación o rescisión del contrato de trabajo dentro de los 30 días y tramitar los procedimientos pertinentes. . Para el personal cuyos contratos de trabajo se rescinden o rescinden, sus relaciones personales deben transferirse a la unidad receptora con derecho a administrar archivos de personal de acuerdo con las regulaciones pertinentes, o confiarse a una agencia de servicios de intercambio de talentos afiliada al departamento de administración de personal del gobierno.
Artículo 41
Las personas cuyos contratos de trabajo sean rescindidos o rescindidos deben cumplir con las leyes, reglamentos, normas y políticas pertinentes, así como con las disposiciones de la unidad de empleo original, y proteger al estado. y la unidad empleadora original. secretos técnicos y comerciales, y salvaguardar los derechos e intereses legítimos del país y de la unidad empleadora original. Los infractores serán tratados conforme a la ley.
Capítulo 6 Responsabilidades por la Violación, Terminación y Revocación del Contrato de Trabajo
Artículo 42
La unidad empleadora o el empleado que viole los términos del contrato de trabajo Será responsable del incumplimiento del contrato. En caso de incumplimiento del contrato, la indemnización por daños y perjuicios se pagará a la otra parte, y ambas partes acordarán el importe de la indemnización por daños y perjuicios. Si se producen pérdidas económicas, la responsabilidad de indemnización se basará en las pérdidas económicas reales.
Artículo 43
Si cualquiera de las siguientes circunstancias causa daño a la persona contratada, la unidad de alquiler será responsable de la indemnización: (1) La unidad de alquiler se retrasa deliberadamente, no ingresa en un contrato o El contrato de trabajo no se renueva. (2) El contrato de trabajo es inválido o parcialmente inválido por motivos del empleador. (3) Las reglas y reglamentos formulados por el empleador violan las leyes, reglamentos, reglas y políticas. (4) La unidad empleadora viola las disposiciones de estas Medidas o el contrato de trabajo y rescinde el contrato de trabajo.
Artículo 44
Si el trabajador rescinde ilegalmente el contrato de trabajo y causa pérdidas económicas a la unidad empleadora, será responsable de una indemnización.
Artículo 45
Para el personal por cuenta ajena que sea introducido o capacitado por cuenta del empleador, ambas partes del contrato de trabajo acordarán el período de servicio y la responsabilidad por incumplimiento del contrato después de la introducción. o formación basada en la situación real. Si no hay acuerdo, si el servicio de la persona contratada es inferior a 5 años después de haber sido presentado o capacitado, el contratado deberá rescindir el contrato y pagar daños y perjuicios a la unidad de contratación con base en la tarifa de introducción o tarifa de capacitación que disminuye en un 20%. cada año. Durante el período de prueba, si el empleador rescinde el contrato de trabajo, el empleado no será responsable de la indemnización por daños y perjuicios por introducción o formación.
Artículo 46
Cuando un empleador rescinda el contrato de trabajo de un empleado que no haya invertido en introducción o formación, no exigirá al empleado que soporte la indemnización por concepto de introducción o formación.
Artículo 47
Si el contrato de trabajo se rescinde o se rescinde bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, la unidad empleadora deberá proporcionar cierta compensación financiera a la persona empleada: (1) La unidad empleadora es revocado, el personal contratado no está dispuesto a cumplir con las nuevas disposiciones laborales. (2) El contrato de trabajo se rescinde a petición de la unidad empleadora y con el consentimiento del empleado. (3) El contrato de trabajo se rescinde de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de estas Medidas o en lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 37.
Artículo 48
La compensación económica será pagada por el empleador en función del salario mensual promedio de la persona despedida en el empleador durante un año. Si el tiempo de trabajo es inferior a 1 año, el pago de un mes se basará en el salario mensual promedio de la persona del año anterior; si el salario mensual promedio de la persona del año anterior excede 3 veces el salario mensual promedio local, el cálculo se basará en con 3 veces el salario mensual promedio local. La duración continua del servicio de los empleados de la unidad y de otros empleados antes de la implementación del sistema de empleo se considerará como el número de años de servicio del personal empleado en la unidad. Cuando una persona que haya vuelto a trabajar después de recibir una compensación económica vuelva a recibir una compensación económica, el tiempo para calcular la compensación económica se calculará en función de los años de trabajo de reempleo.
Artículo 49
La compensación económica se pagará dentro del mes siguiente a la terminación del contrato de trabajo. Si el empleador no paga la compensación económica dentro del plazo señalado, además de pagar el monto total de la compensación económica, también deberá pagar el 50% de la compensación económica.
Capítulo 7 Gestión del Personal Desempleado
Artículo 50
Si el empleado original de duración determinada de la unidad no está dispuesto a celebrar un contrato de trabajo con el empleador , no está comprendido en estas Medidas Según lo estipulado en el artículo 27, el empleador dará al empleado un período de tres a seis meses para elegir un trabajo de forma independiente. Durante este período, el empleador no conservará los beneficios del puesto original y solo. pagarle una parte fija del salario básico, pero no será inferior al de los residentes urbanos locales. La unidad empleadora deberá manejar los procedimientos de transferencia de relaciones personales de manera oportuna para las personas reempleadas durante el período de trabajo por cuenta propia. Aquellos que no hayan estado empleados después de la expiración del período de trabajo por cuenta propia y aún no estén dispuestos a celebrar un contrato de trabajo con la unidad empleadora deberán renunciar, si no están dispuestos a renunciar, la unidad empleadora se encargará de los procedimientos de despido;
Artículo 51
Para los ex empleados permanentes que estén dispuestos a postularse pero no sean contratados por la unidad, el período de espera es de 6 a 12 meses. Durante el período de espera para trabajar, las personas desempleadas deberán cumplir con los acuerdos de capacitación y trabajo temporal del empleador para la transferencia de trabajo, el empleador deberá brindar a los solicitantes no menos de dos oportunidades de empleo, ya no conservarán los beneficios de su puesto original y solo les pagarán; un salario básico fijo. Parte y porcentaje de los gastos de manutención, pero no inferior al salario mínimo local. Una vez transcurrido el período de espera, si la persona en espera no vuelve a contratar, el empleador confiará a la agencia de servicios de intercambio de talentos afiliada al departamento de administración de personal del gobierno del mismo nivel para gestionar el trabajo por un período de un año. Durante el período de gestión encomendado, el empleador pagará una parte fija del salario básico del individuo, pero no será inferior al nivel mínimo de seguridad de vida de los residentes urbanos locales. Si vencido el plazo de gestión encomendado y el empleado no es contratado, deberá presentar su renuncia. Si el empleado no está dispuesto a renunciar, el empleador se encargará de los procedimientos de despido.
Artículo 52
De conformidad con lo dispuesto en estas Medidas, el empleado original de duración determinada de una institución pública que implementa el sistema de empleo ha trabajado durante 30 años o más; años), mujeres mayores de 50 años (incluidos trabajadores mayores de 45 años), con más de 20 años de experiencia laboral, pueden jubilarse dentro de la empresa de forma voluntaria y con el consentimiento de la empresa. Durante la jubilación, los empleados disfrutarán de salarios básicos, subsidios no productivos, transferencias de capital, seguro social y otros beneficios estipulados por el Estado. Cuando los jubilados alcancen la edad legal de jubilación, pasarán formalmente por los procedimientos de jubilación de conformidad con las normas nacionales pertinentes.
Capítulo 8 Gestión y Supervisión
Artículo 53
El departamento administrativo de personal gubernamental es el departamento de gestión integral de las instituciones públicas que implementa el sistema de nombramientos. Responsable de orientar, coordinar, supervisar e inspeccionar la implementación del sistema de empleo por parte de las instituciones públicas, y tener la autoridad para detener y corregir violaciones de las leyes, reglamentos, normas y políticas de personal pertinentes, y tratar o proporcionar opiniones de manejo a personas responsables pertinentes. El Departamento de Administración es responsable de organizar, orientar y gestionar el sistema de empleo de sus instituciones afiliadas.
Artículo 54
El departamento administrativo de personal gubernamental fomenta y promueve la verificación de los contratos de trabajo entre empleadores y trabajadores. La agencia de autenticación de contratos aceptará la encomienda del personal contratado para realizar la autenticación.
Artículo 55
El empleador deberá fortalecer la gestión y evaluación de los trabajadores con quienes haya celebrado contratos de trabajo. El contenido de la evaluación incluye cuatro aspectos: moralidad, capacidad, diligencia y desempeño. Cumple con los requisitos de las responsabilidades laborales y se enfoca en evaluar el desempeño laboral. Los resultados de la evaluación se dividen en cuatro grados: excelente, calificado, básicamente calificado y no calificado, que sirven como base principal para el aumento de capital, ascensos, premios y castigos, renovación, despido y despido.
Artículo 56
El empleador confiará la agencia de personal a los empleados con contrato de duración indeterminada y a los empleados que se incorporan por primera vez al trabajo, y confiará los expedientes y relaciones personales de los empleados. al mismo nivel. Está gestionado por la agencia de servicios de intercambio de talentos afiliada al departamento de administración de personal del gobierno. El empleador y su departamento competente confían a la agencia de servicios de intercambio de talentos afiliada al departamento de administración de personal del gobierno la tarea de llevar a cabo actividades de agencia de personal para el empleador y sus empleados.
Artículo 57
El modelo de "Contrato de Trabajo" para instituciones públicas será estipulado uniformemente por el departamento provincial de administración de personal, y la unidad empleadora y los empleados podrán agregar las estipulaciones pertinentes de acuerdo con sus propias características.
Capítulo 9 Resolución de Controversias
Artículo 58
Las disputas de personal que surjan de la implementación de estas Medidas entre la unidad empleadora y el personal empleado se resolverán mediante negociación; Si está dispuesto a negociar o la negociación fracasa, puede solicitar la mediación a la autoridad superior; si no está dispuesto a mediar o la mediación fracasa, puede solicitar el arbitraje a la institución local de arbitraje de disputas de personal de acuerdo con las regulaciones pertinentes; . Los resultados del arbitraje son vinculantes para ambas partes en la disputa.
Capítulo 10 Disposiciones Complementarias
Artículo 59
Las presentes Medidas entrarán en vigor el 6 de junio de 2003.